SOCIEDAD › LA CORTE ORDENó CONSTRUIR UN CENTRO DE SALUD EN TIERRA QOM
El máximo tribunal rechazó el pedido del cacique de la comunidad qom, Félix Díaz, de detener la construcción de un centro de salud en territorio de la comunidad. La obra había sido aprobada en una reunión con amplia participación.
El gobierno de la provincia de Formosa fue autorizado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a la construcción de un Centro de Salud dentro del territorio de la Comunidad La Primavera. La decisión surge del rechazo del máximo tribunal a la presentación realizada por el cacique qom Félix Díaz quien había solicitado que se interrumpiera la obra argumentando que el gobierno provincial no había realizado una consulta previa. La Corte Suprema, con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, entendió que “el procedimiento de consulta al pueblo interesado fue apropiado, dado que se llegó a un acuerdo con los representantes de los distintos sectores de la comunidad”.
En este sentido, destacó la reunión en la Casa de Gobierno de Formosa, donde todos los sectores fueron recibidos por autoridades provinciales “oportunidad en la que se les entregaron las carpetas técnicas que reclamaban vinculadas con la construcción del centro de salud, entre otras obras que se están realizando en tierras comunitarias”, en referencia a los trabajos de extensión de la red de energía eléctrica, red de agua potable, construcción de viviendas y mantenimiento de caminos internos de la comunidad”.
La Corte resaltó que “la obra del centro de salud destinada a fortalecer el sistema de atención médica y sanitaria en la comunidad fue aprobada por la Asamblea del 4 de marzo de 2015, la que contó con gran asistencia de miembros de la comunidad en general, y con la presencia del presidente de la Asociación Civil La Primavera, Oscar Camachi, del cacique de dicha comunidad, Cristino Sanabria, del presidente de la Unión de Pastores Evangélicos, Félix Balbino” así como representantes del grupo de Félix Díaz.
El fallo de la Corte sostiene que de lo expuesto “se sigue que la obra fue aprobada por los representantes de la comunidad en pleno conocimiento de que se realizaría dentro del territorio comunitario”.
El máximo tribunal no admitió los aportes de las organizaciones de derechos humanos que se presentan como garantes del diálogo y Amigos del Tribunal, ya que solamente reiteran los argumentos de Félix Díaz y por ende “aparece innecesaria una participación coadyuvante en la medida en que no se advierte cuál sería su aporte jurídico, científico o técnico relativo a las cuestiones debatidas”.
La Corte aclaró que todavía se encuentra pendiente de resolución la impugnación que el cacique Félix Díaz y los organismos que lo acompañan hicieron respecto del relevamiento territorial efectuado durante 2014 del que participaron todos los sectores de la comunidad junto con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y el Instituto de Comunidades Indígenas.
En su fallo, la Corte Suprema de Justicia señala que “no se pueden extender los efectos de la medida cautelar de no innovar que pidió Díaz para frenar la construcción del Instituto Universitario de Formosa en un predio de 609 hectáreas, para aplicarla a cualquier acto que pretenda realizarse, incluso a la ejecución de una obra que, como en este caso, fue consultada y aprobada por los miembros de la comunidad por haberla considerado beneficiosa y conveniente”.
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