SOCIEDAD
› UN JUEZ MANDA A LOS PRESOS PRIMARIOS A SU CASA
Cárcel delivery en Rosario
Lo decidió por el estado de las prisiones. Los presos esperan, custodiados en sus casas, la excarcelación.
Silenciosamente, un juzgado penal de Rosario viene trabajando desde hace dos años en una suerte de reforma penal de hecho: servicio penitenciario a domicilio, un raro sistema de delivery diseñado por el juez Jorge Juárez ante la situación de “emergencia carcelaria” para autores de delitos menores sin antecedentes penales. “Ni partidarios de la mano blanda, ni partidarios de la mano dura –le dijo Juárez a Página/12–: somos partidarios de estar cumpliendo las leyes.” Les evitó la cárcel a unas veinte personas por año. Las resoluciones nunca fueron apeladas por una fiscalía ni criticadas por la policía local, obligada a vigilar los domicilios particulares durante un tiempo. Sus resultados son inversamente proporcionales a los del Servicio Penitenciario: entre sus detenidos domiciliarios no existen reincidentes.
Juárez tomó la decisión hace dos años por una situación de emergencia carcelaria, dice, “que es histórica”. Desde mucho antes del último estallido en la cárcel de Coronda, el Servicio Penitenciario santafesino mantiene 1200 personas alojadas en lugares preparados para 400. La población creció, entre otras razones, por la última reforma del Código Penal, el modelo del endurecimiento de penas impulsado por Juan Carlos Blumberg. “Los delitos que antes eran de materia contravencional –explica el juez– ahora son materia instrucción penal. Cuando existe la figura de in fraganti en delitos menores corresponde la privación de la libertad.”
En ese esquema incluye a los beneficiarios del sistema de prisión a domicilio. “No se trata de violadores ni de homicidas ni de grandes estafadores”, aclara. “Son casos especiales.” Es la persona que por primera vez cometió un arrebato; quien alentado por unos tragos pronunció una amenaza pública contra su mujer, su marido o un tercero. O son los chicos de 18 y 20 años, “porque no hay delincuentes de primera vez que tengan 40”. Es “todo un grupo de edad que a veces son excluidos, un fenómeno que está pasando por una sociedad que disgrega, que lo aparta”. Frente a ese “fenómeno social”, el juez levanta un sistema judicial dispuesto a “hacerse cargo”.
Las personas en esas condiciones que llegan a la cárcel por un delito menor suelen obtener la excarcelación, pero deben pasar varios días detenidos. El juzgado debe controlar antecedentes e identificarlo antes de aprobar una eventual salida. Esto es lo que Juárez no acepta: sin la existencia de cárceles “sanas y limpias” como exige la Constitución, libera a los detenidos antes de tiempo. Porque “¿qué voy a hacer? –pregunta–. ¿Los voy a mandar a un calabozo en el infierno donde en una celda de 4 hay 16?”
En rigor, nadie vuelve solo a su casa. Los beneficiados quedan con custodia policial permanente hasta que logran la “excarcelación”. Durante ese lapso permanecen en una suerte de estado de internación domiciliaria: “Para que me entienda –sigue el juez–: como diría un médico, esto sería una internación domiciliaria porque si un paciente que no lo necesita se queda en la terapia intensiva se va a contaminar. Esto no es doctrina, salvo una pizca de sentido común, respetando lo que la gente quiere, que es que se cumplan las leyes y respetando la Constitución”.
La detención domiciliaria no es una liberación, porque el detenido experimenta “un límite”. Al mismo tiempo, parece funcionar como respuesta a los planteos de mano dura. “Si uno los deja en libertad sin más –explica– el vecino se queja porque dice: ‘¡Caramba! la Justicia no actúa’ y el que delinque tiene la sensación de que entra por una puerta y sale por otra.”
En los dos últimos años, el juez mandó a sus casas a unas tres personas en cada turno. Según sus cálculos, en total fueron unos cuarenta en los dos últimos años. “Puede ser poco, puede ser mucho: es lo que a mí me parece”, dice al final.