Sáb 04.12.2004

SOCIEDAD  › INTIMACION DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

Reclamo por el caso Walter Bulacio

La CIDH exige cumplir su fallo sobre el tema. Había ordenado reabrir la causa y sancionar normas de control a la policía.

› Por Carlos Rodríguez

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emplazó al gobierno argentino para que “a más tardar el 31 de enero de 2005” presente un “informe detallado” sobre la aplicación de la condena impuesta al Estado por la impunidad que ampara, a más de trece años de ocurrido el hecho, a los responsables de la muerte de Walter Bulacio. Las dos medidas que siguen sin ser ejecutadas, por parte del Gobierno y la Justicia, son justamente las más importantes: la reapertura de la causa que había sido declarada prescripta y que tenía como imputado al comisario Miguel Angel Espósito, y la adopción de normas legislativas para “adecuar el ordenamiento jurídico interno a las normas internacionales de derechos humanos y darles plena efectividad”. El pedido de la CIDH apunta, sobre todo, a poner freno en forma definitiva las detenciones arbitrarias que realiza habitualmente la Policía Federal. El joven Bulacio murió días después de haber estado detenido en la comisaría 35ª, en el barrio de Núñez, por el “delito” de haber intentado presenciar un recital de rock.
“La fuerte intimación de la CIDH se debe a que el Gobierno no cumplió con los dos puntos fundamentales del fallo (dictado en septiembre de 2003) y lo que creo es que les cuesta reconocer que el crimen cometido por un policía es un crimen de lesa humanidad y, por lo tanto, que no prescribe”, dijo a Página/12 María del Carmen Verdú, abogada de la familia Bulacio y de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi). Andrea Pochak, del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que participó de la presentación ante la CIDH junto con la Correpi, coincidió en que el incumplimiento comprende “a los dos puntos más importantes”. Pochak recordó que, si bien el organismo internacional no tiene facultades para hacer cumplir su fallo en forma compulsiva, “está claro que al Gobierno debe preocuparle la vergüenza internacional que significa el incumplimiento de una medida dispuesta por la CIDH, además de las sanciones económicas y políticas que puede acarrear”.
La nueva resolución de la CIDH fue dirigida a la Cancillería argentina, que debe girar el pedido al Ministerio de Justicia y a la Procuración General de la Corte Suprema de Justicia. Rodolfo Mattarollo, jefe de Gabinete de la Secretaría de Derechos Humanos, que depende del Ministerio de Justicia, le dijo a este diario que todavía no habían recibido la notificación. “Nosotros tenemos que tomar intervención y debemos producir un dictamen”, confirmó Mattarollo.
“Lo más trascendente del fallo es lo referido a la adecuación de las leyes internas para evitar la detención arbitraria de personas y sobre ese punto la Corte Suprema no debe pensar mucho, sólo se debe acatar lo que dice el tribunal internacional”, recalcó Verdú. “Me parece que lo que le cuesta al Gobierno es soltarle la mano a la policía; todo pasa por una decisión política”, opinó Verdú. “No quiero decir que el Gobierno se oponga a cumplir con la resolución de la CIDH, pero está claro que sigue demorando las medidas y eso es algo que no corresponde, porque está obligado a acatar lo dispuesto por el tribunal internacional; son pocos los países que no cumplen con este tipo de fallos.”
El fallo de la CIDH, que consta de siete carillas, requiere del Estado argentino que “adopte todas las medidas que sean necesarias para dar efecto y pronto acatamiento a los puntos pendientes de cumplimiento” de la sentencia dictada el 18 de septiembre de 2003. Lo que se determina es que “a más tardar el 31 de enero de 2005” debe presentar “un informe detallado en el cual indique los avances en las investigaciones del conjunto de los hechos del caso” y buscar “la sanción a los responsables de los mismos”.
Al mismo tiempo, el gobierno argentino deberá informar “sobre el proceso de adopción de medidas legislativas y de cualquier otra índole que sean necesarias para adecuar el ordenamiento jurídico interno a las normas internacionales de derechos humanos y darles plena efectividad, como garantía de que no se repitan hechos como los del presente caso”. Los informes recibidos hasta ahora por la CIDH dan cuenta de que el proceso judicial “no ha sido modificado desde 1996” a la fecha y que los representantes legales de la familia “continúan estando apartados de la causa judicial porque no se ha restablecido su carácter de parte”.
En cuanto a la Corte Suprema de Justicia, se dice que todavía sigue sin definir “un recurso extraordinario contra una decisión de la Sala Sexta de la Cámara Criminal que declaró la prescripción de la acción penal”, medida que dejó impune al o los responsables de la muerte de Bulacio. Ese recurso extraordinario tiene ya un dictamen favorable de la Procuración General, emitido el 18 de diciembre del año pasado. Lo que se cumplió, hasta ahora, es el pago de la indemnización a la familia de la víctima y la publicación del fallo condenatorio del Estado argentino.

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