SOCIEDAD › UN DECRETO PRESIDENCIAL ORDENó EL PAGO DE 172 MIL DóLARES A LA MADRE DE IVáN TORRES
El decreto, publicado ayer en el Boletín Oficial, ordena el pago indemnizatorio en cumplimiento de la sentencia dispuesta por la Corte Interamericana, en agosto de 2011. Iván Torres desapareció en manos de policías de Chubut en 2003.
› Por Horacio Cecchi
Mediante el decreto 2043/ 2013, el Estado argentino comenzó a ponerse en línea con lo ordenado por la Corte IDH por la desaparición forzada de Iván Torres, a manos de policías de Comodoro Rivadavia, en 2003. El decreto, publicado ayer en el Boletín Oficial, ordena el pago de una indemnización de 172 mil dólares a María Millacura, madre de Iván Eladio Torres Millacura, y de algo más de 10 mil dólares al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, de la Corte Interamericana. La causa, con catorce uniformados procesados y siete testigos y amigos de la víctima muertos en situaciones demasiado sospechosas, fue elevada a juicio oral en julio de 2013, pero todavía no quedó conformado el Tribunal Oral Federal de Comodoro que lo llevará adelante. Antes de la elevación, la Cámara Federal confirmó los procesamientos, pero cambió la calificación del delito. En lugar de desaparición forzada, consideró que se trataba de privación ilegítima de la libertad agravada, lo que provocó el envío de una nota de la comisión en la que “observa con suma preocupación la resolución de la Cámara Federal”. La madre de Iván Torres intenta llegar a la Corte Penal Internacional en reclamo por el incumplimiento de la sentencia de la Corte IDH que ordenó, en agosto de 2011, no sólo la indemnización, sino también encontrar a Iván Torres, investigar para hallar a los responsables de su desaparición y dictar un curso de derechos humanos a la policía de Chubut.
El decreto 2043 fue firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner el 20 de diciembre pasado, y en él se ordena el pago de una “indemnización por daño material e inmaterial a favor de las víctimas (...) y por reintegro de costas y gastos” por la suma total de 182.043,02 dólares, de los cuales 172 mil corresponden a los familiares y el resto (10.043,02) a la Corte IDH.
La sentencia de la Corte Interamericana fue dictada el 26 de agosto de 2011 y consta de los cuatro puntos mencionados más arriba, todos incumplidos a la fecha del vencimiento de la prórroga solicitada por el Estado argentino, el 24 de junio de 2013. El incumplimiento llevó a la abogada que representa a María Millacura, Verónica Heredia, a iniciar el camino para acceder a la Corte Penal Internacional. Para ello, deberá demostrar que se trata de un delito de lesa humanidad: “Según el artículo 7 del Estatuto de Roma, firmado por Argentina –señaló Heredia a Página/12–, se alcanza cuando se trata del ataque sistemático contra una población determinada y con conocimiento de dicho ataque por parte del Estado. Cuando Sofía Tiscornia (perito oficial designada por el tribunal interamericano) abrió su informe ante la Corte, lo primero que dijo fue que es un problema estructural de las policías, que es sistemático y que no se trata de una policía, sino de todas las policías del país”.
Pese a la firma del decreto, Heredia sostuvo que “no se cumplió nada. La indemnización, que debiera ser lo menos trascendente del reclamo, ni siquiera fue cumplida, porque el decreto no dice cómo se pagará ni cuándo”. Si bien la elevación a juicio oral de 14 policías implica cierto impulso del Estado por encontrar a los responsables, la demora en la conformación del tribunal federal que los juzgará va a la par de la desconfianza de la familia. Peor, el 24 de julio de 2013 la Cámara Federal de Comodoro confirmó los 14 procesamientos, pero modificó la calificación del delito: en lugar de desaparición forzada lo consideró como privación ilegítima agravada, debido a que la ley de desaparición forzada fue sancionada en 2011 y Torres desapareció en 2003. “Es una falla tremenda –sostuvo Heredia–, porque la desaparición es un delito que permanece, no está resuelto.”
El 4 de septiembre de 2013, la Comisión Interamericana envió una nota a la Corte IDH en la que observaba “con suma preocupación la resolución de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia que modificó el tipo penal de desaparición forzada”. Señaló que se trata “de un delito de ejecución permanente, es decir, cuya consumación se prolonga en el tiempo”.
María Millacura, que desde 2007 no participa en el proceso porque denuncia sus irregularidades, sostuvo que se instalará fuera del tribunal cuando “empiecen la farsa de ese juicio”.
La ley de desaparición forzada sancionada en 2011, no casualmente, tomó como base el caso de Iván Torres y fue aplicado, entre otros, en el caso de Luciano Arruga. Y la desaparición forzada es uno de los argumentos que cita el Estatuto de Roma para encuadrar los casos como de lesa humanidad.
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