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- Rodolfo Daer, secretario general de la CGT oficial: “La sanción de esta nueva ley es un paso muy importante. De todos modos hubiésemos preferido que el período de prueba sea de un mes, y el proyecto del Ejecutivo lo reduce de seis a tres meses cuando creemos que con 30 días sobra holgadamente el tiempo para verificar la idoneidad de una persona en un puesto de trabajo. Es un paso significativo en el marco de la crisis que existe en nuestro país, y ayuda a ordenar las relaciones laborales”.
- Roberto Corne, sociólogo especialista en temas laborales: “Creo que esta nueva ley es la ley Banelco aggiornada. Y en esto veo que un punto fundamental es el que refiere al período de prueba: es claro que esto no debería existir y debería haber sido derogado, pero la ley lo continúa, aunque lo disminuye. En términos generales no creo que esta norma modifique considerablemente las condiciones para el trabajador medio. Porque aunque se hicieron algunos cambios, los elementos precarizantes continúan. Yo veo, por ejemplo, que esta ley apunta a fomentar el trabajo estable pero dice poco sobre el 47 por ciento de trabajadores en negro, que es gente que está fuera de toda normativa. Creo que el Gobierno ha tomado la decisión de modificar esta ley, más que por su contenido por el origen dudoso de ese contenido y por las sospechas sobre su sanción”.
- Héctor Recalde, abogado laboralista CGT disidente: “La ley en general es un paso adelante. Acorta el período de prueba que pasa a ser de tres meses con un preaviso de quince días. Otro punto importante es que se deroga parcialmente la ley 25.013 sancionada en octubre de 1998 por Erman González cuando era ministro de Trabajo, que reducía considerablemente los montos de una indemnización por despido, y fija un proporcional a un mes de sueldo por año de servicio. Pero al mismo tiempo vemos que hay un retroceso en que esta norma abarca también a quienes ingresaron a sus empleos antes de esa ley, lo que en muchos casos puede significar una rebaja a los montos previstos para su indemnización. Otro punto a destacar es que se mantengan las condiciones generales de los convenios de trabajo vencidos, lo que beneficia la negociación de uno nuevo”.
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