SOCIEDAD
› NO USO PRESERVATIVO Y TRANSMITIO EL MAL A SU PAREJA
Condena por contagiar el VIH
La sentencia a tres años de prisión en suspenso la aplicó un juez de Rosario. El magistrado consideró que el hombre actuócon “dolo eventual”. Dos especialistas cuestionan el fallo.
› Por Pedro Lipcovich
Un juez de Rosario condenó a tres años de prisión, en suspenso, a un hombre que, a sabiendas de que tenía el virus del sida, lo ocultó a su pareja, tuvo con ella relaciones sin preservativo y le trasmitió el VIH: la sentencia es por “lesiones gravísimas” cometidas con “dolo eventual”. Durante la relación, la pareja tuvo un bebé, que nació sano. Es la primera vez que se produce un fallo como éste en la Argentina. Un especialista señaló su “inquietud ante este fallo”: los riesgos podrían ser, a su criterio, “la discriminación contra las personas con VIH”, la desestimación de que “el uso de preservativo es siempre responsabilidad compartida” o “la errónea suposición de que la persona con VIH está obligada a comunicarlo”. Otro especialista observó que “socialmente, la posibilidad de que las personas con VIH sepan resolver cuándo y a quiénes comunicarlo depende de instrumentos como las ‘consejerías’, que deberían funcionar en hospitales públicos”, y destacó que “cuando una persona con VIH puede organizar su vida, se convierte en un gran agente de prevención”.
El fallo –que no tiene antecedentes en el país y fue suscripto por el juez de sentencia rosarino Ernesto Genesi– advierte que el acusado, de 35 años, sabía desde 1996 que tenía el VIH, lo cual se acreditó por consultas hospitalarias que efectuó durante cinco años. Su pareja, una chica de 25 años (los nombres, como establece la Ley Nacional de Sida, no fueron dados a conocer), convivió con él durante nueve meses. Al principio usaban preservativos, pero después, a iniciativa de él, dejaron de utilizarlos. La mujer quedó embarazada, y el hijo de ambos nació sano; pero ella contrajo el VIH y, cuando lo supo, formuló la denuncia.
Durante la instrucción del sumario –a cargo del juez Adolfo Prunotto Laborde–, el acusado afirmó que sólo habían omitido los preservativos en una oportunidad en que ambos estaban alcoholizados. La mujer, en cambio, afirmó que él jamás le había comunicado que tenía el VIH y que al poco tiempo de convivir habían dejado de cuidarse.
El juez ordenó un careo, en el cual ambos mantuvieron sus posiciones. Pero la joven se contactó con una novia anterior del acusado, quien reveló que, también en su caso, habían empezado por utilizar preservativos y después habían dejado de hacerlo, aunque ella no había contraído el virus.
Con todos esos elementos, el juez Genesio dispuso la condena por “lesiones gravísimas”, equiparando a tales las consecuencias de la infección por VIH; el daño habría sido producido por “dolo eventual”, calificación que corresponde al hecho de que el imputado mantuvo su conducta aun conociendo el riesgo que implicaba. Según señaló a este diario una fuente próxima al juzgado, “tanto la víctima como el acusado son personas de buen nivel cultural, pertenecientes a la clase media”.
La condena quedó en suspenso porque el culpable no tiene antecedentes penales. El fallo fue apelado, y en los próximos meses deberá decidir la Cámara de Apelaciones rosarina.
Ignacio Maglio –abogado en la sección Riesgo Médico-Legal del Hospital Muñiz y en la Fundación Huésped– destacó su “inquietud ante las consecuencias que puedan derivar de este fallo o de una repercusión inadecuada y morbosa de este fallo”. Una de estas consecuencias sería “que opere como un mecanismo indirecto de discriminación contra las personas viviendo con VIH. El fallo podría implicar la suposición de que hay parejas ‘sanas’, que no necesitarían preservativo, cuando cualquiera puede tener el VIH y usar preservativo es responsabilidad compartida”.
Maglio agregó que “el fallo podría promover la violación de la intimidad, si se entiende como que toda persona con VIH estaría obligada a comunicarlo. Y podría promover el prejuicio del binomio culpable-inocente en la trasmisión, como cuando se dice que quien contrajo el virus por transfusión es ‘inocente’ y quien lo recibe por vía sexual es ‘culpable’”.
También Mario Burgos, titular de Fundación Red –dedicada a temas de VIH/sida–, manifestó reparos: “Fallos como éste pueden apuntar atransferir la responsabilidad de la epidemia desde el Estado y las instituciones hacia los individuos, y cargar el peso de la prevención sobre las personas que viven con VIH”.
Burgos señaló que “en términos sociales, la posibilidad de que las personas con VIH puedan resolver la cuestión de cuándo, cómo y a quiénes comunicar esa situación se vincula con una instancia de la que la mayoría de los hospitales públicos carecen: las ‘consejerías’, lugares atendidos por equipos profesionales donde la persona puede plantear los problemas laborales o de discriminación que el VIH le plantea, y discutir sus dificultades para comunicarlo o para seguir un tratamiento. Cuando una persona con VIH puede armar bien su vida, se convierte en un gran agente de prevención”.