Mar 21.12.2010

SOCIEDAD  › MATó A SU PAREJA, QUE VIOLABA A SU HIJA, Y LA CONDENARON A OCHO AñOS

Ni emoción violenta ni alevosía

Claudia Di Zio mató en 2009 a Luis María Ocampo, su pareja, cuando se enteró de que violaba a su hija desde hacía 13 años. Un tribunal la condenó ayer a ocho años y desestimó la alevosía que la hubiera llevado a una perpetua. Apelarán el fallo.

Hace año y medio, Claudia Di Zio mató de un escopetazo a su pareja, tras descubrir que el hombre llevaba trece años abusando sexualmente de su hija mayor. Ayer, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de La Matanza la condenó a ocho años de prisión por “homicidio simple”, con lo que en realidad reconsideró la acusación inicial, según la cual la mujer podría haber recibido cadena perpetua. De todos modos, su abogado, Miguel Angel Racanelli, adelantó a este diario que apelará la medida porque “no compartimos el fallo”. Además, pedirá prisión domiciliaria para que su clienta, en lugar de permanecer en el penal de Florencio Varela como hasta ahora, pueda hacerlo en su casa, cuidando a sus dos hijos menores.

Di Zio había llegado a juicio con la acusación de “homicidio calificado por alevosía”, porque algunos indicios sugerían que había disparado a Luis María Ocampo, el hombre con quien había tenido a sus dos hijos menores, luego de haberle suministrado una droga para adormecerlo. De acuerdo con esa hipótesis, la premeditación del asesinato impedía alegar que la mujer había actuado bajo el estado de emoción violenta.

Durante el juicio, sin embargo, una pericia con resultados opuestos permitió a la defensa que la acusación fuera reconsiderada, lo que permitió otra carátula y una pena menor. Una condena de “ocho años no es un alivio –explicó el abogado Racanelli–, pero no lo tomó tan mal”, teniendo en cuenta que hace sólo un mes tenía perspectiva de ser condenada a perpetua. El fiscal Ariel Panzoni había solicitado doce años, tras no dar por acreditada la alevosía –que requiere el estado de indefensión de la víctima–; el abogado Racanelli y su socio, Damián Pérez Ta-ssone, tres años en suspenso, por la consideración de que el homicidio se había producido bajo “emoción violenta”. El “homicidio simple” del que fue acusada tiene penas de entre 8 y 25 años de prisión.

El 18 de mayo del año pasado, Claudia Di Zio mató de un escopetazo a Ocampo en la casa que compartían en González Catán. Junto a ellos vivían dos chicos menores, hijos de la pareja, y una mujer de 26, hija de una pareja anterior de Di Zio. Poco antes, su hija mayor, psicóloga, había anunciado durante una cena familiar que próximamente se mudaría para convivir con su novio, con quien luego se casaría. Desde entonces, Ocampo, según alegó la defensa de Di Zio, se había vuelto “muy celoso y obsesivo” y presionaba a la joven para que se quedara en la casa familiar. De no hacerlo, amenazó, mataría a la madre y los hermanos.

Pero tras la sucesión de amenazas la joven decidió contar a su madre que su padrastro abusaba sexualmente de ella desde que tenía 13 años. Di Zio enfrentó a Ocampo, quien en medio de la discusión admitió que era cierto que violaba a la joven. “Cualquier madre, en su lugar, actuaría de esa manera intempestiva –dijo a este diario Racanelli–. Ella se desayuna en ese momento de lo que había pasado durante años sin que ella lo notara. Encima, la víctima, dicho esto entre comillas, porque en realidad Ocampo fue victimario, se burla y dice que la hija lo hacía mejor que la madre.” En la noche, Di Zio tomó la escopeta y le disparó a Ocampo mientras dormía. “Es claro que mi clienta perdió los frenos inhibitorios y cuando apretó el gatillo fue bajo emoción violenta. La escopeta, además, la tenía este individuo. La usaba para efectuar disparos dentro de la casa. Le daban ataques de locura y le daba por disparar en la casa o por romper cosas a patadas y trompadas. Poco antes de morir, había prendido fuego a la habitación del hijo adolescente porque no le gustaba la novia que tenía.” Luego, Di Zio fue detenida y confesó el crimen. Sostuvo que había matado a Ocampo porque no pudo soportar que hubiera abusado de su hija.

Hasta anoche, el abogado Racanelli no había tenido acceso a los fundamentos del fallo de los jueces Franco Fiumara, Gerardo Gayol y Matías Rouco. “Por eso no sé aún si consideraron atenuantes o aceptaron la argumentación de emoción violenta. Había también informes médicos que se oponían. El del perito psiquiatra decía que Di Zio era una mujer reflexiva y con cero impulsividad; el perito psicólogo decía que era impulsiva y no reflexiva. Es decir que los informes se oponían precisamente en la posibilidad o no de la emoción violenta. De todas maneras, al recurrir el fallo a Casación, pienso que nos van a hacer lugar al pedido, porque la emoción violenta está clarísima en el caso. Todo demuestra que actuó bajo ese estado, que no le quedó salida”, aseveró Racanelli.

Desde que confesó el crimen, Di Zio está alojada en el penal de Florencio Varela. Por ello sus abogados presentarán hoy el pedido de que la mujer pueda cumplir arresto domiciliario. “Ella tiene hijos chicos, el menor tiene 11 años, necesita a su mamá. Creemos que le tienen que otorgar el beneficio, por cuestiones más que claras. Luego del crimen, no se profugó. Lo mata, pero se queda en la casa. No se opuso a que le realizaran pruebas.” La mujer, asegura su abogado, “dentro de todo no está tan mal: imaginate que ella llegó al banquillo, el día del juicio, con una posible perpetua por delante”.

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