SOCIEDAD • SUBNOTA
› Por Pedro Lipcovich
“Es necesario legislar sobre la corresponsabilidad del empleador ante el acoso sexual ejercido por un empleado –sostiene Zunilda Valenziano, secretaria de Igualdad de Oportunidades del gremio UPCN–. A menudo, el empleador no toma con seriedad los reclamos, porque ‘ella es quisquillosa, tiene problemas...’. Pero el empleador tiene el deber y la autoridad para resolver la situación.”
“En el caso de A.B.D. (ver nota principal), la ‘solución’ planteada por la empresa, cambiarle el horario a la denunciante, es en principio inadmisible: quien debería pagar las consecuencias es el victimario, no la víctima”, observó Valenziano.
“Por lo demás –continuó–, no todas las empleadas están en condiciones de darse por despedidas y quedarse sin trabajo, a la espera de los resultados del juicio. Tampoco todas pueden pagar un abogado que las patrocine, y no son muchos los abogados que se ocupan de este tema. Todo se facilitaría si existiera una ley sobre acoso sexual, que desde el vamos estableciera la responsabilidad del empleador.”
“Ya en 2001 presentamos un anteproyecto contra la violencia laboral, que incluía el acoso sexual. En este tiempo, muchos legisladores presentaron proyectos, pero hasta hoy no hay ley. El que logró media sanción en Diputados el año pasado define bien la cuestión, pero sigue esperando en el Senado”, deploró Valenziano.
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