EL PAíS • SUBNOTA › CARLOS ROSENKRANTZ
Carlos Fernando Rosenkrantz, a punto de jurar como nuevo integrante de la Corte Suprema de Justicia, tampoco es un fervoroso adherente a la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos. Y además es crítico de la constitucionalización de los derechos económicos y sociales. Al momento de su nominación, el CELS lo objetó, al igual que a Rosatti, por considerarlo una expresión del concepto “restringido que el Poder Ejecutivo tiene en relación con la función de los tribunales respecto de la protección de ciertos grupos vulnerables, de los avances de los estándares constitucionales y del derecho internacional de los derechos humanos, así como su interpretación de la relación entre política y derecho”.
Rosenkrantz se recibió de abogado en la Universidad de Buenos Aires en 1983, y tiene un magister y un doctorado en Derecho, ambos títulos de la Universidad de Yale. Fue profesor en la New York University, en la Richmond School of Law y en la Denver University, en la Universitat Pompeu Fabra, España, y también en la UBA. Fue autor y coautor de numerosos libros y artículos en el país y en el exterior, y desde 1998 se desempeña como rector de la Universidad de San Andrés. Fue asesor del “Programa para la Justicia” del Banco Mundial, y en 1994 de la Convención Constituyente. Además ofició como asesor para el Consejo para la Consolidación para la Democracia, junto al ex presidente Raúl Alfonsín en 1984.
El estudio de Rosenkrantz es uno de los que representó al Grupo Clarín en la audiencia pública que hizo la Corte Suprema para analizar la constitucionalidad de la ley de medios. En su lista de clientes figuran, entre otras empresas, YPF, Musimundo, América TV, Cablevisión, La Nación, la Rural Predio Ferial de Palermo, Carbap, McDonald’s, Quilmes e IRSA.
En su artículo “Advertencias a un internacionalista” sugirió que el derecho internacional de los derechos humanos carece del mismo “estatus valorativo” de lo que llama “nuestro derecho”. Para el CELS, “estas posiciones teóricas se contraponen con la vigencia efectiva y el desarrollo progresivo de los derechos humanos”.
Rosenkrantz también sostiene que derechos económicos y sociales, como salud, vivienda, educación, no son exigibles ante los tribunales porque los jueces no tienen equipamiento ni están preparados para decidir este tipo de casos. En uno de sus artículos manifestó que “en la Argentina, al menos del modo en que yo lo veo, piquetear una ruta o autopista es un delito”, y que “el piquete es un mal”. Agregó que y “la pobreza no puede ser usada como una razón para explicar y justificar la violación de los derechos consecuencia de la regulación del derecho privado”.
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