SOCIEDAD › CONDENA EN EL CASO URBANI
› Por Horacio Cecchi
Los jueces del Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil 3 de San Isidro consideraron culpables del homicidio del adolescente Santiago Urbani a los dos chicos que en el momento del crimen tenían 16 años. El domingo próximo harán público el monto de la condena. Durante los alegatos, el fiscal del Fuero Penal Juvenil Andrés Zárate hizo causa común con el abogado de la familia, el ex ministro de Justicia del manodurismo de Ruckauf, Jorge Casanovas, y solicitó a los jueces que condenen a perpetua a los dos acusados. El pedido del Ministerio Público es más efectista que de sentido común jurídico, ya que para solicitar esa pena Zárate pidió a los jueces que no atendieran la única ley que por ahora rige el tratamiento de los niños, la 22.278 (decreto-ley de la dictadura) y pidió que se atuvieran al Código Penal de adultos, con lo que transformaría en inútil su propia presencia como fiscal de niños y adolescentes ante un tribunal de niños y adolescentes, y sin los periodistas presentes, por aquello de la supuesta protección de los derechos de los acusados adolescentes. Para no dejar dudas de la presión efectista a la que se adhirió Zárate, tanto el intendente de Tigre, Sergio Massa, como el ministro de Justicia y Seguridad Ricardo Casal, se plegaron al coro de festejos anticipatorios por el “mensaje contra la impunidad”. El mensaje no incluiría a los dos adultos, el que llevó a los chicos al asalto y el del policía para el que trabajaban, uno prófugo y el otro de servicio.
El juicio fue llevado adelante por el Tribunal 3, siguiendo las pautas del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, que regula el tratamiento diferencial al que se debe recurrir inevitablemente en el caso de que se encuentren implicados niños o adolescentes hasta los 18 años cumplidos. Los jueces Alberto Villante, Mirta Angélica Ravera Godoy y Silvia Noemí Chomiez, después de seguir el debate a puertas cerradas, como lo indican las normas, decidieron ayer en fallo unánime el veredicto condenatorio para los dos imputados que hoy tienen 17 años, pero que cuando cometieron el delito, el 10 de octubre de 2009, tenían 16. Durante el juicio quedó demostrado que los dos adolescentes llegaron acompañados del joven Emiliano Herrera, de 21, detenido pero que tendrá un juicio ante un tribunal de adultos, y otro, identificado por los investigadores como Oscar Alberto Pérez Graham, de 43 años, curiosamente el único adulto y único prófugo del caso. El policía que protegía a la banda, cuyo nombre y apellido fue mencionado a los investigadores y que no trascendió, no está del lado de los perseguidos sino de los perseguidores. Habrá que recordar que cuando la banda cometió el asalto la Bonaerense de Tigre no respondió al llamado del 911.
De todos modos, Massa, mirando a las cámaras que se encontraban afuera del recinto, dijo que “es importante que haya condena de cumplimiento efectivo para que no quede a mitad de camino y para que además de justicia quede un claro mensaje de que no hay impunidad”.
El fiscal del fuero de responsabilidad juvenil Andrés Zárate había solicitado en su alegato que los jueces no se basen en la ley 22.278, de la dictadura pero que rige la pena. “En el artículo 4º –dijo Julián Axat, titular de la Defensoría 16 platense del mismo fuero a este diario– la 22.278 obliga a que se compruebe la responsabilidad (cuestión que se cumplió), a que el acusado tenga 18 años a la hora de recibir condena (tienen 17), y a que previamente haya recibido tratamiento tutelar no inferior a un año (llevan detenidos, que no es lo mismo que tratamiento tutelar nueve meses). Hasta tanto se modifique, es la única ley que rige. Saltar por encima de ella implica dejar al imputado en un vacío legal imposible de sostener.”
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