Dom 19.07.2009

SOCIEDAD  › UN DURO ESCRITO DE SU DEFENSA ANTE LA SUPREMA CORTE BONAERENSE

Carrascosa, el apelado

Sus abogados presentaron 230 carillas muy críticas al Tribunal de Casación que cambió el primer fallo, de encubridor y con cinco años, a uno de homicida con perpetua, diciendo que fue totalmente “arbitrario”.

En un escrito de 230 carillas que contiene duras críticas al Tribunal de Casación bonaerense, la defensa de Carlos Carrascosa apeló ante la Suprema Corte de Justicia provincial el fallo que lo condenó a prisión perpetua por el asesinato de su esposa, María Marta García Belsunce, y pidió la absolución de su representado. Los abogados Diego Ferrari y Alberto Cafetzoglus expresaron su “profunda desazón” por el fallo dictado por Casación “por la injusticia intrínseca que importa castigar a un inocente, pero también por la injusticia más obvia que se muestra en el modo ilegal de arribar a una sentencia condenatoria”. El 18 de junio pasado, el Tribunal de Casación bonaerense revocó un fallo de 2007 del Tribunal Oral Criminal 6 de San Isidro que había condenado a Carrascosa a cinco años y medio de prisión por el encubrimiento del crimen de su esposa y lo sentenció a perpetua por considerarlo autor del delito de homicidio calificado por el vínculo. Desde ese día, Carrascosa está preso en el penal de Campana.

Luego de sufrir el rechazo de todos los pedidos de eximición de prisión que presentaron en favor de Carrascosa, sus defensores apelaron la condena a perpetua ante la Suprema Corte provincial. Consideraron que la sentencia es “arbitraria” porque Casación no tendría facultad para revisar los hechos que se ventilaron en el juicio si esto perjudica al imputado. En suma, dijeron que el fallo viola la Constitución Nacional.

“El tribunal de Casación es un supremo guardián del cumplimiento de las formas procesales fundamentales. Su función abarca exclusivamente el puro ámbito del derecho, y le está vedado descender a los hechos”, se dijo en la apelación. Desde el punto de vista de los defensores, ante la apelación presentada por el fiscal Diego Molina Pico de la condena a cinco años y medio de prisión por encubrimiento, “la única solución legal posible” para Casación era “la anulación del fallo y el posterior reenvío” al Tribunal 6 para que modificara su sentencia de primera instancia.

Según los letrados, de la causa surge que “el principal encubridor fue Molina Pico, quien dice haber sido engañado por la versión que le dieron del accidente doméstico y ordenó hacer una autopsia por muerte accidental o golpe con atizador”. La versión de Carrascosa es que el 27 de octubre de 2002 estaba viendo un partido de fútbol en la casa de sus cuñados Guillermo Bártoli e Irene Hurtig y al regresar a su domicilio, encontró a su mujer muerta y creyó que se había resbalado en la bañera.

Por esa razón le pidió ayuda a la masajista Beatriz Michelini, que justo llegaba a su casa, y llamó a dos ambulancias y a sus cuñados. El fiscal Molina Pico sostuvo en su acusación que Carrascosa, luego de ver el partido, fue a su casa a matar a su mujer y luego se dirigió al club house del country Carmel, donde vivían, para que nadie sospechara de él. El fiscal llegó a esa conclusión en base a una secuencia horaria que armó de los movimientos de Carrascosa y el resto de las personas que estuvieron esa tarde en el country. La hipótesis del fiscal fue avalada por Casación que condenó al viudo, por el crimen, a la pena de prisión perpetua.

En su apelación, la defensa argumenta que “ni la hora ni el lugar preciso del hecho se encuentran acreditados” y aseguraron que el tema de los horarios “nunca fue verificado científicamente”. Agregaron que tampoco se pudo establecer el móvil del crimen y que este punto constituye lo que calificaron como “el enorme agujero negro que hay en esta causa”.

Afirmaron los abogados que tampoco se sabe “quién habría gatillado el arma, si se usó una sola arma o más o si alguien habría reducido o sostenido a la víctima”. La defensa insistió en que “la sentencia se apoya en prueba ilegalmente producida”, entre ella la grabación de uno de los llamados que Carrascosa hace para pedir una ambulancia. “El contenido de esa cinta es harto dudoso (porque) el casete de esa conversación no había sido conservado de acuerdo a la ley.”

Los defensores solicitaron a la Suprema Corte provincial que requiera al Tribunal Oral 6 toda la causa y que se absuelva de culpa y cargo a Carrascosa o que, en caso contrario, se anule la sentencia impugnada y se la reenvíe a los jueces de San Isidro para un nuevo pronunciamiento.

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