Jue 23.06.2005

SOCIEDAD  › PARA LOS JUECES NO HUBO VIOLACION NI “EMOCION VIOLENTA”

Por qué fue condenada Romina

› Por Marta Dillon

No hubo sorpresas en los fundamentos del fallo que condenó a Romina Tejerina a 14 años de prisión. Antonio Llermanos, Héctor Carrillo y Alfredo Frías se aferraron a la letra de la ley como quien camina por una cornisa con la única seguridad de una baranda. Emilio Vargas, el que había sido denunciado como violador por Romina, fue sobreseído por tres jueces distintos. Entonces para el tribunal no hubo violación. La figura de infanticidio fue derogada, razón suficiente para que los jueces descarten ese argumento como circunstancia atenuante. Sin embargo, en la voz de Llermanos, los magistrados dejaron escrita la “extrema tensión” que generó en la joven un embarazo no deseado, la falta de ayuda, el rechazo por lo que crecía en su vientre. Y eso sí sirvió como atenuante, más aún cuando esta circunstancia “se enlaza” con la violencia “moral y física” que fue el entorno de Romina desde su infancia.
Mañana, Romina cumplirá 22 años. Por tercera vez festejará su cumpleaños en el penal de Alto Comedero; el permiso que había pedido para ir por unas horas a su casa le fue denegado. Se lo comunicaron en el mismo acto en que Llermanos, presidente del tribunal, leyó las causas por las que Romina deberá cumplir al menos tres años más de prisión efectiva, antes de tener derecho a salidas transitorias y a una libertad vigilada. Ella escuchó en silencio que fue su “relato coherente y detallado” una de las razones más firmes para descartar lo que la defensa alegaba: que había actuado en un episodio psicótico agudo.
“Los argumentos de la defensa –dijo el tribunal sin disidencias– son poco menos que una mera enunciación o expresión de deseos que sólo tienen cabida en la imaginación de quien los menciona.” Se referían tanto al pedido de inimputabilidad –por no haber tenido conciencia de sus actos– como al argumento encadenado de la violación, el estrés postraumático y finalmente la psicosis. “Se habla de feto, del aborto que se dice tuvo lugar (...) que ya hemos probado como infundada pretensión”, dice el escrito para descartar el argumento del “error en la conducta” que expuso uno de los defensores, Fernando Molina, para explicar que ella había querido abortar cuando en realidad terminó pariendo.
Pero el tono cambia radicalmente cuando los jueces describen la situación de Romina, una adolescente que a los 18 dejó la casa de sus padres “por la situación de violencia física y moral que allí se vivía. En ese contexto queda embarazada, provocando en ella tal estado, tal rechazo (...) que en numerosas oportunidades intenta abortar”. Y aun cuando los jueces dicen que ya un embarazo “irregular” no provoca “la censura ni el repudio que otrora”, se toman su tiempo para enfatizar que la joven estaba “sola, esperando un niño sin padre”.
La defensora Mariana Vargas ya adelantó que apelaría la sentencia. Para la fiscal, Liliana Fernández Montiel, “ya fue suficiente”, como dijo a Página/12. Queda también el recurso del indulto y por eso es que hoy, a las once de la mañana, distintas organizaciones de mujeres se sentarán frente a la Casa de Jujuy con una única consigna: “Libertad para Romina”.

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