Sáb 24.05.2003

SOCIEDAD

Un fallo que siembra el “terrorismo sanitario”

El ministro de Salud reaccionó con dureza contra la sentencia que prohíbe los anticonceptivos en todo el país. Temen que los amparos fundamentalistas encuentren eco en la Corte Suprema.

› Por Alejandra Dandan

Ginés González García intentó a lo largo del día encontrarle alguna calificación al explosivo fallo contra los anticonceptivos. “Esto es terrorismo sanitario”, dijo por fin el ministro de Salud. A esa altura estaba claro que la medida de la jueza cordobesa Cristina García de Lazcano no sólo era “increíble, absurda o insólita”, como la calificó, sino peligrosa, ya que impide a más de 200 mil pacientes mujeres de todo el país usar los estrógenos de los anticonceptivos para el tratamiento de distintas enfermedades. En este momento, el Ministerio recoge documentación en dos direcciones: para apelar el fallo, por un lado, y “recusar” o “encarar un pedido de juicio político” contra la jueza. En tanto, la comunidad científica teme ahora por la “judicialización” de las políticas sanitarias. Creen que estos amparos pueden encontrar eco en la Corte Suprema, tal como ocurrió hace un año, cuando un dictamen avaló otro fallo de la jueza cordobesa contra la llamada “píldora del día después”.
El fallo contra los anticonceptivos en cuestión es terrorista en varios sentidos. “Prohíbe la mayoría de los estrógenos –dijo el ministro ayer–, que son medicamentos usados para muchas enfermedades.” Los estrógenos son hormonas que se usan en casos de insuficiencia ovárica, para el tratamiento de la infertilidad, endometriosis y hasta para determinados tipos de acné. Desde ese punto de vista, la eliminación de esos productos del mercado no sólo actuaría contra lo que comúnmente se llama derecho a la planificación familiar sino también contra patologías que de otro modo no se combaten.
Estos fueron algunos de los puntos del fallo que despertaron un sinnúmero de críticas durante todo el día de ayer, pero no fueron los únicos. La jueza resolvió ordenarle al Ministerio que destruya, elimine y quite de circulación el 97 por ciento de los anticonceptivos usados en el país, pero también todas las variantes de dispositivos intrauterinos (DIU). La magistrada sostuvo en su fallo los argumentos usados por la Fundación “25 de Marzo”, autora de la demanda. Para esa organización, asociada a los sectores más reaccionarios de la Iglesia Católica, tales productos contienen “drogas” que “son abortivas”.
Ayer distintos especialistas ligados a la comunidad científica se encargaron de deslegitimar la veracidad de esas tesis aclarando algunas cuestiones. Diana Galimberti, del Centro Latinoamericano de Salud y Mujer, se dedicó a prestarle particular atención al vínculo entre el DIU y los supuestos aspectos abortivos. “Múltiples estudios internacionales –dijo— ya han demostrado que impide la fecundación al no permitir que los espermatozoides lleguen al encuentro con el óvulo.” Una discusión que, por lo demás, está zanjada en buena parte del mundo, argumento que será retomado ahora para la apelación del fallo.
Esa tarea correrá por cuenta del Ministerio. Tal como lo adelantó Ginés González García, sus asesores legales ya comenzaron a trabajar en la recopilación de documentos que integrarán la apelación. Entre esos especialistas se encuentra la secretaria de Políticas Sanitarias, Graciela Rosso, más preocupada ahora por los efectos a largo plazo de este tipo de amparos que por la letra chica del fallo. “Acá –dice– el problema es que asociaciones y fundaciones como éstas encuentren eco en la Justicia y se arroguen la representación de todas las mujeres argentinas.”
Un fallo de características semejantes sacudió a la provincia de Córdoba y a todo el país en febrero de este año. En esa oportunidad, la misma jueza se propuso llevar adelante un amparo para prohibir la implementación de la Ley de Salud Reproductiva. En ese momento, su decisión no prosperó por una apelación ante la Cámara Federal de Córdoba, que revocó el amparo. Para el tribunal, tal como ahora lo recuerda Rosso, el fallo no era viable por varias razones, pero sobre todo porque “la acción de amparo no la había pedido un individuo, tal como lo exige la ley, sino una asociación”.En este caso pasó lo mismo. La jueza dio lugar a un amparo presentado por una Fundación, un criterio errado según la Cámara.
Por cada uno de estos aspectos, los especialistas consultados por este diario están casi convencidos de que una apelación dejaría sin efecto el fallo. Lo que no saben, en cambio, es qué sucederá si el proceso judicial continúa y, tal como ocurre en este momento con el fallo de la Ley de Salud Reproductiva, los autores de la demanda siguen camino hacia la Corte Suprema de la Nación. En ese ámbito, la jueza cordobesa ya ganó una batalla el año pasado, cuando consiguió un dictamen favorable en su embestida contra el Inmediat de Laboratorios Gador, conocida como “la píldora del día después”. Aquel fallo respondía al pedido de otra fundación que en 1998 pedía la eliminación de la píldora. La jueza lo aceptó y aunque la medida fue rechazada en Cámara, la Corte volvió a admitirla, pero con un error en el nombre comercial. Sólo por eso el dictamen terminó haciéndose agua.
En ese largo proceso y en esa misma postura piensan algunos integrantes del Ministerio. Y en esas mismas opciones piensa también Mabel Bianco, de la Fundación de Estudios e Investigación de la Mujer (FEIM), convencida de los peligros que encierra “la judicialización de las píldoras”. En ese sentido, Bianco reproduce el criterio expresado por buena parte de la comunidad científica: “Acá existe una intromisión del Poder Judicial sobre ámbitos que no le corresponden –dice–: y con las características de nuestra Corte Suprema uno nunca sabe qué es lo que terminarán haciendo”.

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