Dom 15.05.2011

SOCIEDAD  › EN LAS INTERNAS Y LAS GENERALES BONAERENSES

Voto obligatorio para extranjeros

En la provincia de Buenos Aires, a partir de la sanción de la Ley 14.086, todos los residentes extranjeros tendrán que votar en forma obligatoria en las elecciones preliminares del 14 de agosto y en las generales del mes de octubre. Se trata de 260 mil personas que tienen ahora el derecho y la obligación de elegir gobernador y vicegobernador, legisladores provinciales, intendentes municipales, concejales, consejeros escolares y diputados. En los anteriores comicios, los legislativos de 2009, la participación de los extranjeros residentes era voluntaria a partir de los 21 años, pero desde este año será obligatoria desde los 18.

El jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez, dijo que a partir de ahora los residentes extranjeros “hombres y mujeres que tengan vocación política podrán también postularse como candidatos a concejales municipales, una vez cumplidos los 25 años, tal como indica la Constitución provincial”.

En el artículo primero de la Ley 14.086 se establece que “son electores todos los ciudadanos empadronados y los extranjeros que se encuentren inscriptos en el registro establecido por la Ley 11.70 modificada por la ley 12.312”. En el mismo artículo se deja sentado que “la emisión del sufragio será obligatoria”. En caso de no emitir el voto, sin justificativo, eso será considerado “una falta electoral” que será penada con multas.

A través de las subsecretarías de Gabinete y de Relaciones Institucionales, se hará una campaña de capacitación en los municipios provinciales con el objetivo de familiarizar con el acto de votación a la mayor cantidad posible de extranjeros. El subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Alvarez Echagüe, resaltó que “desde el gobierno de Daniel Scioli con este trabajo buscamos fomentar la inclusión y la participación electoral” de los residentes de otros países.

Los extranjeros tendrán que consultar si figuran en el padrón electoral y de no ser así, podrán inscribirse en la Delegación del Registro de las Personas correspondiente a su domicilio. Los requisitos son los siguientes: tendrán que acreditar su identidad mediante al DNI, tener 18 años cumplidos, saber leer y escribir en idioma nacional, deberán tener dos años de residencia en la provincia, y tener al día el pago de impuestos nacionales, provinciales y municipales.

Las tareas de difusión en los municipios comenzarán a partir del 9 de junio. Ese día estarán en General Rodríguez, el 16 de junio en Bahía Blanca y el 23 en Almirante Brown. Ante cualquier duda dirigirse a [email protected] o al correo [email protected].

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