SOCIEDAD › SESIONO EN BUENOS AIRES UN TRIBUNAL INTERNACIONAL POR EL RIO ATUEL
Los pampeanos reclaman que Mendoza construyó represas que secaron el río Atuel en el lecho de La Pampa, desertificando una región de 30 mil kilómetros cuadrados. También hubo reclamo contra la Ceamse de González Catán.
› Por Rocío Magnani
La última semana se vivió de forma contradictoria en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la UBA: mientras la televisión enfocaba pilas y pilas de bolsas de basura acumuladas en las calles de la Ciudad y luego flotando por las inundaciones de ayer, cientos de pampeanos se presentaron en la Sexta Audiencia del Tribunal Latinoamericano del Agua, realizada en esa casa de estudios, para pedir justicia por el corte del río Atuel que amenaza con desertificar el oeste de su provincia. Además, desde el partido bonaerense de La Matanza llegaron los Vecinos Autoconvocados de González Catán que demandaron a la Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (Ceamse) por contaminación del agua en el distrito. El jurado del organismo de derecho no vinculante, que por primera vez sesionó en un país del Cono Sur, dimensionó la gravedad de los conflictos y remarcó la necesidad de una urgente mesa de diálogo para ambos casos.
El Tribunal Latinoamericano del Agua fundado en 2000 es una instancia de justicia ético-ambiental que procura contribuir a la solución de controversias hídricas en América latina y a la protección de los ecosistemas hídricos. El presidente del Tribunal, Javier Bogantes, suele repetir que “la justicia no es un concepto jurídico o político, es por venir, está por venir, tiene que venir. Y sólo habrá justicia en tanto sean posibles acontecimientos que excedan el cálculo, las reglas, los límites”. El textual es una cita del filósofo Jacques Derrida que, según dice, expresa muy bien la dificultad del acceso a la justicia real.
“Lastimosamente, en América latina se han conformado sistemas judiciales administrativos en connivencia con intereses de transnacionales, que como laberintos afectan la potencialidad de las poblaciones de poder defender su derecho a vivir en un ambiente sano y a preservar los ecosistemas hídricos que son fundamentales, tanto para las presentes como para las futuras generaciones”, explicó Bogantes a Página/12. “Prevalecen criterios de desarrollo cortoplacistas para la región que han obviado los criterios de sostenibilidad y la prudencia en las políticas de desarrollo, lo que en ecología es esencial.”
El caso presentado por la Fundación Chadileuvú (Fuchad) de La Pampa nunca fue muy mediatizado, a pesar de que el folklore regional le ha dedicado gran atención a la pérdida del río Atuel, que hace un siglo “constituía un enorme humedal de casi 300 kilómetros de largo, por un ancho variable, nunca inferior a 10 kilómetros, permitiendo la existencia de muchas especies vegetales y animales, como corredor de vida en el desierto”, según señala el veredicto.
Sin embargo, tras la construcción de la última de las represas hidroeléctricas en la provincia de Mendoza “los pobladores de (la zona oeste de) La Pampa –agrega el fallo– quedaron casi sin recursos para vivir por la destrucción del humedal y por la falta de agua, en un territorio de más de 30 mil km cuadrados”. El presidente del tribunal comprobó la desertificación del suelo cuando recorrió en helicóptero el cauce seco, visita de la que participó este diario. “La población disminuyó tanto que hoy los distritos del oeste pampeano son los menos poblados de todo el país, sostenidos únicamente por el subsidio estatal”, detalló el titular de Fuchad, Héctor Gómez.
El jurado alertó sobre “la necesidad de no perpetuar” la situación y recomendó que se ponga “en práctica urgentemente un caudal permanente mínimo” y que se establezca un Comité de Cuenca Provisional que asegure de manera inmediata el uso del agua por la población de La Pampa. En ese sentido, recomendó que este caudal sea definido por una comisión técnica imparcial. Además señaló la necesidad de que se garantice la declaración de “interprovincialidad” del río realizada en 1987 por la Corte Suprema de la Nación y por negarse a cumplir el convenio de 2008 de dejar fluir un mínimo caudal de agua hacia La Pampa.
Por su parte, en la demanda de los Vecinos Autoconvocados de González Catán por la posible afectación de los mantos acuíferos del distrito por la disposición de basura en un relleno sanitario de la Ceamse, ubicado a 800 metros de la ciudad homónima, el jurado solicitará, en razón del principio precautorio que informa el derecho a un ambiente sano, la intervención inmediata de la Secretaría de Ambiente de la Nación y de la autoridad provincial del agua para que establezca la relación entre los niveles de contaminación del agua en la zona de conflicto con la operación de la empresa Ceamse o con otros factores ajenos a la administración del relleno.
Bogantes advierte que “el veredicto de este tribunal es el comienzo, nunca una solución definitiva, pero ha demostrado que puede dar soluciones donde fallan los sistemas de justicia tradicionales” pero, ya lo dijo Derrida, la justicia requiere de hechos que excedan los cálculos.
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