Jue 22.12.2005

SOCIEDAD  › LA CAMARA BAJO LA IMPUTACION A LOS FUNCIONARIOS POR CROMAÑON

Los que no cumplieron sus deberes

Tres funcionarios pasaron de estar acusados de homicidio culposo a “incumplimiento de sus deberes”. El resto, falta de mérito.

› Por Raúl Kollmann

La Sala V de la Cámara del Crimen revocó ayer el procesamiento de todos los funcionarios porteños respecto del delito de homicidio en el caso Cromañón, es decir que consideró que ninguno de ellos tiene responsabilidad en las muertes ocurridas en el boliche de Once. En cambio, a tres funcionarios de la Ciudad –la ex subsecretaria de Control Comunal Fabiana Fiszbin; su segunda, Ana María Fernández, y el director de Fiscalización y Control, Gustavo Torres– les imputó un delito más leve, incumplimiento de los deberes de funcionario público, que tiene una pena de un mes a dos años de prisión. La razón de esa imputación es que el control de los boliches clase C fue caótico, aunque los propios magistrados sostienen que no había ninguna norma categórica, clara, que obligara a los funcionarios a hacer la inspección, por ejemplo, cada 30 días. De todas maneras, la Cámara considera que los encargados de Control de la ciudad tenían una noción de las deficiencias existentes en todos esos locales y debían realizar un control periódico, aunque fuera cada 120 días. El caso del ex secretario de Seguridad Juan Carlos López no fue analizado en esta oportunidad.
El meticuloso fallo de 137 páginas fue elaborado por los camaristas Gustavo Bruzzone, María Laura Garrigós de Rébori y Rodolfo Pociello Argerich, quienes en su resolución anterior imputaron a Omar Chabán por estrago doloso –con una pena que podría llegar a los 27 años de prisión– y sugirieron que el grupo Callejeros también tenía responsabilidad, entre otras cosas, por incentivar el uso de bengalas y ser coorganizador de los recitales.
En el texto emitido anoche, los jueces justamente sostienen que las muertes de Cromañón fueron producidas porque Chabán y Callejeros generaron riesgos que luego se concretaron en las muertes: “Por haber permitido el ingreso de casi 3000 personas cuando el lugar estaba habilitado para 1030; haber permitido que se ingresara pirotecnia, lo cual resultaba extremadamente peligroso por las características del lugar cuyo techo estaba revestido de material inflamable, lo que era conocido por todos y motivó la producción de incendios anteriores en idénticas circunstancias”.
En cambio, según los jueces, los funcionarios no tuvieron posibilidad de incidir en esos hechos que se produjeron ese mismo día, y al mismo tiempo dicen que “los funcionarios del gobierno de la ciudad de Buenos Aires procesados no tendrían, de acuerdo a las pruebas recogidas hasta ahora, ningún tipo de relación con los imputados o ningún conocimiento especial de la situación que permita sostener que participaron dolosamente en el hecho”. En otras palabras, los magistrados sostienen que si hubiera habido pruebas de una coima o que no se clausuró el lugar por amistad, entonces sí tendrían responsabilidad en lo ocurrido.
Gran parte de la resolución hace hincapié en las idas y vueltas de los organismos de control de la ciudad y también se sostiene que no había ninguna norma clara sobre esos locales. Textualmente, los camaristas consideran que “hizo falta que ocurriera lo que ocurrió el 30 de diciembre para que tanto los legisladores porteños como otros funcionarios públicos de áreas ejecutivas advirtieran el hecho de que una actividad de alto riesgo se encontraba regulada con normas que no pueden leerse sin sorpresa por resultar, en algunos casos, tan contradictorias que parecieran redactadas a propósito para beneficiar los objetivos personales de los integrantes de una estructura burocrática que deja muchas dudas sobre su funcionamiento real. Los legisladores porteños, por inacción, dejaron que perdieran estado parlamentario diversos proyectos y advirtieron, después de Cromañón, la imperiosa necesidad de actualizar la legislación. Los funcionarios del Gobierno de la Ciudad, después de las casi 200 muertes, dictaron decretos en los que se regula de manera expresa la equiparación de las exigencias y los controles exigidos para realizar recitales enmicroestadios en locales de baile como Cromañón. En consecuencia, desde su apertura hasta el día de la tragedia, Cromañón pudo funcionar solamente por darse esas condiciones. En el caso de los locales de baile clase C, no existía al momento de los hechos una norma vigente que regulara la periodicidad en las inspecciones. En ese sentido, podría decirse que la obligación era indeterminada”.
Bruzzone, Garrigós y Pociello hacen un extenso relato de los cambios permanentes en el sistema de inspecciones, la alteración de los criterios por los que se inspeccionaba y se clausuraba y le señalan a los tres funcionarios de la Ciudad que, aunque no había ningún alerta específico sobre Cromañón ni denuncia concreta sobre ese local, existían datos de la realidad que permitían esbozar los peligros de ese tipo de boliches. “Si de 148 locales de baile –dicen los jueces– se clausuraron 82 por infracciones relacionadas con medidas de seguridad para casos de siniestros, resultaba previsible que del resto de los locales un porcentaje similar también estuviera en falta. Esto solo debió haber servido de alerta para obligar a los funcionarios a inspeccionar la totalidad de los locales bailables.” Además, los jueces sostienen que el informe de la Defensoría del Pueblo también constituyó una advertencia. Tomando en cuenta todos esos elementos, se considera que los tres funcionarios con responsabilidad en el control, Fiszbin, Fernández y Torres, incurrieron en el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, que corresponde a quien “no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.
Aun así, los camaristas dicen que si se hubiera inspeccionado el lugar, cuyo certificado de bomberos llevaba pocas semanas de vencido, lo más probable es que no se hubiera clausurado, sino que se habría hecho una intimación y se hubiera otorgado una prórroga para regularizar la situación. La clave de las muertes, según los jueces, no estuvo en los funcionarios, sino en una habilitación posiblemente trucha en 1997, el ingreso de una cantidad muy superior de espectadores, la clausura de la puerta de emergencia y la incentivación al uso de bengalas.

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