EL PAíS • SUBNOTA
El juez Florentino Cubas dispuso la inmediata excarcelación de Daniel Romero, que fue atrapado tras un intento de robo por arrebato cerca de la plaza Serrano de la Capital. Romero fue atrapado por el actor Gerardo Romano y un policía cuando trataba de huir.
El juez no esperó a detener a Romero ni a un pedido de excarcelación. La presteza desató reacciones críticas furibundas. Cualquier decisión judicial puede ponerse en la picota, en este trance da la impresión de que la crítica va más allá del expediente concreto.
Los críticos parecen decir que el magistrado cerró la causa, lo que es falso. La investigación seguirá y es clavado que Romero será condenado. La repercusión del hecho, la existencia de testigos alientan la predicción.
Los fundamentos de la liberación son la falta de antecedentes de Romero (aspecto sobre el que mintieron muchos periodistas), la falta de riesgo de fuga y la calificación del delito. El juez lo tipificó como tentativa de robo y le asiste razón. El delito no llegó a consumarse. El delito contra la propiedad se “perfecciona” cuando la víctima es privada de “la cosa”, el bien robado.
No fue así esta vez, porque hubo mediación de terceros. Hay quien aduce que es injusto aliviar al delincuente porque otros impidieron que consumara el delito. Pero hete aquí que la misma “ventaja” favorece a los linchadores que frenó Romano. Querían matar a Romero, no lo consiguieron, su delito queda en grado de tentativa.
Todo eso lo regula el patético Código Penal actual, ojo al piojo.
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Cubas o la Cámara debían liberar pronto, sí o sí, a Romero. Lo único que podía haber hecho el juez es demorar un poco. Detener a Romero, que fue soltado cuando salió de ser atendido en el hospital. No falta en el Foro quien dice que “le faltó calle” o cierta percepción de la opinión pública en el caso. Que era sensato “hacer tiempo” para que bajara algo la bronca.
Podrá ser, pero de cualquier forma, lo que estaría en cuestión es menos de una semana de apresamiento. Los trámites para otorgar o denegar excarcelaciones son veloces y perentorios.
La campaña desatada es, ya se dijo, infundada en lo esencial. Muchos de los censores de la resolución (no todos, más vale) apuntan a otros frentes. Acrecentar la sensación de que existen las “puertas giratorias”, slogan trivial que ignora que las cárceles están abarrotadas de presos sin condena. Y amedrentar a quienes deben tramitar las causas contra otros delincuentes: “la gente” que anduvo linchando sin límite ni derecho
(ver asimismo nota central).
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