Mar 03.08.2010

SOCIEDAD  › EXCARCELAN A UN DETENIDO QUE VIVE EN LA CALLE

Inocente hasta demostrar lo contrario

La situación “de calle”, sin vivienda establecida, no es motivo para denegarle a un imputado la excarcelación, sostuvo la Cámara del Crimen al concederle el beneficio a un procesado que constituyó domicilio en la Defensoría Oficial y dio el teléfono de su hermano para ser localizado.

En su resolución, los camaristas Alfredo Barbarosch y Rodolfo Pociello Argerich indicaron que el hombre se “identificó correctamente en oportunidad de ser detenido, no registra otros procesos, condenas ni rebeldías y si bien carece de arraigo fijo porque se encuentra en situación de calle, constituyó domicilio en la Defensoría Oficial”.

La medida, dictada durante la feria judicial que finalizó ayer, tuvo en cuenta que el imputado “no podrá entorpecer o dificultar la investigación”, pues ya se encuentra procesado, “ni existe peligro de fuga, pese a que vive en la calle”. Los jueces recordaron que el imputado tiene “procesamiento firme en orden al delito de robo simple reiterado en dos hechos” y “registra una suspensión de juicio a prueba (probation) por el término de un año del 14 de noviembre de 2006”, dictada por un Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.

Esas circunstancias no son suficientes para denegarle la excarcelación, según los magistrados, ya que “será necesario que exista una condena firme que declare la comisión de un delito, no bastando a esos efectos la mera imputación”. Los jueces recordaron que el imputado “ha permanecido detenido más del mínimo punitivo previsto para las conductas achacadas”.

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