LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS Y DESTINO DEL CRéDITO
La Capital y las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba reúnen el 87,6 por ciento del crédito bancario otorgado a empresas.
› Por Diego Rubinzal
El sistema financiero argentino aún se encuentra regulado por una ley de la dictadura militar. Esa norma limitó severamente la intervención estatal y terminó por desmontar la estructura legal diseñada por el gobierno peronista. En 1973, las autoridades políticas habían decretado la nacionalización de los depósitos y las entidades financieras comenzaron a otorgar los préstamos de acuerdo a las directivas oficiales. Es decir, la orientación y las prioridades crediticias pasaron a ser definidas por el gobierno nacional. Además, las autoridades monetarias definieron topes a las tasas de interés pasivas y activas y se redujo la tasa de interés de los préstamos en forma proporcional a la importancia de los salarios en los costos empresariales. Esa última medida favoreció a las pequeñas y medianas empresas.
La dictadura militar anuló la nacionalización de los depósitos bancarios, encargándole a la Comisión de Asesoramiento Legislativo (CAL) la instrumentación de una profunda una reforma financiera. En febrero de 1977 se aprobó la ley de entidades financieras (21.526) que dispuso la liberalización de las tasas de interés activas y pasivas y de los plazos de colocación y la eliminación de regulaciones sobre el sistema bancario. Esa última modificación permitió que los bancos dispusieran libremente de su capacidad prestable. Con la nueva ley, desapareció la noción del financiamiento como un servicio público. Es historia conocida que la liberación de las tasas de interés modificó las condiciones de rentabilidad de los sectores económicos, afectando negativamente a las ramas productivas.
Pasado un largo tiempo desde la recuperación democrática, esa ley permanece vigente. El marco legal implementado durante el período 1973-1976 intentaba favorecer a las zonas geográficas más postergadas, a través de una política de orientación crediticia. Nada de eso sucede actualmente. En un interesante trabajo, Diversificación productiva, geográfica y por deudores y su efecto sobre la calidad de la cartera crediticia en Argentina, realizado por los funcionarios del Banco Central Alejandra Anastasi, Ricardo Bebczuk, Pedro Elosegui y Máximo Sangiácomo, se analiza cuál es el nivel actual de concentración crediticia por zona geográfica. Para eso, utilizan como medida de valoración el índice de Herfindahl-Hirschmann (HHI). Ese indicador se construye sumando las participaciones de cada grupo (en este caso sería cada provincia) al cuadrado. El valor resultante fluctúa en el rango 0100, siendo el 100 el caso de máxima concentración.
El trabajo aclara que “la medida de diversificación geográfica se construyó considerando los préstamos concedidos a las empresas en cada una de las 24 jurisdicciones (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) en que se divide la Argentina. Una salvedad a resaltar es que generalmente el crédito se solicita y asienta en la jurisdicción en que está registrado el domicilio fiscal de la empresa, aun cuando los fondos se inviertan en otra localidad. En el caso argentino, esta práctica de registración puede llevar a sobreestimar el peso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la medida que algunas empresas tienen allí su domicilio legal pero no sus plantas productivas”. Del análisis de los datos resultantes, los autores verifican una fuerte concentración de la intermediación bancaria en cuatro jurisdicciones.
En efecto, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba reunían en 2006 el 87,6 por ciento del crédito bancario otorgado a empresas y el 84,4 por ciento de los depósitos del sector privado. Solamente la Ciudad de Buenos Aires concentra el 61,0 por ciento de la oferta crediticia total. El informe señala que “la fracción del crédito, por su parte, parece guardar una fuerte correspondencia con los depósitos originados en cada provincia; el coeficiente de correlación es de 98,2 por ciento, lo cual sugiere una muy baja movilidad interprovincial de recursos financieros”.
La falta de redistribución territorial de los recursos financieros disponibles solamente puede ser superada con políticas públicas eficaces. De lo contrario, se continuaran reforzando las asimetrías territoriales.
“Si la distribución provincial del crédito fuese perfectamente igualitaria (cada jurisdicción recibiría 1/24*100 = 4,2 por ciento del crédito total al sector privado), el índice Herfindahl coincidiría con la participación anterior (4,2 por ciento). Sin embargo, los valores son notoriamente superiores, reflejando el promedio general (total de bancos y períodos) de 82,3 por ciento una palpable y persistente concentración territorial en parte acentuado por las prácticas de registración comentadas anteriormente”, concluye el informe citado. Esto es una muestra que la ley de entidades financieras es una rémora del pasado que sigue proyectando sus efectos sobre el presente
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