Vie 23.09.2016

SOCIEDAD  › LA CONFERENCIA EPISCOPAL CRITICO A LA JUSTICIA POR EL PROCEDIMIENTO EN UN CONVENTO

El allanamiento que enojó a la Iglesia

La cúpula eclesial del país emitió un comunicado para repudiar las actuaciones en el convento de Nogoyá donde fueron encontrados elementos de tortura. La madre superiora está imputada por “reducción a servidumbre”. Las respuestas del fiscal.

El allanamiento realizado el 28 de agosto pasado al monasterio de las carmelitas descalzas de Nogoyá, Entre Ríos, sigue levantando polvareda en la iglesia. La Conferencia Episcopal Argentina (CEA) cuestionó ayer, a través de un comunicado, el procedimiento judicial realizado en el convento que es investigado por denuncias de torturas psicológicas y físicas, y cuya madre superiora fue imputada por los delitos de “privación ilegítima de la libertad y reducción a servidumbre”. El arzobispo de Paraná, Juan Alberto Puiggari, ya había reprochado a la Justicia porque no les avisaron del allanamiento antes de realizarlo.

El procedimiento fue solicitado por el fiscal Federico Uriburu y autorizado por el juez Sebastián Gallino.

“En este caso concreto llamó la atención el modo de proceder de las autoridades intervinientes. No había ni hay ningún motivo para presumir que un monasterio conocido y de extendida presencia necesitara ser allanado de ese modo. Esa forma de actuar, que sería igualmente poco adecuada en una casa de familia, ofende especialmente a la consideración que merece una casa de oración legítimamente constituida, y al sentimiento religioso de la comunidad católica”, dice el comunicado de la CEA sobre el operativo en el que autoridades judiciales y efectivos policiales encontraron instrumentos de castigo (cilicios y látigos). Las autoridades eclesiales aclararon tras el allanamiento que los elementos hallados forman parte de “la manera de la vida de la disciplina” de las carmelitas.

La CEA expresó también “que la Iglesia Católica no busca ningún privilegio frente a la legítima acción del Estado en la investigación y sanción de los delitos que puedan cometerse en cualquier ámbito. Si efectivamente se hubieran cometidos delitos, la Iglesia es la primera interesada en que se haga justicia”.

La cúpula eclesial exhortó a que “la Justicia se expida con prontitud, que lo haga en base a elementos objetivos y respetando en toda su amplitud la legislación vigente y la libertad religiosa” y manifestó su acompañamiento al obispo del lugar.

En su momento, Puiggari había manifestado que allanar el monasterio de la Preciosísima Sangre y Nuestra Señora del Carmen había sido “como violar una embajada” ya que es “una zona especialmente protegida por el Papa”. También insistió en que el fiscal debió haber “comunicado al señor nuncio antes” del procedimiento y que le llamaba la atención “el apuro de la Justicia”.

El procurador General del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, Jorge Amílcar García, explicó que el “monasterio no tiene ninguna sede de nada, es territorio argentino, soberanía política del Estado argentino y provincial y hubo legitimidad enfática en la entrada”. Además calificó el caso como “un problema de género” y remarcó que “no atacamos a la Iglesia, ni como institución ni como religión, sino que hay hechos gravísimos desde el derecho penal”. “A nosotros nos mueve proteger a las víctimas, pese a los escándalos que se puedan ocasionar es nuestro deber”, indicó.

La Justicia intervino luego de que la revista Análisis publicara una investigación en la cual aseguraba que las monjas del monasterio padecían maltratos físicos y psicológicos.

Después del allanamiento y del análisis de las pruebas testimoniales y de los elementos secuestrados, el fiscal Uriburu imputó a la madre superiora del convento, Luisa Toledo, de 63 años, conocida como hermana “María Isabel” por los delitos de privación ilegítima de la libertad y reducción a servidumbre. Para ello se basó en la denuncia presentada por dos ex hermanas carmelitas que dejaron el convento luego de permanecer, una diez años y otra 25 en el templo de la ciudad de Nogoyá. El delito que se le imputa a la madre superiora contempla una pena de prisión de dos a seis años.

En su documento, la CEA pidió que quienes intervienen en el caso “lo hagan con los necesarios recaudos jurídicos que requiere un hecho que presenta instancias canónicas que deben ser tenidas en cuenta”.

Al respecto, el fiscal Uriburu expresó: “No pensamos entrar en la discusión respecto si acá cabe el Derecho Canónico. No investigamos una cuestión canónica. Nosotros estamos investigando una conducta con características penales. Entonces, se aplica el régimen penal de Argentina, y el derecho procesal entrerriano”.

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