PSICOLOGíA › EL PROYECTO DE LEY SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
› Por ELENA LEVY YEYATI *
Tal como informó Página/12 el 12 de diciembre, el Congreso examina una ley para “Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres”. Uno de los aspectos de esta ley incluiría, como “violencia psicológica”, “toda conducta que directa o indirectamente, sea por acción u omisión, ocasione daño emocional, degrade o controle las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de las mujeres, disminuya la autoestima, perjudique o perturbe el sano desarrollo; tales como las conductas ejercidas en deshonra, descrédito o menosprecio al valor personal o dignidad, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante y frecuente, aislamiento, amenaza de alejamiento de los hijos, celos excesivos, burla, desvalorización, crítica permanente, ridiculización, indiferencia, abandono, hostigamiento, acoso, intimidación y/o chantaje u otras conductas análogas”.
Voy a dejar de lado el hecho de que llama mucho la atención que quienes llevan adelante el proyecto de ley enumeren las supuestas conductas dañinas, sin dejar el buen lugar que la ambigüedad y las contingencias merecerían tener allí.
El tema llama a una reflexión crítica: ¿puede considerarse un avance la ampliación de la definición de violencia de género? Yo considero que es riesgoso desde el punto de vista de los efectos en la subjetividad de las llamadas víctimas. No debemos olvidar que los síntomas que traen los pacientes al consultorio son, en principio, síntomas sociales. Con esto quiero decir que lo que se construye socialmente como clase de problemas humanos que atender, tarde o temprano afectará el modo en que los individuos, conscientes de ser descriptos de cierto modo, se experimenten como tales. Ian Hacking, en textos como ¿La construcción social de qué? (ed. Paidós), denomina a esto “efecto de bucle clasificatorio”.
Deberíamos pensar en el riesgo de crear una clase de cosas muy inclusiva: la que se deriva de la violencia psicológica definida como “toda conducta que directa o indirectamente, sea por acción u omisión, ocasione daño emocional...”. El peligro de una clase tan inclusiva es que no facilita la identificación de algo claro y distinto, ya que reúne demasiadas cosas diferentes bajo la misma etiqueta.
Está muy bien concientizar a la sociedad acerca de asuntos humanos que merecen ser revisados o transformados, pero habría que saber que, a partir de cierto momento, esa tarea puede distanciarse mucho de definir las posibilidades de verificación de lo que se dice, y entonces el tema –que partió de casos bien reales– se vuelve un fantasma social, se irrealiza.
Otro riesgo, también siguiendo a Hacking, es que las personas acaban viéndose a sí mismas como se las clasifica y esto puede ser iatrogénico o victimogénico, mucho más cuanto más amplia sea la clase. Una generalización tal, como la que aparentemente se desprende del proyecto, podría traer una judicialización hiperbólica de las vidas de numerosas personas, que de por sí ya son bastante infelices. Por otro lado, si se radicaliza y se da entidad de forma maniquea a lo que acontece a la víctima de daños psíquicos y lo que hace el agresor, sin dejar lugar a la responsabilidad subjetiva de cada uno de ellos, entonces, lejos de lograr el apaciguamiento de las vidas privadas, sólo se obtendrá una relación hombre-mujer completamente paranoica.
* Psicoanalista. Miembro de la Fundación Descartes.
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