Mar 14.12.2010

SOCIEDAD  › APRUEBAN AUMENTOS A LAS MULTAS POR SUPERAR LA VELOCIDAD MáXIMA

Hay excesos que salen caros

Las multas pueden llegar a 7200 pesos cuando el vehículo supere los 140 kilómetros por hora. En los demás casos, se eliminan las escalas y los valores fijos llegan hasta 480 pesos. No se acepta el pago voluntario para estas faltas.

La Legislatura porteña aprobó ayer un nuevo régimen de infracciones de tránsito en la Ciudad de Buenos Aires que contempla multas de hasta 7200 pesos por circular con exceso de velocidad. El espíritu de la medida apunta a “concientizar” sobre la seguridad vial, ya que la Argentina tiene “cada vez más accidentes de tránsito”, argumentó la diputada macrista Raquel Herrero, autora de la iniciativa. Por medio de esta ley se establecen montos únicos para las sanciones, salvo cuando se superen los 140 kilómetros, dejando atrás al mínimo y máximo que regían en la Ciudad.

En la última sesión ordinaria del año, los diputados dieron el visto bueno a una modificación de la ley 451 sobre el régimen de faltas. La iniciativa establece que el conductor que no respete los límites de velocidad máximos establecidos será sancionado “con una multa de 600 a 6000 unidades fijas”, cuando circule a “una velocidad superior a 140 kilómetros por hora”. La sanción se aplica en todos los tipos de calzada por el que se transite: arterias, avenidas, vías rápidas, se aclara en el texto. Cada unidad equivale a 1,20 peso, por lo cual la multa por cometer esa infracción podrá ser de 720 pesos hasta 7200.

Desde la Coalición Cívica, el diputado Sergio Abrevaya remarcó que su bloque no acompañó el proyecto de ley, porque no contempla la existencia de un banda de montos de las multas, que le permite al controlador evaluar la magnitud de la infracción. “Coloca un monto fijo, que no deja posibilidad para que el controlador ponga algún parámetro”, manifestó el legislador. A partir de la aprobación de la norma, el controlador “ya no puede aplicar criterios” sobre las sanciones cometidas por los conductores.

La diputada Herrero remarcó que el espíritu de la medida apunta a que los automovilistas “tomen conciencia de que realmente la Argentina está en uno de los lugares más importantes en accidentes de tránsito”. Y subrayó que en este momento la ley no contempla a los infractores que van a más de 140 kilómetros por hora”.

El proyecto además establece que el conductor que no respete los límites de velocidad máximos establecidos tendrá una multa de 400 unidades fijas, cuando haya “exceso de más de 20 kilómetros por hora en la velocidad permitida para el tipo de arteria, y de más de 40 kilómetros por hora en el caso de las vías rápidas”. En otras palabras, si uno circula por una calle a más de 60 kilómetros o por una avenida a más de 100 será sancionado con 480 pesos. En ambos casos, la sanción regirá hasta 140 kilómetros por hora, caso en el que se aplicará la sanción anterior.

Por otra parte, el conductor que no respete los límites de velocidad máximos establecidos es sancionado con multa de 200 unidades fijas –240 pesos– cuando circule en exceso de hasta 20 kilómetros por hora en la velocidad permitida (hasta 60 en calles y hasta 80 en avenidas) y los que circulen hasta 140 kilómetros por hora en autopistas. Por otra parte, los que no respeten los límites de velocidad mínimos establecidos serán sancionados con multa de 180 pesos.

La iniciativa, según se informó, no contempla la posibilidad de pago de la infracción de modo voluntario, ya que el exceso de velocidad es considerado como “falta grave”, a diferencia de las faltas leves, como el mal estacionamiento.

Informe: Soledad Arréguez Manozzo.

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