SOCIEDAD › DESPROCESAN A POLICIAS INVESTIGADOS POR LAS DOS MUERTES DURANTE LA REPRESION
Una jueza había procesado en mayo a 41 policías, pero la Cámara del Crimen sobreseyó a 26 y dictó la falta de mérito a otros 15. Cuestionamiento del CELS a un fallo que exime de responsabilidad a los jefes que dirigieron el operativo.
› Por Eduardo Videla
La Sala I de la Cámara del Crimen desprocesó a los 41 policías de la Federal y la Metropolitana acusados por el asesinato de dos personas durante la represión en el Parque Indoamericano, en diciembre de 2010. El tribunal sobreseyó a 26 policías (entre ellos, a ocho jefes) y dictó la falta de mérito para otros quince (todos de la Policía Metropolitana), que deben seguir siendo investigados. Los 41 habían sido procesados en mayo por la jueza Berdión de Crudo. Para el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), querellante en la causa en representación de los familiares de una de las víctimas, el fallo representa “un grave mensaje que el Poder Judicial le da a la policía en relación con hechos de violencia institucional, al no permitir avanzar en las responsabilidades de quienes planearon el operativo”, según expresó a Página/12 la abogada Paula Litvachky. El fallo, de 32 páginas, fue firmado por los jueces el jueves último, dos días antes del comienzo de la feria judicial.
Los hechos que se investigan ocurrieron el 7 de diciembre de 2010, cuando las fuerzas policiales intentaron desalojar el Parque Indoamericano, que había sido tomado por decenas de familias que reclamaban una solución habitacional. Durante la represión, fueron asesinados Bernardo Salgueiro, un joven de 22 años que vivía en la Villa 20, y Rossemary Chura Puña, de 24, habitante del barrio Los Piletones, mientras que cinco personas recibieron heridas de bala.
Después de una ardua investigación promovida por el fiscal Sandro Abraldes, se llegó a la conclusión de que el operativo se había desarrollado de manera coordinada entre las policías Federal y Metropolitana, bajo la conducción de la Federal. También se demostró que efectivos de la Metropolitana habían cargado sus armas con cartuchos de plomo y no solamente con postas de goma, como argumentaron la conducción de la fuerza y el gobierno porteño. Por eso, la jueza de Instrucción Mónica Berdión de Crudo les abrió causas a treinta efectivos de la Metropolitana y a once de la Federal. Entre ellos, siete jefes –tres comisarios de la federal, cinco comisionados de la Metropolitana– fueron procesados por homicidio culposo y lesiones, delitos que tienen penas de hasta cinco años de prisión. A los otros policías se los acusó por homicidio en agresión, que es la figura que se aplica cuando no se sabe quién disparó, y tiene una pena de hasta seis años de prisión. Los procesamientos habían sido pedidos por los fiscales Abraldes y Nuria de Ansó y por los abogados del CELS, querellantes en la causa en representación de los padres de Chura Puña.
En su dictamen, la Cámara –integrada por los jueces Jorge Luis Rimondi y Luis María Bunge Campos– confirma que tanto las muertes como las heridas fueron provocadas por el accionar policial, pero exime de responsabilidad a los jefes de la Federal y de la Metropolitana, quienes habían sido procesados por su rol en la dirección del operativo. Además sostiene que la represión estuvo a cargo de “policías no identificados que habrían actuado por su cuenta”. Esta hipótesis coincide con el argumento que presentaron los defensores de los policías para desligarlos de la culpabilidad. Como consecuencia, sobreseyó a 26 de los 41 policías y dictó la falta de mérito para los otros quince, lo que implica que no están procesados pero tampoco quedan desvinculados de la causa y se los debe seguir investigando. Los quince pertenecen a la Policía Metropolitana.
Después de conocer la noticia, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) emitió un comunicado que tituló: “Impunidad por las muertes en la represión del Parque Indoamericano”. “El fallo no analiza el operativo ni el contexto en el que se desarrolló. Ante una intervención abusiva y violenta de las fuerzas de seguridad en una situación de conflicto social, la cámara decide diluir las responsabilidades sin responder con argumentos sólidos a las pruebas acumuladas en la causa, centrales para que la jueza de instrucción dictara los procesamientos”, dice el documento que hizo público el organismo.
Entre los procesados estaba el comisario de la Federal Hugo Lompizano, condenado a dos años de prisión en suspenso por el delito de abandono de persona en el caso del asesinato del militante del Partido Obrero Mariano Ferreyra. Los otros acusados eran los comisarios Juan Antonio Quintero y Emilio Ramón Miragaya, de la Federal; y los comisionados Claudio Enrique Serrano, César Enrique Menardi, Alfredo Córdoba, Alberto Ojeda, todos de la Metropolitana, y el superintendente de Seguridad de esa fuerza, Miguel Ciancio. Ahora, con el fallo de Cámara, todos quedan sobreseídos.
“La investigación prueba que las policías Metropolitana y Federal actuaron en coordinación, tuvieron un accionar violento e ilegal e hicieron un uso descontrolado de la fuerza letal. Sin embargo, estos hechos, probados en el marco de la causa, no fueron objeto de análisis por parte de la Sala I de la Cámara de Apelaciones”, dice el CELS en su comunicado. “Esta decisión expresa la dificultad para juzgar hechos que involucran a integrantes de las instituciones de seguridad y es un grave mensaje del Poder Judicial acerca de que la represión y el accionar abusivo de las fuerzas pueden permanecer impunes”, agrega el organismo que, según adelantó, presentará un recurso ante la Cámara de Casación Penal.
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