SOCIEDAD › REVOCAN UN SOBRESEIMIENTO
La Justicia revocó el sobreseimiento en favor de un hombre acusado de haber violado el e-mail de un compañero de trabajo y difundir su contenido entre el resto del personal. La Sala Séptima de la Cámara del Crimen entendió que se habrían violado los artículos 153 y 153 bis del Código Penal, que castigan hasta con un año de prisión a quien acceda indebidamente a una comunicación electrónica y además la difunda.
El hecho ocurrió “entre el 31 de mayo y 1º de junio pasados”. La víctima no pudo ingresar a su casilla de correo electrónico a raíz de que uno de sus compañeros habría cambiado su clave de acceso. También difundió “información privada y laboral al día siguiente en la institución en que se desempeñaba”.
Para la Cámara, podrían haberse cometido los delitos de “abrir o acceder indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, que no le está dirigido”. La pena puede llegar a un año de prisión “si el autor además comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica”.
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