SOCIEDAD › CASACIóN ANULó EL FALLO ABSOLUTORIO DE CINCO POLICíAS POR TORTURAS SEGUIDAS DE MUERTE
En mayo de 2009, el Tribunal Oral 5 de La Matanza dispuso la absolución de seis policías, cinco de ellos acusados de golpear a Gastón Duffau hasta la muerte. La querella había reclamado perpetua. Ahora, Casación dispuso un nuevo juicio.
› Por Horacio Cecchi
El fallo del Tribunal Oral 5 de La Matanza, que en el caso Duffau había logrado torcer la lógica como quien escurre un trapo, quedó en la nada un año y tres meses después de emitido. La sala 2 de Casación dispuso anular el juicio en el que cinco policías de la comisaría de Ramos Mejía habían sido absueltos de la acusación de torturas seguidas de muerte de Gastón Duffau, en febrero de 2008, pero mantuvo la absolución de uno de ellos: el comisario, que había ido a juicio por negligencia. La decisión deberá retrotraer todo a la situación previa al juicio, como si éste no hubiera existido.
Hasta este fallo, el caso Duffau fue una radiografía de usos y costumbres de la Bonaerense en el mejor período Stornelli-Casal, y de sus apoyaturas judiciales. Habrá que recordar que tras la primera autopsia, en la que estuvieron presentes varios jefes policiales, el perito médico policial sostuvo que Duffau había sido embestido por un auto que le había fracturado el cuello, y que la fractura la había sufrido una semana antes de ser detenido por disturbios en un McDonald’s de Ramos Mejía. La pregunta que se hace Ud., señor lector, no se la hicieron el perito ni los jueces del juicio por considerarla obvia. La respuesta: resistió una semana a puro paracetamol.
El 22 de febrero de 2008, Gastón Duffau fue detenido en un McDonald’s de Ramos Mejía, a pedido de la vigilancia del local, por motivos no demasiado claros, pero que no van más allá de la idea de que estaba generando disturbios. Una comisión policial llegó al lugar para detener a Duffau y trasladarlo en una camioneta policial hasta la comisaría, adonde nunca llegó. El siguiente paso conocido fue la llegada de Duffau al hospital local, ya fallecido y convenientemente esposado.
Durante el caso se fueron abriendo grietas en el sentido común. Desde la primera, en que el médico oficial principal de la policía Falomo Sileno, encargado de la autopsia, sostuvo que la causa de la muerte fue una lesión cervical ocurrida cinco días antes que no le había provocado la muerte en aquel momento porque el cuello lo había puesto duro y cuando lo relajó, las vértebras comprimieron y devino el final.
También habrá que recordar que los policías acusados fueron desplazados de sus puestos (licenciados) hasta que las pruebas llevaron a que Stornelli los suspendiera. De los siete policías implicados, seis llegaron a juicio: el capitán Walter Cesari, jefe de la comisaría (el único absuelto por Casación); Leonardo Brandán, Luis Acuña, Mauro Ponti, Rubén Steingruber y Natalio Denaris. David Maximiliano Mansilla, el octavo, no llegó a juicio sencillamente porque después de pedir una audiencia con el juez terminó comprendiendo que hablar de más podía tener sus consecuencias y anticipándose a ellas decidió suicidarse.
La segunda autopsia dijo todo lo contrario de la primera y demostró que Duffau había recibido más de cien golpes. O bien el auto se había ensañado con él yendo y volviendo, o bien alguien, entre su detención y la entrega en el hospital como un cuerpo, lo había amasijado a golpes. La defensa sostuvo en el juicio que era imposible que le hubieran pegado cien golpes en 31 minutos. En fin, eran siete, menos el que conduce, menos el que acompaña, socializados serían veinte cada uno en media hora...
Es improbable que Casación haya realizado semejantes conteos solo imaginarios en la mentalidad periodística, pero lo cierto es que anuló el fallo absolutorio de los policías presentes en el procedimiento, y dejó firme la que correspondía al comisario. El fallo de los jueces Carlos Mahiques, Fernando Mancini y Jorge Celesia, de 40 fojas, avaló las apelaciones del fiscal Guillermo Bordenave (había pedido perpetua) y la familia por torturas seguida de muerte. Y anuló el fallo absolutorio dictado por los jueces Gabriela Silvia Rizzuto, Matías Mariano Deane y Javier Mario González. Para el juez Mahiques “el fallo en crisis adolece de diversos vicios que afectan las exigencias relativas a la debida fundamentación de la sentencia y a la correcta y racional valoración del material probatorio existente en la causa, lo cual determina su descalificación como acto jurisdiccional válido”. Y consideró las pruebas acusatorias “incontrastables”.
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