SOCIEDAD › MEDIA SANCION A LA LEY QUE BUSCA EVITAR EL CAMBIO O ROBO DE RECIEN NACIDOS
La Cámara de Diputados aprobó un nuevo sistema obligatorio de identificación. A la madre y al hijo se les colocarán pulseras con un código inviolable. Además, el niño llevará un broche en su cordón umbilical con el mismo código.
Ese día María tuvo una niña. Por un error se la cambiaron por un niño, que minutos antes había nacido en otra sala de parto. A su vez, Griselda, la madre del niño, recibió una pequeña. Ambas sospecharon algo extraño, pero los aceptaron. Cuando por primera vez Griselda cambió los pañales a su bebé descubrió, asombrada, angustiada, sin certeza sobre la identidad de su hijo, que era una nena. La historia sucedió en un hospital de Concordia, Entre Ríos. Para asegurar que todo bebé sea identificado apenas nazca, la Cámara de Diputados dio ayer media sanción a un proyecto de ley que busca evitar historias de cambios de bebés como la de María y Griselda, a través de un nuevo sistema de identificación obligatorio. Para convertirse en ley, la iniciativa deberá ser aprobada por la Cámara de Senadores.
La propuesta, impulsada por el Ministerio de Justicia y Seguridad, busca asegurar “la individualización de todo recién nacido y del binomio madre–hijo, a fin de asegurar la identidad de todas las personas desde su nacimiento”. “En la Argentina tenemos un problema grave de robos de bebés”, apuntó Victoria Martínez, titular de la Dirección Nacional de Asistencia Directa a Personas y Grupos Vulnerables, organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad que impulsa la iniciativa. Además, la funcionaria denunció que “muchos de los casos denunciados son de mujeres que son convencidas para parir en clínicas privadas donde se realizan entregas directas de bebés”.
Mientras hilitos de agua del fuerte temporal que se registró en la ciudad de Buenos Aires se filtraban en el recinto, la iniciativa fue sancionada en las últimas horas de ayer respaldada por los diputados del Frente para la Victoria.
En líneas generales, el proyecto establece que se le deberá poner a la madre una pulsera con un código y cierre inviolable y otras dos al bebé –una en la muñeca y otra en su tobillo–. Además, al niño se le pondrá un broche en su cordón umbilical, con el mismo código de la pulsera de la madre. Asimismo, la propuesta dispone que dentro de las 96 horas del nacimiento se tomará una impresión de la planta del pie derecho del pequeño y una del dedo pulgar derecho de la madre. Esos datos deberán ser registrados en las historias clínicas de la madre y el bebé y en el certificado médico de nacimiento.
Al respecto, el artículo 7 obliga a los gobiernos provinciales a proveer a los registros civiles certificados médicos de nacimiento. En tanto, el 8 señala que “será responsable de la individualización del binomio madre-hijo el médico que asiste, dirige y supervisa el nacimiento” junto a “autoridades del centro de salud”.
Si un parto tuviera lugar fuera de un centro de salud, el médico que intervenga tendrá que trasladar a la madre y al bebé a un establecimiento sanitario y llevar adelante la identificación del recién nacido. Pero, si no intervino un médico, la madre tiene 96 horas para asistir con el bebé a un hospital para identificarlo. Y si el vínculo materno no puede comprobarse, solamente constará quién invoca la maternidad.
El artículo 12 precisa que “si al momento del nacimiento la madre no presentara su documento de identidad, deberá hacerlo antes del alta médica. En caso de no presentarlo deberá dejarse constancia en el certificado médico de nacimiento. Para acreditar su identidad, la madre deberá presentar dos testigos”. La propuesta precisa también que “cuando por impedimento físico fuera imposible colocar todos o algunos de los elementos de individualización, se dejará constancia en la historia clínica de la madre o del recién nacido”.
Además, el proyecto aclara que “para dar de alta médica a una persona menor de 18 años no emancipada que acaba de dar a luz, es necesario que se hayan presentado su padre, madre, tutor o guardador”.
De ser aprobada por la Cámara baja, los establecimientos de salud donde se lleven a cabo los partos deberán entregar automáticamente y en forma documentada, los certificados médicos de nacimiento al Registro Civil. También extenderán a la madre una constancia con su nombre, apellido y número de DNI y certificado de nacimiento del bebé.
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