Mar 01.02.2011

SOCIEDAD  › LA JUSTICIA RECHAZó LOS PEDIDOS DE LIBERTAD Y BARREDA SE QUEDA EN OLMOS

Volver, con la frente marchita

El juez Raúl Dalto desestimó el reclamo de Ricardo Barreda por su libertad definitiva y en forma subsidiaria por su condicional. Se basó en el informe de un perito. El abogado de Barreda, Eduardo Gutiérrez, dijo que el juez se excedió y apelará.

El múltiple homicida Ricardo Barreda sufrió un nuevo revés de la Justicia, ya que se le rechazó un pedido hecho por su defensa que solicitaba la libertad definitiva y, de forma subsidiaria, la libertad condicional. En este contexto, el odontólogo platense seguirá en la cárcel, donde cumple con su condena a prisión perpetua por haber asesinado a su esposa, su suegra y sus dos hijas en 1992. El juez Raúl Dalto desestimó el reclamo de Eduardo Gutiérrez, abogado de Barreda, amparado en pericias psiquiátricas que hablan de “arrepentimiento vacuo y desprovisto de repercusión afectiva” sobre los crímenes cometidos. “El condenado termina justificando lo ocurrido”, indica la resolución judicial. En tanto que el defensor del mediático condenado sostuvo que la decisión judicial “se tomó un poco a la ligera”.

Luego de regresar a la cárcel el jueves pasado, tras dos años de prisión domiciliaria en un departamento del barrio de Belgrano, el odontólogo Ricardo Barreda obtuvo ayer otra negativa del camarista Raúl Dalto, el mismo que le revocó el arresto domiciliario del que gozaba el dentista, por haber salido sin autorización de la Justicia a caminar por la calle.

Esta vez se le negó tanto la libertad definitiva como la condicional, solicitada por su abogado.

En su resolución, Dalto entendió que “Barreda se encontraba en condiciones temporales de acceder a la libertad condicional”, es por esto que el magistrado solicitó informes técnicos criminológicos al Servicio Penitenciario Provincial e informes al Patronato de Liberados. El juez rechazó de plano la libertad definitiva, argumentando que, aunque el cómputo de los años de prisión arroja un plazo de cumplimiento de pena de treinta años y siete meses –se necesitan 20 años para evaluar la condicional en personas condenadas a reclusión perpetua–, el homicida debe cumplir con cinco años de libertad condicionada para lograr que se extinga de forma completa la pena. Barreda no tiene ese tiempo de readaptación social requerido por la ley, y además, según Dalto, “el lapso que cumplió en prisión domiciliaria en modo alguno suple ese requisito”. Sobre ese beneficio que recibió el homicida por parte de la Justicia, subrayó que “Barreda se ha visto impedido de cumplimentar con esa gradual confianza que el Estado deposita en los sujetos en el estadio anterior a la plena libertad locomotiva”.

Respecto de los informes técnicos para avanzar en la entrega de la libertad condicional, el camarista citó al perito en psiquiatría y psicología médica doctor Marcelo Brandimarti. “El profesional –explica Dalto– ha expresado que Barreda, durante la entrevista y en relación al hecho que motivó su detención, objetiva ideas sobreevaluadas de tinte paranoide, de daño y perjuicio que no lo movilizan y se encuentran circunscriptas a la persona de sus víctimas.” Además, continúa el informe, “dice que del hecho prefirió no hablar, pero que a medida que transcurre la entrevista hace referencia al mismo con un arrepentimiento vacuo y desprovisto de repercusión afectiva”. “El perito ha señalado que el condenado termina justificando lo ocurrido”, es la frase más contundente de la resolución judicial.

Al cruce de estas pericias salió Eduardo Gutiérrez, defensor del odontólogo. “Acá hay algo contundente: estas personas lo evaluaron en una entrevista de una hora. Me pregunto por qué no usaron los informes de los psicólogos y psiquiatras que lo trataron por dos años y que recomendaron su externación”, dijo indignado a Página/12. En el juzgado, consideró Gutiérrez, “sopesaron una entrevista de una hora de un profesional que lo vio una vez en su vida”. “Me parece que la decisión se tomó un poco a la ligera”, evaluó.

Para cerrar la puerta al pedido de Gutiérrez, Dalto evoca la resolución general de los peritos. “(...) es dable señalar como elementos de reserva las características subjetivas antes consignadas acerca de los inciertos recursos simbólicos con los que podría contar (Barreda) en caso de que alguna situación vivida como hostil reedite vivencias pasadas, así como también la ausencia de elementos con los que cuenta este equipo técnico respecto de su modalidad conductual durante el período de detención domiciliaria. Por lo antes expuesto, se arriba por el momento a un pronóstico insertivo desfavorable para el otorgamiento de la libertad condicional.”

Sobre ese tramo de la resolución firmada por Dalto, Gutiérrez apuntó: “Se está haciendo futurología. Con esos argumentos todos podríamos estar detenidos ante la posibilidad de que cometamos un asesinato”. Más allá del rechazo a las pericias, el abogado descalificó la aplicación de la ley que hizo el juez y aseguró que para entregar la libertad condicional “no debería requerir informes pormenorizados”. El defensor afirma que para el caso del odontólogo debe utilizarse la antigua redacción de la ley 25.892 –modificada en 2004–, que “pedía sólo los informes del Servicio Penitenciario. Y esos informes de conducta siempre fueron altamente favorables a Barreda”. “El juez requirió informes que corresponden a la actual legislación”, y en ese sentido señaló que el magistrado “se ha excedido”.

El odontólogo Ricardo Barreda fue condenado en 1995 por matar a escopetazos el 15 de noviembre de 1992 a su esposa, Gladys McDonald (57), a sus hijas Cecilia (26) y Adriana (24), y a su suegra Elena Arreche (86) en su casa de La Plata.

Gutiérrez anticipó que reiterará “el pedido de libertad definitiva en todas las instancias necesarias”. “Esto lo tienen que resolver de inmediato, si se demoran más allá de los tiempos que esperamos, interpondré un hábeas corpus”, agregó.

Informe: Leonardo Rossi.

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