Cuatro oficiales del SPB fueron condenados por una golpiza a un preso en la cárcel de Azul en 2002. Estando procesados, tres ellos fueron ascendidos y uno llegó a director de zona cuando se iniciaba el juicio oral. La APDH sostiene que es una costumbre.
› Por Horacio Cecchi
La ingratitud de los presos que pasaron literalmente bajo la zona de influencia del oficial del SPB Carlos Castrovinci es notoria: en lugar de llamarlo por el merecido apodo de “Pedro” –en febrero de 2006 recuperó la antigua tradición laboral de presos picapiedras en las canteras de Sierra Chica–, lo conocen por un mote que recuerda su rostro cargado de lunares y pecas: le dicen Salpicón. En mayo de 2002, Salpicón y cuatro oficiales de la U7 de Azul fueron denunciados por el preso Walter Verch Cevallos, por someterlo a una tremenda golpiza durante veinte a treinta minutos. De Azul, Salpicón pasó a Sierra Chica, donde la elevación de su causa a juicio oral lo encontró ascendido varios escalones como director de la U2, mientras se encontraba procesado por la Justicia. La APDH de Azul reclamó al ministro de Justicia bonaerense Eduardo di Rocco y a los funcionarios responsables del área que pasara a disponibilidad preventiva a los penitenciarios que eran denunciados ante la Justicia. En noviembre de 2006, ya con fecha de juicio oral, la jefatura evaluó el pedido y si Salpicón debía continuar en el cargo. Y decidió que no: lo ascendió a director de la zona Centro, a cargo de las unidades 2, 27 y 38 de Sierra Chica, 7 de Azul, 14 de Alvear y 17 de Urdampilleta. El 7 de marzo pasado, Salpicón terminó condenado. La pena: tres años condicionales y seis de inhabilitación. El SPB apeló. La condena no está firme y, formalmente, Castrovinci sigue con la expectativa de recibir un salpicón de reconocimientos.
El 7 de marzo pasado, los jueces del Tribunal Oral 1 de Azul, Gustavo Borghi, María Malere y Pablo Galli, encontraron probado que el 3 de mayo de 2002, Salpicón Castrovinci, Pablo Buglione, Dante Rivarola y Alfredo Molina entraron al pabellón 6 de la unidad 7 y golpearon a Verch Cevallos con una cachiporra, con puños y a patadas.
Varios de los internos que fueron testigos del hecho declararon que al ver que golpeaban a Verch Cevallos comenzaron a hacer escándalo. La respuesta fue inmediata: “Entraron casi enseguida cuatro o cinco personas más, pero encapuchados, y además de a Verch Ceballos nos pegan a todos”, dijo ante los jueces uno de los presos. A todo esto, los testimonios coinciden en que mientras los cuatro encapuchados pateaban a mansalva al grupo, junto a la reja y a rostro descubierto, Salpicón amenazaba con que terminarían todos colgados.
Uno de los presos declaró además que se volvió a encontrar con Alfredo Molina en la cárcel de Bahía Blanca (unidad 4), y que lo “castigó injustificadamente para las fiestas de ese fin de año, habiendo temido por mi vida, hecho del que no había formulado ninguna denuncia”.
El castigo será “injustificado”, pero tiene su lógica ejemplificadora: primero, si existió, no fue denunciado; segundo, si existió sonó como anticipo de silencio antes del juicio. La mecánica del silencio es posible mientras el denunciante siga custodiado por su denunciado. Para el caso, los cinco procesados fueron cambiados de destino, pero el denunciante también fue trasladado. Las curiosas casualidades del SPB hicieron que el denunciante y el denunciado volvieran a encontrarse en Bahía Blanca.
Volviendo al juicio, otro preso sostuvo que quien tenía a Verch Cevallos agarrado “de los pelos y pegándole patadas fue Salpicón Castrovinci, para dejarlo con Molina, Buglione y Rivarola, quienes continuaron pegándole con puños y patadas”.
Los jueces encontraron culpables a Salpicón, Buglione, Rivarola y Molina, y absolvieron a Ricardo Luján.
Aunque denunciados y luego procesados, Salpicón y su equipo fueron protegidos por el SPB aplicando con algún localismo aquella máxima de que nadie (de los nuestros) es culpable hasta que se demuestre lo contrario. Después de la denuncia, en mayo de 2002, Castrovinci no fue alejado de la custodia de presos ni ninguno de sus codenunciados. Salpicón fue ascendido de segundo jefe de Seguridad y Tratamiento de la U7 a director de la U2 de Sierra Chica. En lugar de apartarlo le dieron más presos en custodia. En noviembre de 2006 el caso ya había sido elevado a juicio oral y se conocía la fecha. En lugar de apartar al denunciado y con semiplena prueba de ser un zorro, los penitenciarios lo colocaron al frente de varios gallineros, como jefe de la Zona Centro. Para entonces, estaba claro que las estrategias del SPB llevarían a la ruina a cualquier granjero.
Pero la de Castrovinci no es una historia casual sino una rutina. En Azul, la Asamblea por los Derechos Humanos local envió dos escritos al ministro de Justicia Eduardo di Rocco, con copia a su segundo, Carlos Rotundo (ahora enfrentando versiones de renuncia), y al jefe del SPB, el renovador Fernando Díaz, con fecha del 2 y del 21 de noviembre de 2006. El primero de los escritos no tiene sentido comentarlo porque, por falta de respuesta, fue repetido y ampliado en el segundo.
La APDH reclamó (antes de iniciar el juicio) lo más básico de los conceptos del debido proceso: que los penitenciarios procesados debían ser apartados del trato con presos por el simple motivo de evitar que los presos denunciantes y testigos sean intimidados a patadas o se les fuera a ocurrir la insensata idea de deprimirse y ser suicidados. En su escrito la APDH proveyó a Di Rocco de un salpicón de ejemplos de ascensos y reconocimientos contradictorios con el sentido común y la propia ley del SPB: además de la meteórica carrera de Castrovinci, Pablo Buglione enfrentó el juicio ascendido a jefe de la U7; Ricardo Luján, a jefe de la guardia externa (luego fue absuelto, con lo que recién entonces podría haber sido restituido); y Alfredo Molina llegó a subdirector de Asistencia y Tratamiento en la U4 de Bahía Blanca.
A fines de noviembre de 2006, el juzgado correccional 1 de Azul condenó a los penitenciarios Cristian Nievas, Darío Messineo y Jorge Sobrazo, también de la U7, por una golpiza propinada a un grupo de presos, en abril de 2005, un mes antes de que Felipe Solá considerara normalizado al SPB, diera por finalizada la intervención y designara a Fernando Díaz como jefe. El delito fue cometido durante la intervención del SPB, pero, igual que con el caso Salpicón, la permanencia en la actividad hasta que quede firme el fallo es un mérito de la actual y de cualquier gestión.
La APDH aportó otros casos. “Hugo Montes de Oca, Miguel Courtade y Luis Gauna fueron condenados en segunda instancia a un año de prisión de ejecución condicional y dos de inhabilitación.” Y “Marcelo Ruppel y Alfredo Castex fueron condenados a un año de prisión en suspenso y un año de inhabilitación especial”. Todos con condena cumplida, recuperados para la sociedad y para el SPB: Montes de Oca es subdirector de la U30 de Alvear; Courtade de la U11 de Baradero; Gauna, de la U16 de Junín. En tanto, Ruppel y Castex siguen custodiando presos en la U14 de Alvear.
Sin respuesta, la APDH ofreció al ministro, subsecretario y jefe del SPB, un salpicón de recuerdos sobre la ley que rige al SPB: el inciso 5 del artículo 93 impone el “retiro absoluto o destitución por realizar todo acto que implique vejámenes a los internos a quienes deberá tratar con dignidad y respeto”.
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