Dom 24.07.2005

SOCIEDAD • SUBNOTA

El proyecto y las sanciones

El proyecto de ley que reglamenta el funcionamiento de los countries otorga al Consejo de Disciplina de cada complejo urbanístico la facultad de aplicar un abanico de sanciones a sus habitantes o amigos para castigar las conductas que violen los reglamentos internos.
La sanción más grave es la de expulsión. “Sólo podrá imponerla el Consejo de Disciplina por unanimidad y mediante voto fundado respecto de propietarios de unidades particulares, en razón de actos de inconducta que por su gravedad y reiteración hagan insostenible la continuidad de su participación en las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales o serviciales. Implicará automáticamente la cesantía inexcusable del sancionado y de todos los miembros de su grupo familiar e invitados. El expulsado continuará obligado a pagar las expensas y demás contribuciones que puedan corresponder y a cumplir con las obligaciones establecidas en el reglamento urbanístico y demás reglamentos vigentes en el complejo, en tanto no se extinga su derecho de dominio sobre la unidad particular”, señala el proyecto de ley.
De acuerdo con la iniciativa, el propietario expulsado podrá apelar la sanción dentro de los treinta días de ser notificado de la resolución ante la primera asamblea que se realice, la que resolverá confirmándola, modificándola o dejándola sin efecto. “La resolución de la asamblea pone fin al poder disciplinario del complejo urbanístico quedando habilitado para el complejo y para los sancionados los procedimientos judiciales que resulten pertinentes”, aclara el proyecto.

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