Mié 14.03.2012

LA VENTANA  › MEDIOS Y COMUNICACIóN

El distrito audiovisual

Raúl Perea analiza el régimen de promoción de la actividad audiovisual de la ciudad de Buenos Aires y advierte sobre los problemas que se generan.

› Por Perea Raúl *

El 1º de septiembre de 2011 fue aprobada por la Legislatura porteña la ley Nº 3876 que instaura un “régimen de promoción de la actividad audiovisual” en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando para ello el “distrito audiovisual”, un área que abarca 720 hectáreas de los barrios porteños de Palermo, Villa Ortúzar, Chacarita, Colegiales y La Paternal. Las empresas allí instaladas o las que lo hagan en el futuro contarán con importantes exenciones impositivas como también facilidades crediticias. La ley comprende prácticamente al conjunto del proceso de producción audiovisual: contenidos para cine, televisión y publicidad; procesamiento y grabación de la imagen y sonido; almacenamiento, soporte o transmisión y posproducción.

Numerosas voces se alzaron en contra. En la Legislatura Proyecto Sur y la Coalición Cívica votaron en contra; el Sindicato de Artistas de Televisión presentó un proyecto alternativo que no fue considerado y hay quienes la definieron como la “ley Tinelli-Suar” por el hecho de que en el distrito audiovisual se encuentran asentadas las grandes productoras como Ideas del Sur, de Marcelo Tinelli; Pol-ka, de Adrián Suar, o GP, de Gastón Portal. Un breve análisis del universo conceptual que presenta la ley permite, entre otras cosas, contrastarla con las políticas públicas que en materia de producción audiovisual se viene dando a nivel nacional.

El artículo segundo define la actividad audiovisual como “una actividad productiva de transformación, asimilable a la actividad industrial”. Es decir, una industria pura y dura, que no reconoce ni creación simbólica ni de sentido, y todo lo que ello involucra: saberes, identidades, conocimiento, en definitiva, culturas. Desde distintos ámbitos de la investigación en comunicación, se viene criticando la actual tendencia global que consiste en sustituir el término “industrias culturales” por el de “industrias creativas”. Este concepto más edulcorado realiza en realidad una maniobra de despojo eliminando la fundamental dimensión simbólica y de sentido que la producción de bienes culturales posee, remitiéndola a una acotada “actividad industrial”, factible por lo tanto de regularse por las leyes del mercado.

Esta concepción explicaría por sí sola el hecho de que no exista referencia alguna a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en el texto de la ley analizada, ya que su contenido dista del universo conceptual que la ley nacional plantea. Pero hay además otros elementos importantes. El rol que la ley asigna a la actividad educativa, por ejemplo. Plantea que “el Ministerio de Educación propiciará un programa de innovación curricular en las escuelas técnicas de gestión estatal, teniendo como referencia las necesidades formativas de la actividad audiovisual” (art. 24). Creando para ello programas de becas a la excelencia para graduados secundarios; es decir, fomento a la formación educativa con el único objetivo de generar mano de obra para las empresas que funcionen en el distrito audiovisual.

El Ministerio de Desarrollo Económico de la Ciudad informa que la industria audiovisual porteña emplea a 51.550 personas y está formada por más de 400 empresas, concentrando casi el 60 por ciento de la producción del país. Se trata de una característica compartida con otras metrópolis latinoamericanas, que concentran gran parte de la producción de contenidos audiovisuales y que se repiten en el resto del país, afectando toda diversidad y contenido federal de éstos.

En nuestro país se asiste a un notorio incremento de la producción audiovisual. Contribuyeron a ello la sanción de la Ley del Cine y la política pública de fomento a la producción nacional llevada adelante por el Incaa; también el desarrollo empresario de productoras radicadas en su gran mayoría en CABA. En el último año, y con el paraguas que significó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, junto con la implementación de la política pública de la Televisión Digital Abierta, con sus Polos Tecnológicos Audiovisuales, el Bacua, etc. se ha dado otro empuje a la producción de contenidos –esta vez con un sentido federal–, iniciativa que ya se ve reflejada en la programación de ficción televisiva para este año. La ley 3876 parece apuntar solamente al segundo de los factores señalados, esto es, a una parte de las productoras privadas asentadas en la Capital.

Legislar en la Ciudad sin conexión con las normativas nacionales en la materia es un problema, hacerlo en contraposición a ellas desde un punto de vista conceptual y material es todavía más grave en función de una política pública de comunicación que debiera ser necesariamente nacional.

* Licenciado en Comunicación UNQ.

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