Dom 08.11.2015

EL PAíS • SUBNOTA

La guerra santa

› Por Horacio Verbitsky

Sólo el 3 por ciento de las causas por infracción a la ley de estupefacientes 23.737 involucra a narcotraficantes y sus organizaciones, según las estadísticas de la Procuradoría de Narcocriminalidad. El resto concierne a consumidores y a pequeños dealers, el enemigo en la lucha contra el narcotráfico declarada por San Lorenzetti, quien emplea un lenguaje bélico ajeno a la función judicial. La política de persecución penal no es atribución constitucional ni legal de la Corte Suprema sino del Poder Ejecutivo y del Ministerio Público Fiscal. Esta intromisión forma parte de la resistencia corporativa contra la reforma procesal penal, convalida la actuación judicial y de las fuerzas federales de seguridad y avala el pedido de más recursos. La creación de un Observatorio para “monitorear la evolución de este fenómeno delictivo en el campo judicial” es el objetivo más razonable de la Acordada aunque contradice la decisión del mismo tribunal de desmantelar el Observatorio sobre Homicidios al día siguiente de la renuncia de su integrante Raúl Zaffaroni.

La desfederalización de los delitos menores, que comenzó hace dos décadas en la Provincia de Buenos Aires y se extendió luego a Córdoba, Chaco y Formosa agravó ese cuadro, con un despilfarro de recursos enorme. En la última reunión del Consejo Federal de Seguridad Interior, nadie propuso la militarización represiva y el ministro porteño Guillermo Montenegro la descartó en forma explícita, pese a que el encargado de Defensa en su partido PRO la propone. Pero varios ministros provinciales se pronunciaron a favor de la federalización del narcomenudeo. La ley que la contempla requiere la adhesión de cada provincia, que no han abundado porque no incluye el financiamiento federal, que es lo que reclaman. La Asociación Pensamiento Penal sostuvo que las competencias de persecución penal que se arroga la Corte Suprema no están contempladas por la Constitución Nacional y que si esto se justificara por la gravedad de los delitos contra los cuales quiere luchar, no se comprende como no ha creado también comisiones contra la tortura, el femicidio, el lavado de activos y la criminalidad económica; la trata de personas; los delitos de odio o la violencia institucional y carcelaria. La función del máximo tribunal, dice esta asociación presidida por el juez del tribunal criminal de Necochea Mario Juliano, “no es la persecución o lucha contra los delitos, sino la instancia suprema de control y revisión sobre el enjuiciamiento que realicen los tribunales de grado e instancias revisoras previas”. La Constitución y las leyes encomiendan la persecución penal al Ministerio Público, cuya función es promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad en coordinación con las demás autoridades de la República. Hace catorce años la Corte firmó un convenio con la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (Sedronar), que creó una Comisión Mixta de Registro, Administración y Disposición de bienes decomisados. Esos bienes o el producido de su venta “se destinarán a la Lucha contra el Tráfico ilegal de estupefacientes, su prevención y la rehabilitación de los afectados por el consumo”. Según Pensamiento Penal el Poder Ejecutivo resignó así el 50 por ciento de los bienes que la ley 23.737 le asignó a la Sedronar. Esto es “un grave dispendio de los recursos asignados por ley a este organismo” y una modificación contraria a la ley “del destino brindado a esos bienes por el Poder Legislativo”. Agrega que la Corte incumplió las normas de colaboración e información entre ambas instituciones, “arrogándose la facultad plena de administración y disposición de los bienes secuestrados al narcotráfico” y ni siquiera ha hecho conocer a la Comisión Mixta cuáles son “los bienes secuestrados sobre los que aún no ha recaído sentencia condenatoria, incumpliendo lo signado por sus representantes en el mencionado Convenio”. Ante esta contradicción, que demuestra la escasa colaboración funcional de la Corte Suprema en materia de “recursos para la persecución de la narcocriminalidad, prevención y atención de las adicciones”, la Asociación Pensamiento Penal insta a sus magistrados a “mantener cierta consecuencia entre sus acciones y sus discursos”.

Nota madre

Subnotas

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux