Lun 12.11.2007

SOCIEDAD • SUBNOTA  › LA HISTORIA DE LA NENA ABUSADA EN LA COMUNIDAD WICHI

El derecho y las costumbres

› Por Mariana Carbajal

La violación de la niña wichí ocurrió hace dos años, en una comunidad llamada Hoktek T’oi (Lapacho Mocho), a 18 kilómetros de la localidad de Tartagal, sobre la ruta 86. La nena tenía entonces alrededor de 10 años, aunque no se sabe con exactitud su edad: según el DNI tenía 9, pero su madre, Teodora Tejerina, dice que la inscribió en el Registro Civil dos años después de su nacimiento y por tanto, tendría once.

El abuso quedó en evidencia cuando la maestra de la pequeña notó que estaba embarazada y le preguntó a su madre sobre el origen de la gestación. Tejerina señaló a su concubino, José Fabián Ruiz, hijo del chamán de la comunidad, como autor de la violación de su hija. El hombre, de 28 años, fue detenido.

A la semana de que la niña diera a luz, la madre y algunos miembros de su comunidad salieron a pedir la libertad del imputado. El 26 de septiembre de 2006 la Corte salteña dictó el polémico fallo que anuló el procesamiento de Ruiz por abuso sexual con acceso carnal retirado y ordenó que se lleve adelante otra vez la instrucción del caso a la luz de los preceptos constitucionales que garantizan el respeto a la “preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos”. Particularmente, el máximo tribunal pidió que se pondere una pericia antropológica, presentada por la defensa, que sostiene que es “costumbre ancestral” entre wichís que “las mujeres puedan mantener relaciones sexuales consentidas a partir de su primera menstruación”. El fallo fue firmado por los jueces Guillermo Posadas, Omar Antonio Silisque y María Rosa Ayala. La cuarta integrante del tribunal, María Cristina Garros, votó en disidencia y sostuvo que no puede declararse inaplicable la ley penal nacional por “los derechos derivados de su condición indígena y de su identidad cultural, a menos que no se confiera a estos últimos una condición de derechos universales absolutos que no poseen”. Y además, consideró que el acceso carnal a menores “de modo reiterado hasta alcanzar su embarazo, bajo la modalidad de supuestos consentimientos en virtud de relaciones matrimoniales aceptadas en ciertas comunidades indígenas, resulta objetivamente violatorio de los derechos a la integridad personal y a la dignidad del ser humano”, que no deben dejar de aplicarse a la niña “por la circunstancia de que víctima y procesado pertenecen a la comunidad wichí”.

Después del fallo de la corte provincial, Ruiz volvió a ser procesado y permanece detenido desde junio de 2005. Miembros de su comunidad siguen reclamando su liberación. Otra visión del caso tiene Octorina Zamora, la cacique de otra comunidad wichí, la Honhat Le’les de la localidad salteña de Embarchación, quien llevó el tema al Inadi junto con otra dirigente indígena. “Como mujeres, madres, hermanas, es doloroso desde las propias entrañas aceptar un dictamen como éste, poniendo a nuestros hijos y mujeres en total desamparo porque la misma consideración muestra un racismo y una actitud xenofóbica, porque la Corte utiliza una fábula para justificar vaya a saber qué intereses”, argumentaron las dos mujeres en su presentación ante el Inadi, en enero último.

La nena violada hoy tiene entre 11 y 13 años y es mamá de un bebé de unos 12 meses.

Nota madre

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