Vie 13.05.2016

SOCIEDAD  › PEDIDOS DE JURY Y LA INTERVENCION DEL CONSUL PERUANO POR LA CONDENA A UNA TRAVESTI

Horizonte negro para un juez xenófobo

El cónsul de Perú en La Plata intervino tras conocerse la condena a más de 5 años a una travesti, por ser peruana. Dos ONG de DD.HH. y la Defensoría del Pueblo pedirán el jury contra el juez Juan José Ruiz, quien firmó la sentencia.

› Por Horacio Cecchi

La condena a una travesti en La Plata apoyada en el agravante de que sea peruana desató duros cuestionamientos al juez del Tribunal Oral I platense, Juan José Ruiz, incluyendo pedidos de jury y la intervención directa en el caso del cónsul general de Perú en La Plata Carlos Alberto Chocano Burga. “Yo confío en que la Justicia argentina se va a pronunciar y se va a corregir la sentencia”, manifestó el representante peruano. Claudia, la travesti condenada a 5 años y 3 meses, había sido esposada y alojada en la comisaría 9ª apenas leída la sentencia, pero ayer la Sala III de la Cámara de Apelaciones hizo lugar al pedido de hábeas corpus de la defensa (Josefina Rodrigo y Carolina Grassi), y Claudia volvió al régimen de prisión domiciliaria. El miércoles próximo, el juez Ruiz será blanco de un escrache por parte de una movilización de travestis y trans connacionales (aunque los extranjeros serán bienvenidos).

Chocano Burga aclaró que “como cónsul no puedo pronunciarme en contra de una sentencia judicial, pero lo que está sucediendo, los mensajes que estamos recibiendo dan cuenta de la dimensión de este caso. Corresponde velar porque los derechos de los ciudadanos se respeten, ya en este momento hay un funcionario con Claudia para que la asesore”. El cónsul busca verificar “si hubo notificación de la captura de un ciudadano peruano”, lo que de algún modo está en duda ya que en el puntilloso fallo de Ruiz no se hace mención en ningún momento a la presencia de representantes consulares.

El Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo bonaerense, la Comisión Provincial por la Memoria y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos informaron sobre su seria preocupación por el fallo discriminatorio.

El OVG denunciará el fallo ante la Relatoría de personas Lgttbi de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y se presentará como amicus en la causa penal. El organismo de la Defensoría interviene desde hace tiempo frente a las detenciones violentas y masivas de personas trans y travestis en la Zona Roja de La Plata y denunciando las complicidades políticas, judiciales, policiales y mediáticas.

Como sostiene el OVG, la pretensión es la de “invisibilizar la responsabilidad integral del Estado frente a la situación de vulneración de derechos en la cual se encuentra el colectivo trans y travesti. Más bien, pareciera ser una medida tendiente a apartar la mirada social sobre este colectivo”.

Agrega que “el Tribunal interviene y toma posición en un debate de la agenda política local que excede los alcances de esta sentencia: la relocalización de la ‘Zona Roja’. Y al mismo tiempo demuestra poco interés en avanzar en una investigación sobre el accionar de las redes de narcotráfico en el espacio urbano de la ciudad de La Plata”.

En uno de los párrafos del fallo citados por el organismo de la Defensoría como muestra de xenofobia, el juez Ruiz dispuso “exhortar a la Dirección Nacional de Migraciones, por ante el área que corresponda (...), que constate bajo qué circunstancias legales –de admisión y permanencia en el país– se encuentran los ciudadanos extranjeros que ofrecen servicios como travestis en la denominada Zona Roja de la Ciudad de La Plata”.

El OVG agrega que “la sentencia también exhorta al intendente Julio Garro a fin de que ‘tome las medidas que considere necesarias en la denominada zona roja y dé respuesta a los constantes reclamos de los vecinos, por las molestias que se le causan’.” La OVG destaca que “la sentencia asume el tono de la condena moral y afirma que los vecinos deben convivir con ‘desfiles indecorosos. El permanente ir y venir de compradores de dudosa reputación y gente de mal vivir’”.

También destaca que “durante todo el procedimiento judicial se nombra a Claudia como varón ‘persona trasvertida’ (sic) sin reconocer su identidad autopercibida en una clara violación por parte de los actores judiciales a los derechos consagrados en la Ley de identidad de género”.

Por su lado, la Comisión Provincial por la Memoria informó que “tras evaluar el fallo –con profundo conocimiento de antecedentes de otros casos en La Plata y en otras ciudades de la provincia de Buenos Aires como Mar del Plata, donde el colectivo trans es sistemáticamente víctima de prácticas policiales violentas que luego la justicia convalida– impulsará un pedido de jury contra el juez Juan José Ruiz, quien estuvo a cargo del proceso y firmó el fallo. Además, la CPM elevará notas de manera urgente a la Suprema Corte de Justicia bonaerense y la Procuradora María del Carmen Falbo reclamando la sanción tanto para el juez como del fiscal” (Martín Chiorazzi).

La CPM sostiene que “la gravedad del fallo pone en riesgo no sólo la integridad física y psíquica de Claudia sino que despliega, mediante su discurso estigmatizante y de criminalización, una violencia judicial contra todo el colectivo trans exenta de una mínima y elemental perspectiva de derechos.”

Otro pedido de jury viene del lado de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de La Plata, que también denunciará al magistrado ante el INADI, según confirmó la abogada Marta Vedio.

Ayer, la Sala III de la Cámara de Apelaciones ordenó, ante el pedido de habeas corpus de las defensoras Rodrigo y Grassi, que Claudia continúe el proceso bajo prisión domiciliaria, que no es lo mismo que libertad ambulatoria, como imagina cierto periodismo.

Las abogadas tienen 20 días para analizar el fallo y presentar un recurso ante Casación. “Nos parece importante resaltar –aseguró Rodrigo a este diario– tanto el contenido discriminatorio, xenófobo y transfóbico del fallo, como el hecho de que la sentencia se ocupa más de fundamentar aquello y no prueba el tipo penal, ni el dolo que requiere la figura. Se vale de la versión policial para legitimar el atropello que se cometió al requisarla sin motivo previo ni sospecha suficiente.”

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