SOCIEDAD › SE REGLAMENTO EL CASAMIENTO CIVIL PARA EXTRANJEROS DE PASO POR LA CIUDAD
Desde ayer, parejas heterosexuales o del mismo sexo provenientes de otro país pueden casarse en los registros civiles porteños. Les darán turno en cinco días. La ciudad se suma así a las provincias de Santa Fe, Tierra del Fuego y Buenos Aires.
Desde ayer, toda pareja de ciudadanos extranjeros de paso por la ciudad de Buenos Aires puede contraer matrimonio de acuerdo con las leyes argentinas. Alcanzará con que demuestren un “domicilio real precario de referencia”, presenten sus documentos y el examen prenupcial. En no más de cinco días, el Registro Civil les dará turno y los casará. Las bodas para todos en suelo porteño, cuya realización en caso de extranjeros hasta antes de ayer no estaba explícitamente regulada, ahora cuentan con la garantía de una resolución, la 99, firmada por el subsecretario porteño de Justicia, Javier Buján. La norma comprende tanto a parejas heterosexuales como del mismo sexo. Ayer en la mañana, el jefe de Gobierno porteño lo anunció por Twitter.
Así, la ciudad de Buenos Aires se convierte en el tercer distrito en explicitar que la ley de matrimonio igualitario puede beneficiar también, y sin restricciones, a ciudadanos extranjeros de paso por el país. En marzo de este año lo había dispuesto Santa Fe; en mayo, Tierra del Fuego; y la semana pasada, aunque aún sin regulación específica al respecto, una pareja de australianos se casó en la provincia de Buenos Aires.
“Por la resolución 99, los extranjeros que lleguen al país en forma transitoria podrán casarse con personas del mismo o diferente sexo”, escribió la cabeza del Ejecutivo en su cuenta @mauriciomacri, luego de explicar que había instruido a Buján para que permitiera “el casamiento de extranjeros en tránsito en la Ciudad sin discriminar orientación sexual”. La disposición, sostuvo en un tercer tweet, es “otro paso adelante que damos en la Ciudad para hacer efectiva la igualdad de derechos”.
El subsecretario de Justicia porteño, Javier Buján, cuya firma puso en vigencia la resolución, explicó que, al igual que la ley de matrimonio igualitario, la medida se aplica a todas las parejas, estén compuestas por personas de distinto o igual sexo, y que “sigue la línea” de lo dispuesto en Santa Fe y Tierra del Fuego. Se trata del “reconocimiento, por extensión, de derechos que tienen todos los ciudadanos argentinos y porteños a los residentes transitorios de la Ciudad”, señaló el funcionario.
Para contraer nupcias en suelo porteño, las personas extranjeras deben acreditar su condición de tales mediante “fotocopia certificada notarialmente del pasaporte y/o documento migratorio oficial”, también tienen que demostrar un “domicilio de referencia” y “plazo de estadía mínima y/o permanencia”. La resolución refiere como marco “los artículos 20 y 24 de la ley Nº 25.871”, de Migraciones, que tratan la residencia transitoria.
“En lo sucesivo”, señala la disposición, el Registro Civil debe arbitrar “todos los medios necesarios para facilitar los turnos pertinentes a las solicitudes” para “no frustrar el espíritu y la efectivización de la voluntad de los requisitos a cuyos efectos no podrá, bajo ningún aspecto, otorgar turnos con un plazo superior a los 5 (cinco) días”. Además, “la documentación y los certificados emitidos como consecuencia de esta disposición no podrán ser discriminatorios ni contener ninguna pauta que limite de hecho el principio de igualdad ante la ley”. Entre los argumentos, la resolución refiere que “la Ley 26.618 (de matrimonio igualitario) se configura como la garantía útil y efectiva del derecho a conformar una familia, sin que ninguna pauta discriminatoria basada en la orientación sexual pueda oponerse como un obstáculo normativo o fáctico”. Por ello, “todo extranjero o extranjera que ingrese, transite o resida” en Argentina puede casarse de acuerdo con la ley de matrimonio civil, “sin que la nacionalidad pueda ser opuesta como un obstáculo normativo o fáctico para su pleno ejercicio”.
La ciudad de Buenos Aires es el tercer distrito en garantizar la aplicación de la Ley 26.618 para ciudadanos extranjeros no residentes en su territorio. En marzo de este año, el director del Registro Civil de Santa Fe, Matías Drivet, firmó una circular por la cual convirtió a la provincia en el primer distrito en permitir el matrimonio entre extranjeros, con la condición de que pasen 96 horas en territorio argentino. En mayo, mediante una resolución del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad, Tierra del Fuego decidió eliminar las trabas administrativas que impedían estas bodas.
La semana pasada, gracias a una autorización del gobernador Daniel Scioli, un australiano y un alemán se casaron en La Plata, lo que constituyó la primera boda entre extranjeros celebrada en territorio de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, en suelo bonaerense ninguna disposición explicita que esta aplicación debe ser sistemática. En la Legislatura provincial espera tratamiento un proyecto del bloque Nuevo Encuentro para autorizar por ley los matrimonios entre extranjeros en la provincia de Buenos Aires.
De los diez países que aprobaron el matrimonio igualitario en todo el mundo, sólo en dos pueden casarse extranjeros no residentes: Argentina y Canadá. En este último, sin embargo, en el caso de parejas del mismo sexo, sólo pueden hacerlo quienes provengan de países con legislaciones similares, como Sudáfrica, España o Argentina.
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