Mié 04.08.2004

EL PAíS • SUBNOTA  › LA OBJECION DE CONCIENCIA, SEGUN UN ESPECIALISTA

“No siempre se puede admitir”

Por P. L.

La actitud de los médicos de hospitales públicos bonaerenses que se niegan a atender a detenidos por determinados delitos no sería jurídicamente punible, aunque sí éticamente inquietante, según un especialista en temas médico-legales. El experto comentó para este diario los alcances de la “objeción de conciencia” por parte del médico, que “no en todas las circunstancias es admisible”. Un caso inadmisible sería el de “los médicos que, en servicios de salud reproductiva, se niegan a dar anticonceptivos a adolescentes: violan la ley y deberían renunciar”.
“Desde el punto de vista estrictamente jurídico, el médico no está obligado a atender a todos los pacientes, salvo situaciones de riesgo vital y donde no exista otro médico que pueda acudir”, sostuvo el abogado Ignacio Maglio, jefe de la sección Riesgo Médico-Legal del Hospital Muñiz y coordinador del servicio jurídico de la Fundación Huésped.
Por ejemplo, “ante un paciente sangrante que padezca una enfermedad grave transmisible, si al profesional no se le suministran los elementos de bioseguridad, el camisolín, los guantes, atender a esa persona sería un acto heroico, no un acto obligatorio”, graficó.
En cuanto a la “objeción de conciencia”, Maglio observó que “no en todas las circunstancias es admisible”.
“Me consta que, en algunos servicios de salud, hay médicos que se niegan a ofrecer anticonceptivos a adolescentes, con el argumento de que su conciencia no lo permite. Pero ofrecer esos elementos, e informar al adolescente para que participe activamente en la decisión, todo esto forma parte de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva. La objeción de conciencia no puede estar por encima de la ley, y el médico que no lo acepte debería dejar de trabajar en un servicio de esa naturaleza.”
“Distinto es el caso de una acción aislada –prosiguió Maglio–. Supongamos, un aborto terapéutico autorizado por un juez. Si el obstetra considera que el aborto es en todos los casos un homicidio, puede plantearlo como objeción de conciencia, y será justificable, si está asegurado el inmediato tratamiento de la paciente por otro profesional.”
En cuanto a la negativa de médicos bonaerenses a atender a pacientes acusados de delitos, “el punto de partida debería ser que todos tienen derecho a la atención médica y a la salud, con independencia de las características personales o históricas que lo hayan convertido en sospechoso de delito”.
Maglio destacó, en bioética, “el respeto por el principio de dignidad de la persona. Esto significa que, tanto para los médicos como para las instituciones, toda persona debe ser considerada un fin en sí misma, nunca un medio. Plantear, en forma genérica, un trato diferenciado para quien esté preso por determinados delitos conduce a estigmatizar a la persona privada de su libertad”.
“Distinto sería –señaló– el hipotético caso de un médico que, supongamos, estuviera bajo la violencia moral de tener que atender a las mismas personas que hubieran hecho, a él o a sus allegados, víctima de un delito violento.”
Maglio citó “como antecedente del tema de la objeción de conciencia por parte de los médicos, la decisión de la Asociación de Psiquiatras Argentinos que, luego de la última dictadura militar, eximió a sus miembros de tratar a quienes hubieran participado en torturas durante el terrorismo de Estado”.
“Claro que se justifica mucho más la objeción de conciencia tratándose de torturadores que tratándose de sospechosos de delitos comunes”, observó el especialista en temas médico-legales.

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