SOCIEDAD › UN INFORME RECOMIENDA QUE LOS MICROS NO VAYAN A MAS DE 100 KM/H
Un estudio de la UTN indica que los micros de doble piso no son peligrosos en sí mismos, pero sí en el contexto de la inseguridad vial argentina. Y advierte sobre incumplimientos de las empresas.
› Por Pedro Lipcovich
La culpa no es del ómnibus de doble piso, sino del que le da de comer. Esta fórmula emerge de la lectura del pormenorizado informe que un equipo de la Universidad Tecnológica Nacional efectuó para evaluar la seguridad de estos vehículos. La investigación señala que la normativa argentina para estos vehículos es tan exigente o más como la que existe en el resto del mundo y, si bien admite que “los indicadores accidentológicos muestran un riesgo mayor al de los vehículos convencionales”, estima que estos índices se verían falseados por “la falta de información documentada”. De todos modos, a partir de una encuesta efectuada a choferes, advierte que los doble piso podrían presentar “dificultades de dominio bajo condiciones adversas, como viento o lluvia”, sobre lo cual solicita “un estudio más profundo”. Pero los factores de riesgo que el informe revela y subraya son otros. Destacan el incumplimiento sistemático de los límites de velocidad como política de las empresas y solicitan que se incorpore a los vehículos un limitador de velocidad a cien kilómetros por hora. También señalan el incumplimiento del decreto que ordena el mantenimiento de las unidades, así como de las normas ISO e IRAM al respecto. Otro grave factor de riesgo es el alarmante estado de la red vial. Según uno de los directores del estudio, “los doble piso en sí no son causa de accidentes: bajo las actuales circunstancias, hasta un vehículo acorazado tendría problemas”.
Para Enrique Filgueira, coordinador del equipo de la UTN, “los ómnibus doble piso no son en sí mismos causantes de accidentes, pero sí bajo las circunstancias que los rodean. En este contexto, hasta un ómnibus acorazado tendría problemas”.
El informe Vehículos de transporte de pasajeros de doble piso. Estudio técnico: evaluación de las condiciones de seguridad abarca 150 páginas y fue elaborado por un equipo de 12 investigadores de la Universidad Tecnológica Nacional, incluyendo dos asesores externos. Página/12 tuvo acceso al informe completo del cual, ayer, la Secretaría de Transportes de la Nación dio a conocer una versión resumida.
Según criterios internacionales, la cantidad de víctimas de accidentes se compara con el indicador “pasajeros-kilómetro”, que expresa “la cantidad de muertes ocurridas en relación con la totalidad de los kilómetros recorridos por todos los pasajeros que utilizan ese medio de transporte”. Entre 2003 y 2005, “en los ómnibus de doble piso fallecieron 0,30 ocupante por cada 100 millones de pasajeros-kilómetro; en los de piso y medio, también se registraron 0,30, y sólo “0,16 en los ómnibus convencionales”. Entonces, “en la Argentina, los indicadores accidentológicos muestran que en los ómnibus de doble piso el riesgo es mayor al de los convencionales”. Sin embargo, estos indicadores se verían falseados por “la falta de información documentada en relación con la longitud de los viajes”, que “seguramente es mayor” en los doble piso, por lo que el valor real del indicador de muertos cada 100 millones de pasajeros-kilómetros para los ómnibus doble piso indudablemente será inferior.
Los investigadores efectuaron también una encuesta sobre 242 conductores de vehículos: “El 32 por ciento de los conductores manifestó que los ómnibus doble piso presentan dificultades de dominio en condiciones adversas”, como “viento, lluvia o nieve”. Para la mayoría de los conductores, sin embargo, “la altura de la unidad no afecta las condiciones de circulación”. El equipo de la UTN solicita “realizar un estudio más profundo sobre la circulación de los vehículos de doble piso en condiciones climáticas adversas para determinar la necesidad de establecer limitaciones o restricciones en el servicio”.
Como dato a favor, “las exigencias normativas argentinas para este tipo de vehículos son similares a las internacionales: en el caso de algunos items, como pasillos, ancho de escaleras, asientos y ventanillas utilizables como salida de emergencia, la normativa nacional es aún más exigente”. No hallaron en el mundo “normativa alguna que prohíba el uso de este tipo de unidades”, sin perjuicio de que “la utilización de estos vehículos en el resto del mundo es significativamente menor que en nuestro país”. La antigüedad del parque de ómnibus de doble piso es de “3,7 años en la Argentina, muy inferior al del resto de los vehículos de pasajeros y de carga”. Estos ómnibus “constituyen más del 66 por ciento del parque vehicular de pasajeros”: 2763 vehículos sobre un total de 4163 vehículos habilitados. A partir de 1992, el parque de vehículos doble piso tuvo “un incremento excepcional”.
Inquieta más a los investigadores el incumplimiento de las velocidades máximas. Tomando como ejemplo el Corredor Santa Fe-Retiro, donde, según las normas, la velocidad media no debe superar los 75 kilómetros por hora en horario pico, “debería ser cubierto en aproximadamente seis horas y 15 minutos. Pero el tiempo real en horario pico es de cinco horas y 45 minutos: 30 minutos menos. La velocidad promedio resulta superior a los 89 kilómetros por hora”. El hecho es que “las velocidades de circulación de los vehículos son superiores a las permitidas por la Ley 24.449, que establece en 90 kilómetros por hora la máxima para este tipo de unidades en rutas convencionales y en 100 kilómetros por hora en autopistas. Las velocidades medias reales que se pudieron comprobar son superiores”.
El equipo de la UTN efectuó también una encuesta sobre doce empresas, que “poseen 945 vehículos tipo doble piso”. Resultó que “las empresas de transporte de pasajeros no poseen un responsable matriculado con incumbencias para el mantenimiento de los vehículos”, exigencia establecida por la Ley 24.449. “Existe dificultad en la actualización del personal de mantenimiento”. Además, “la documentación del mantenimiento de los vehículos es parcial”. “En ninguna empresa se aplican la Norma ISO 9000 ni la normativa voluntaria IRAM 3810”, que regulan el mantenimiento.
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