La Legislatura porteña modificó la ley 757, que regula el procedimiento para la defensa de consumidores y usuarios. El cambio establece que el vendedor o prestador de servicios denunciado será sancionado con multas de hasta 193.000 pesos si no se presenta a la audiencia de conciliación.
El proyecto obtuvo 55 votos a favor de los 60 miembros que componen el cuerpo.
La ley 757 determinaba una instancia de conciliación posterior a la denuncia que podía elevar un consumidor frente a posibles infracciones efectuadas por algún vendedor o prestador de servicios y dejaba a discreción de la autoridad de aplicación la decisión de imponer o no multas ante la incomparecencia injustificada del denunciado. El cambio, impulsado por los diputados socialistas Hernán Arce y Roy Cortina, busca terminar con esa discrecionalidad y permitir la efectiva instancia de mediación.
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