Mié 08.08.2007

SOCIEDAD  › LA CORTE SUPREMA FALLO A FAVOR DEL ESTADO PORTEÑO

Golpe al fantasma de Interama

Un fallo obligaba a la ciudad a pagar unos cuatro mil millones de pesos a los acreedores de Interama, el parque de diversiones creado por la dictadura. Pero la Corte lo dejó sin efecto.

› Por Eduardo Videla

La ciudad de Buenos Aires se liberó ayer de pagar una suma multimillonaria, reclamada como indemnización por los acreedores de Interama, el parque de diversiones que se construyó durante la dictadura y que desde 1983 administra el gobierno porteño. La Corte Suprema de Justicia le puso punto final a una demanda por un monto que, actualizado, podría alcanzar los cuatro mil millones de pesos, casi la mitad del presupuesto anual de la ciudad. El Estado ya había perdido el juicio en primera y segunda instancia, pero la Corte, con el voto unánime de sus siete miembros, consideró ahora que “la condena dictada contra el municipio carece completamente de sustento legal”. Junto con las autopistas urbanas, Interama fue emblema del autoritarismo y las sospechas de corrupción de la gestión del brigadier Osvaldo Cacciatore, intendente de la última dictadura. “Es un triunfo importantísimo para la ciudad”, destacó el procurador porteño, Agustín Zbar, quien estuvo al frente de la defensa en la última etapa del juicio.

Cacciatore fue quien otorgó en concesión el predio de 120 hectáreas ubicado en Villa Lugano para la construcción de un parque zoofitogeográfico y de diversiones. Lo que resultó fue un conjunto de juegos mecánicos, con la torre-mirador más alta de la ciudad, que abrió al público en 1982. A fines del año siguiente, una de las primeras medidas del intendente radical Julio César Saguier fue la cancelación del contrato con la empresa Interama, con lo cual, la administración del parque pasó a manos del Estado porteño. El motivo: una investigación de la Procuración había detectado una serie de irregularidades, entre ellas, la presentación de balances falsos. Como consecuencia de la decisión de Saguier, todos los bienes incorporados al parque pasaron a ser “propiedad exclusiva” de la entonces municipalidad. Nació entonces el Parque de la Ciudad.

La estatización del parque originó una serie de demandas judiciales contra el Estado: una, presentada por la sociedad Parques Interama SA, reclamando la ilegitimidad del decreto de Saguier que canceló la concesión y el consiguiente pedido de indemnización por lucro cesante, ante la Justicia Civil, ya que la concesión tenía un plazo de 30 años. Otra, después de la quiebra de Interama, fue iniciada por los acreedores de la concesionaria en el fuero comercial: las empresas que hicieron las construcciones y realizaron las importaciones de los equipos, entre otras.

Los acreedores obtuvieron un fallo favorable en primera instancia y en 1999, una sentencia de la Sala B de la Cámara Comercial: los jueces consideraron que las edificaciones realizadas en el predio municipal por los particulares fueron de buena fe y acrecentaron el valor del inmueble objeto de la concesión. El caso Interama se convirtió entonces en una pesadilla para la administración porteña, el juicio más oneroso entre todos los que afronta la ciudad.

El gobierno porteño apeló ante la Corte Suprema, que ayer dio su veredicto. Los ministros, por unanimidad, dejaron sin efecto aquella sentencia: “El razonamiento seguido por la Cámara –argumentaron– lleva al absurdo de considerar que cualquier subcontratista de obras públicas o privadas tiene, al margen de los derechos emergentes del respectivo contrato, carácter de ‘edificador’”, de buena fe, con derecho a reclamar del dueño del terreno el valor de lo invertido en la construcción. Para decirlo en otras palabras: el electricista que hizo un trabajo para el dueño de una vivienda que luego la vende o la pierde en un remate ¿podría reclamar el pago del trabajo y los materiales al nuevo dueño de la casa? La Corte dice que no.

El máximo tribunal sostiene, además, que Interama ya reclamó a la ciudad indemnización por esas construcciones y por los bienes provistos por sus subcontratistas, acreedores de su quiebra, por lo cual no correspondía esta segunda demanda.

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