Sáb 16.12.2006

SOCIEDAD

El policía de gatillo fácil en la embajada británica

La sede diplomática contrató como custodio a un cabo de la Federal condenado por la Justicia.

› Por Adriana Meyer

Era la mañana del 27 de enero de 2001 y José Toledo viajaba en un auto por San Telmo cuando fue detenido por la policía. El cabo Pablo Marcelo Domínguez lo hizo acostarse en el piso y le disparó un tiro que lo hirió en la pierna. Toledo salvó su vida y el policía fue condenado por lesiones culposas en septiembre de 2004, con inhabilitación para portar armas durante dos años. Sin embargo, no pasó mucho tiempo hasta que Domínguez volvió a armarse. Y lo hizo para trabajar como custodio contratado por la Embajada de Gran Bretaña, en diciembre del año siguiente. Cuando los abogados de Toledo quisieron embargarle el sueldo en la demanda civil detectaron esta situación, lo cual derivó en su despido. Pero uno de los letrados lo volvió a denunciar por violar su condena, como así también a los titulares de la sede diplomática y de la Cancillería por desobedecer la sentencia judicial. Desde la embajada aseguraron haber desconocido estos hechos antes de contratarlo. Y en el Ministerio de Relaciones Exteriores afirmaron que no intervienen en la designación de personal de seguridad de las embajadas.

Toledo, un veinteañero albañil nacido en Jujuy, iba como acompañante en un Fiat Regatta por Humberto Primo. A eso de las 10.30 fueron interceptados por una moto policial. Mientras un uniformado hacía bajar del auto al conductor y a los cuatro pasajeros del asiento de atrás –de nacionalidad peruana y boliviana–, otro policía, que resultó ser el cabo Domínguez, le ordenó a Toledo descender con los brazos en alto. Lo obligó a acostarse boca abajo en el pavimento, al tiempo que lo agarraba del cuello mientras lo apuntaba con su arma reglamentaria. Acto seguido le puso un pie en la espalda y disparó. El proyectil impactó en la pierna derecha de Toledo, que recibió las primeras curaciones en el Hospital Argerich, adonde lo trasladaron los propios policías.

El juez Omar Facciuto elevó la causa a juicio oral y el 28 de septiembre de 2004 Domínguez fue condenado a un año de prisión en suspenso y a dos de inhabilitación especial para portar todo tipo de armas de fuego. La sentencia quedó firme y la Policía Federal lo exoneró de sus filas.

Los abogados Daniel Stragá y María del Carmen Verdú iniciaron la ejecución de honorarios y tomaron conocimiento de que Domínguez trabajaba en la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña a pesar de su condena, según el oficio que recibieron de la Cancillería. “Si bien en un principio desconocíamos cuál era la tarea que desempeñaba Domínguez, suponíamos que dados sus antecedentes policiales no debería ser en calidad de diplomático”, indicaron en su denuncia. Una nueva comunicación les confirmó que su tarea era la de guardia de seguridad.

El vocero de la embajada confirmó a Página/12 que “el señor Domínguez fue empleado en diciembre de 2005 y fue despedido en septiembre pasado”, porque llegó a su conocimiento “que estaba enfrentando acciones judiciales por temas relacionados con eventos anteriores a su contratación”. Y agregó que la delegación inglesa estaba “en desconocimiento” de tales hechos.

En su denuncia presentada ante la Corte Suprema, que interviene por tratarse de un organismo extranjero, Stragá expresó que encuentra “difícil de creer que los servicios de inteligencia de su majestad británica, que siempre han sido caracterizados –incluso en ficciones– como de mayúscula eficiencia, hayan pasado por alto semejante dato al contratar a un policía de gatillo fácil, convicto e inhabilitado”. Y afirmó estar convencido de que el ex policía fue contratado “a sabiendas” de sus antecedentes penales. A la Cancillería le cabe, según el letrado, la responsabilidad de haberlo propuesto para ese cargo. Por su parte, Domínguez no podía ignorar que no podía portar armas de fuego, elemento necesario para hacer seguridad en una embajada.

Ante el reclamo de los abogados, en su primera reacción la embajada británica indicó que no estaba obligada a responder a un juzgado nacional sino ante la Cancillería. Sin embargo, una vez que constataron los antecedentes de su empleado, decidieron que lo mejor era echarlo. Pero estos abogados, fundadores de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi), entienden que hubo una desobediencia de la sentencia del juez Facciuto.

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