SOCIEDAD • SUBNOTA › UN DICTAMEN PIDE AUMENTAR LA PENA
› Por Carlos Rodríguez
Mientras sigue sin resolución un nuevo pedido para que la Justicia de Morón disponga la “inmediata detención” del cura Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por dos casos de abuso sexual de un niño que estaba bajo su cuidado, en La Plata hay gran expectativa a partir del dictamen de la procuradora general bonaerense, María del Carmen Falbo, quien opinó que la Suprema Corte provincial debe modificar los fallos de primera y segunda instancia, para sentenciar al sacerdote no sólo por los hechos de los que fue víctima el chico conocido como “Gabriel”, sino también por los que denunciaron, sin ser tenidos en cuenta, “Ezequiel” y “Luis”. El Comité Argentino de Seguimiento de la Convención de los Derechos del Niño, que fue parte en el juicio, recalcó que si la Suprema Corte comparte el dictamen de Falbo, “la pena de 15 años de prisión a la que fue condenado Grassi podría llegar hasta los 30 o 37 años”, en alusión a los montos que solicitaron en el juicio oral la Fiscalía de Morón y los abogados querellantes, respectivamente.
En un comunicado firmado por Estela Carlotto y Nora Schulman, presidenta y directora ejecutiva, el Comité resaltó que “siempre en defensa del interés superior del niño y con la convicción absoluta de que los chicos han contado su verdad, no puede sino destacar y celebrar el dictamen de la procuradora doctora Falbo”. El pronunciamiento fue considerado “una pieza jurídica remarcable que pone las cosas en su verdadero sitio, aconsejando que se condene con todo el rigor de la ley a un pedófilo condenado sin sentencia firme que, increíblemente, aún sigue en libertad”. Carlotto y Schulman señalaron que “quedan, pues, esperanzas ciertas para seguir confiando en una justicia que, con equidad y objetividad, aplique las leyes que un estado de derecho exige”.
El dictamen de Falbo, que no fue subido a la web oficial de la Suprema Corte provincial, recomendó al alto tribunal bonaerense “rechazar el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Grassi”, que solicitó que sea dejada sin efecto la condena a 15 años impuesta al cura por el Tribunal Oral Nº 1 de Morón y que fue ratificada por la Cámara de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires. Por el contrario, la procuradora general opinó que se debe “acoger los (recursos) presentados por los particulares damnificados”, a través de los abogados querellantes Juan Pablo Gallego, Sergio Piris y Jorge Calcagno.
Falbo consideró que “las objeciones que el recurrente introduce en esta sede, dirigidas a fundar su desacuerdo (con el fallo condenatorio), constituyen materia ajena al recurso extraordinario articulado”. Al abundar en el análisis del fondo de la cuestión, es decir los cargos planteados en el juicio oral contra Grassi, la jefa de los fiscales de la provincia consideró “absurda y arbitraria” la absolución del religioso respecto de los hechos de abuso denunciados por “Ezequiel” y “Luis”. En ese sentido, subrayó que “la condena del imputado por los hechos que damnifican a ‘Gabriel’ presentan innegable similitud con los que denunciaron ‘Ezequiel’ y ‘Luis’”.
Esta circunstancia “permite por lo menos descartar que los rasgos de personalidad de Grassi resultaran incompatibles con la comisión de los hechos por los que resultara absuelto”. Falbo agregó que “es llamativo que ninguno de los peritos en psicología y psiquiatría que intervinieron en el caso evaluando a las víctimas desde su especialidad hubiera afirmado que las versiones de ‘Ezequiel’ y ‘Luis’ fueran falsas o inducidas por terceros”. Por esas razones, el dictamen de la Procuración apoyó no sólo la confirmación de la condena por los dos casos de abuso sexual y corrupción de menores de los que fue víctima “Gabriel”, sino que también se sancione a Grassi por los casos de “Ezequiel” y “Luis”.
En el juicio oral, los querellantes pidieron al Tribunal Oral Nº 1 de Morón que Grassi fuera condenado por un total de 17 hechos de abuso, en perjuicio de los tres jóvenes, cometidos cuando eran menores de edad y estaban alojados por orden judicial en la Fundación Felices los Niños, bajo la guarda tutelar del cura Julio César Grassi.
Sobre el dictamen, el abogado Juan Pablo Gallego, que representa en el proceso al Comité que preside Carlotto, sostuvo que el pronunciamiento “revela un análisis minucioso del caso y un profundo conocimiento sobre delitos sexuales”. Agregó que “los diversos hechos perpetrados por Grassi revelan un modus operandi compatible con las características de su personalidad”. Por esa razón, Gallego expresó su “profunda satisfacción” por el texto de Falbo. Del mismo modo se pronunciaron, también consultados por Página/12, los otros dos abogados querellantes, Sergio Piris, defensor de “Gabriel”, y Jorge Calcagno, quien representa a “Luis”.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux