SOCIEDAD › OPINIóN
› Por Mariana Carbajal
El Senado dio media sanción a un proyecto que aumenta la licencia por paternidad de dos días a apenas cinco. Es más de lo que había, sin dudas. Pero es insuficiente. Los senadores atrasan. Siguen pensando que ese tiempo es para hacer trámites, para resolver urgencias, para estar fuera de la casa, y no para afianzar el vínculo entre el padre y el bebé y democratizar el cuidado de los hijos y las hijas. En los casos de cesárea, las necesidades inmediatas de la madre y del recién nacido superan ese plazo. El senador kirchnerista Daniel Filmus propuso que fueran 15 días, en línea con una propuesta que estaba preparando el Ministerio de Trabajo para enviar al Congreso. Pero su planteo no prosperó, aunque sí logró incorporar algunas mejoras al dictamen de mayoría que llegó al recinto (como que en el caso de la excedencia –el tiempo sin goce de sueldo que se puede tomar después de cumplida la licencia por maternidad– pueda ser tanto para la madre como para el padre, indistintamente, según la conveniencia de la pareja). En el Senado se fusionaron 13 proyectos y se impuso la idea de que quedaran sólo cinco días de licencia por paternidad. Senadores de la oposición, particularmente del Peronismo Federal, hicieron fuerza para que así fuera.
Los senadores atrasan. En 2006 la Cámara de Diputados ya había dado media sanción con un amplísimo apoyo –126 votos a favor y 4 en contra– a una reforma de la Ley de Contrato de Trabajo que fijaba en 15 días la licencia por nacimiento para los padres. Pero el Senado nunca la trató y perdió estado parlamentario. Actualmente hay varios proyectos con licencias por paternidad más generosas que la que quiere fijar el Senado. Sería deseable que Diputados retomara la iniciativa y proponga una modificación en ese punto, si debate el texto aprobado la semana pasada.
Las licencias por paternidad y maternidad no las pagan los empleadores en la Argentina: corren por cuenta de la seguridad social. Siempre que el o la trabajadora estén en blanco. Vale recordar que el 60 por ciento de las madres que trabajan están desprotegidas respecto de la maternidad: el 39,7 por ciento tiene un empleo informal y un 20,4 por ciento trabaja en el servicio doméstico, según datos del Observatorio de la Maternidad.
El municipio de Morón fue pionero en ampliar la licencia por paternidad en el marco de un programa más amplio de políticas de género: durante la gestión del ex intendente y hoy diputado Martín Sabbatella se extendió a 20 días para los empleados públicos del distrito. Hay otros ejemplos en el sector público que muestran una cabeza más abierta que la del Senado: en septiembre de 2008, la Defensoría General y el Ministerio Público Fiscal nacionales ampliaron la licencia por paternidad de sus empleados hasta llevarla a 15 días.
La diputada porteña Diana Maffía (Coalición Cívica), reconocida feminista, presentó a comienzos de año en la Legislatura un proyecto de reforma de la Ley Nº 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad, y entre varios cambios muy progresistas, establece que “Los/as trabajadores/as que acrediten matrimonio, convivencia o unión civil con la parturienta, mediante certificado expedido por autoridad competente, tienen derecho a una licencia paga de treinta (30) días por nacimiento de hijo/a”. Es decir, no habla de licencia por paternidad para evitar dejar afuera de ese derecho a parejas lesbianas de flamantes mamás. El espíritu del proyecto, dice Maffía, es compartir entre los miembros de una pareja la llegada de un/a hijo/a. “Estas licencias son un instrumento que contribuye no sólo a la superación de roles exclusivos y excluyentes de género sino también al mejoramiento de la calidad en la vida y la salud tanto del/de la recién nacido/a, así como de los miembros de la familia que pasará a integrar”, expresó Maffía en sus fundamentos. Y agregó: “Si bien existen diferencias biológicas que pueden sustentar el trato diferente, tales como el parto y la lactancia natural, los/as bebés requieren de otros cuidados adicionales que pueden ser brindados tanto por mujeres o varones, y que sólo constituyen diferencias construidas históricamente que aún recoge nuestra legislación”.
A nivel internacional hay un abanico de ejemplos más saludables que la propuesta del Senado. En Islandia, los padres disfrutan de una cuota de licencia independiente e intransferible. La duración global de la suma de la licencia por maternidad y por paternidad es de nueve meses repartida en tercios: tres meses son para la madre, tres para el padre y otros tres a repartir entre ambos como deseen, según describe el reciente estudio publicado por la OIT, La maternidad en el Trabajo. Examen de la legislación nacional (Segunda edición, 2010). El reembolso equivale al 80 por ciento del salario. En algunos países las combinan con licencias parentales, es decir, aquellas establecidas para cuidar a hijos pequeños. En Eslovenia es de 90 días (15 días se deben usar antes de que el hijo cumpla seis meses y el resto antes de que cumpla tres años). En Noruega es de diez semanas remuneradas. En Suecia es de diez días más dos meses de licencia parental reservada exclusivamente al padre. En Finlandia es de 18 días remunerados; en Kenya es de dos semanas; en Bélgica diez días; en Francia, 11. En España será de cuatro semanas desde enero de 2011. En América latina, el registro de la OIT muestra que Colombia, con ocho días, encabeza el ranking en la región, mientras que Chile y Brasil otorgan cinco días y Paraguay y Guatemala, dos.
Existen países en los que la licencia parental puede ser usada por una persona que se ocupe del hijo y que no necesariamente sean los padres, como en Lituania.
La legislación laboral comparada muestra diversas opciones. Quedarse con las alternativas más restrictivas nos alejan de la búsqueda de una verdadera responsabilidad compartida en la crianza. Un objetivo que debería ponerse en la mira tanto por cuestiones de igualdad de género en términos de responsabilidades en el ámbito familiar, como por los propios derechos y deberes del padre (o madre en caso de parejas lesbianas), así como por los derechos del niño o la niña.
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