Jue 16.07.2009

SOCIEDAD  › DECLARAN CONSTITUCIONAL AL PROYECTO DEL GOBIERNO ESPAñOL SOBRE ABORTO

Una reforma con aval judicial

Para el órgano de gobierno de todos los juzgados y tribunales del país, no está reñido con la Constitución que las menores de entre 16 y 18 años puedan interrumpir un embarazo sin el consentimiento de sus padres, como prevé el proyecto oficial.

› Por Mariana Carbajal

La reforma de la ley de aborto de España que promueve el presidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero recibió ayer un nuevo aval. Una comisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano de gobierno de todos los juzgados y tribunales del país, declaró constitucional que las menores de entre 16 y 18 años puedan interrumpir voluntariamente un embarazo sin el consentimiento de sus padres, el aspecto que despierta más polémica de la iniciativa impulsada por el gobierno español. El debate en la Cámara de Diputados y en el Senado se espera para fin de este año y principios de 2010. El proyecto cuenta con el rechazo frontal de la cúpula de la Iglesia Católica, que lo considera “envenenado de inmoralidad e injusticia”, y del conservador Partido Popular (PP).

El dictamen fue aprobado por una comisión especial del CGPJ, por tres votos a favor y dos en contra. El CGPJ es el órgano del gobierno autónomo del Poder Judicial español. El texto, que trascendió ayer en la prensa local, considera que las jóvenes de entre 16 y 18 años son suficientemente “maduras” para gozar de plena autonomía para decidir la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). No obstante, el organismo recomienda reconocer el derecho de los padres a ser informados cuando sus hijas menores de edad soliciten abortar, a pesar de que no sea necesario su consentimiento.

El dictamen debe ser debatido el próximo 23 de julio en el pleno del CGPJ. Su posición final no es vinculante. En el caso de que el progenitor o representante legal de la adolescente de 16 a 18 años se opusiera a prestar el consentimiento, el CGPJ propone que se diseñe un procedimiento judicial con la finalidad de autorizar el aborto.

De esta forma, “se contribuye a conciliar el derecho a decidir de la mujer que es suficientemente madura con las facultades de orientación y consejo que derivan de los padres”, sostiene el dictamen. También se recomienda que los médicos entreguen a la mujer que desee abortar un “informe detallado” sobre los riesgos, complicaciones y demás circunstancias del caso.

El proyecto en discusión plantea una profunda reforma de la ley de aborto. Fue aprobado por el consejo de ministros del gobierno socialista el 14 de mayo. Se trata de una amplia iniciativa que contempla en forma explícita el derecho “a la maternidad libremente decidida” en el marco de una ley integral de Salud Sexual y Reproductiva, por la cual el Estado quedará obligado a promover, además, el acceso universal a la información y educación sexual y a garantizar la entrega gratuita de métodos anticonceptivos. El texto legaliza la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta las 14 semanas de gestación, más allá de ese plazo y hasta la semana 22, si existe un riesgo para la vida o la salud de la madre o malformaciones fetales. Y sin límite de tiempo, si se descubren anomalías del feto incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable.

A pesar de la férrea oposición de la jerarquía católica y del conservador Partido Popular, el Ejecutivo español estima que contará con los votos necesarios para lograr su sanción en la Cámara de Diputados y en el Senado entre finales de 2009 y principios de 2010.

La posibilidad de que las adolescentes de entre 16 y 18 años puedan abortar sin el permiso paterno es el aspecto más polémico de la iniciativa. Ese punto fue incluido por recomendación de un grupo de expertos convocados por el gobierno socialista para analizar la reforma legal. También se pronunció en el mismo sentido una comisión de diputados que estudió el anteproyecto.

En la legislación comparada europea hay numerosos casos en los que se permite a las menores decidir por sí mismas y sin ninguna exigencia adicional. Ocurre así en Reino Unido, Grecia, Portugal, Holanda, Noruega, República Checa, Letonia y Lituania. En Alemania se sigue un sistema basado en la capacidad de juicio, y no en la edad. El consentimiento de las mayores de 16 años se presume válido salvo que se pruebe lo contrario; entre los 14 y 16 se analiza caso por caso; y por debajo de los 14 es necesaria la autorización de los padres, a no ser que la menor pruebe ante un juez que tiene capacidad para decidir.

España despenalizó parcialmente el aborto en 1985. Desde entonces se permite el aborto cuando se practica para evitar un “grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada”, cuando la gestación es producto de una violación siempre que se practique dentro de las primeras 12 semanas y más allá de ese plazo y hasta la semana 22 si el feto tiene malformaciones o se presume que nacerá con “graves taras psíquicas o físicas”. En la práctica, la casi totalidad de las IVE se practican bajo el supuesto de “grave peligro para la salud psíquica”. Desde hace varios años, la asociación que agrupa a las clínicas que practican abortos no punibles y el movimiento feminista español reclaman una reforma legislativa que elimine directamente el aborto del Código Penal, un aspecto que el proyecto socialista no contempla completamente.

No obstante, un cambio importante que aporta la iniciativa es que las mujeres no serán castigadas con prisión por abortar, como sí está previsto en la normativa vigente.

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