La Justicia de Rosario rechazó la demanda iniciada por los representantes de tres hermanos menores de edad que iban en una moto y fueron atropellados por un automovilista, a la vez que atribuyó la responsabilidad del hecho a los padres de los chicos. El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 señaló en el fallo que “el acto de circular una adolescente y dos niños sobre un ciclomotor constituyó un acto sumamente imprudente y negligente de los tres menores y también de los padres a cuyo cuidado estaban”.
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