ESPECTáCULOS
› EL SENADO DE LA NACION VS. LAS RADIOS ALTERNATIVAS
Una ley poco constitucional
El Senado tiene previsto debatir hoy un nuevo proyecto de ley que castigaría fuertemente a los propietarios de las emisoras alternativas.
› Por Mariano Blejman
Cinco mil radios alternativas en actual situación de clandestinidad podrían ser castigadas con multas de un mes a dos años de prisión, si el Senado aprueba hoy miércoles un nuevo proyecto de ley, que tiene media sanción en Diputados desde el año pasado. La medida pretendió ser aprobada de apuro la semana pasada en Senadores, pero la intervención del senador salteño Ricardo Gómez Diez, del Partido Renovador de Salta, detuvo la jugada al menos por el momento. Según varios expertos en Derecho a la Información, el proyecto es inconstitucional y puede transformarse en un fuerte elemento de presión política en un año electoral. “El Congreso pretende, de la noche a la mañana, establecer que cinco mil medios de comunicación van a quedar incluidos en el Código Penal, con su posible sanción, cuando muchos de estos medios –la mayoría– pidieron al Comfer ser regularizados o se encuentran funcionando en virtud de amparos judiciales”, explica Gómez Diez, quien se opone al proyecto.
La modificación está impulsada por Guillermo Raúl Jenefes, senador jujeño por el PJ, que tiene una motivación más que personal para que el proyecto sea aprobado: es dueño del Canal 7 y Radio de Jujuy y está claro que una resolución así podría limpiarle el camino de voces disidentes. Además, están a favor el senador José Luis Gioja y el interventor del Comfer, Carlos Caterbetti. Gómez Diez se encuentra en desacuerdo y los mismos diputados que votaron el año pasado a favor, ahora aseguran que “se trató de un error” y que se hizo una noche agitada en la que se aprobaron otros 60 proyectos. Según la diputada Irma Parentella el acuerdo incluiría la aprobación posterior del marco regulatorio de una nueva Ley de Radiodifusión que impulsaba Gustavo López, anterior interventor del Comfer. Para Gómez Diez una disposición así es anticonstitucional al violar el Pacto de San José de Costa Rica que en el punto 3 de su artículo 13 dice: “No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de frecuencias radioeléctricas”.
La aprobación sucedió el 24 de octubre de 2001, cuando el Congreso discutía un proyecto de Ley de Radiodifusión que reemplazara el aún vigente redactado en la última dictadura militar, que en setiembre cumple ya 22 años. El proyecto era impulsado por los diputados Brandoni y Fontdevilla. “Concluimos que la forma en que la Ley de Radiodifusión saliera más rápido era que se votara primero y en forma separada los artículos del Código Penal y luego se votara la Ley marco. Ya éramos conscientes de que no se podía penalizar si no se había normalizado”, explica Parentella. Sin embargo, Caterbetti, del Comfer, volvió a impulsar la incorporación el artículo 197 bis y el 197 ter, dormido en Senadores desde el año pasado con los siguientes argumentos: las “constantes interferencias de radios FM en Aeroparque y la afectación de servicios de telefonía, de atención médica (hospitales, salas, institutos geriátricos, laboratorios de investigación científica), electrodomésticos, en definitiva, se afecta la calidad de vida y la salud de los habitantes”, según le explicó en una carta Caterbetti al senador Carlos Maestro. El Comfer dice haber continuado el proceso de normalización, habiendo adjudicado 774 señales y planea llegar a un total de 1500, cuando el total de radios es de 5000. Ha solicitado, además, la intervención de la CNC en el tema Aeroparque y ha proyectado la convocatoria para que los interesados “manifiesten su voluntad en tal sentido”. Pero según responde Gómez Diez “no se puede pedir que se sancione una penalización, mientras se arma una lista para saber quiénes quieren estar legales”. Por eso Gómez Diez pidió a su Cámara que se incluya un artículo: “La modificación introducida al Código Penal será aplicable una vez concluida la tarea de normalización del espectro radioeléctrico”.
La incorporación del artículo 197 bis al Código Penal dice que “el que sin autorización del Comfer realizare emisiones de radio o televisión (..) será reprimido con prisión de un mes a un año e inhabilitación especialpor el doble de tiempo de la condena”. El artículo propuesto 197 ter, además, se refiere al “que ilegítimamente fabricare, publicitare (..) dispositivos destinados a captar señales de radio o televisión, cuya recepción no sea libre o gratuita, será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena”. Sin embargo, según opina Parentella, “sería mucho más beneficioso, eficaz y deseable replantearse por completo una nueva Ley de Radiodifusión”.
Lo extraño es que la CNC cuenta con la tecnología necesaria para identificar, encontrar e incautar los aparatos que interfieran con Aeroparque. El miedo mayor tanto de Gómez Diez como de Parentella es que la sanción de las modificaciones al Código Penal termine siendo un elemento de presión, sobre todo en provincias donde las radios pequeñas -algunas cooperativas o comunitarias– ocupan un lugar importante en defensa de la libertad de expresión. “El peligro es mayor si se tiene en cuenta que estamos en vísperas de una confrontación electoral”, dice Gómez Diez. El Comfer tiene, actualmente, 800 pedidos de decomisos pendientes aunque Caterbetti dice dar su palabra personal que de salir la normativa la normalización se realizaría en 90 días, por propia voluntad del organismo controlante. Gómez Diez le contestó: “Nosotros nos manejamos a través de las leyes, no a través de las palabras. Tanto a las palabras como a las ondas radiales se las lleva el viento”.