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Domingo, 10 de febrero de 2013

DISTRIBUCIóN DEL INGRESO, EL MERCADO Y EL ESTADO

Igualdad y equidad

La definición más común de equidad social refiere a la distribución de la riqueza y de los recursos entre los miembros de una sociedad. Para ello existen distintos criterios.

 Por Daniel E. Novak

Parafraseando una sentencia aristotélica, puede ser tan injusta la desigualdad entre iguales como la igualdad entre desiguales. Esto implicaría que si dos personas se encuentran en condiciones similares no sería justo tratarlas de manera diferenciada, pero también podría ser injusto tratar de la misma forma a dos personas que se encuentren en condiciones muy distintas.

El concepto de igualdad remite a una idea aritmética de repartir en partes iguales dividiendo lo que se ofrece por la cantidad de personas que reciben. Si esas personas parten de situaciones muy diferentes (condición inicial) esa repartija aparentemente equitativa podría estar convalidando la desigualdad de origen de cada individuo. Así, la distribución “igualitaria” en una situación de desigualdad originaria podría ser inequitativa.

El concepto de equidad, en cambio, lleva implícita una idea de justicia en relación con una situación deseable acordada previamente y valorada como tal. Esa situación objetivo implica el acuerdo previo con base en valoraciones sociales expresadas a través de mecanismos participativos que la legitimen por consenso. En las sociedades contemporáneas esos mecanismos derivan en su mayoría de procesos políticos definidos democráticamente.

Hay varias maneras de consensuar una situación objetivo desde el punto de vista de la equidad social. Las más comunes refieren a la distribución de la riqueza y de los recursos entre los miembros de una sociedad. Para ello existen distintos criterios, entre los que se destacan:

- A cada uno según su contribución a la producción de los recursos.

- A cada uno según su productividad y eficiencia en ese proceso.

- A cada uno según sus necesidades, independientemente de su contribución.

Los tres llevan implícita alguna valoración “subjetiva” de justicia. El primero considera justo que la distribución se haga en proporción directa al esfuerzo que realiza cada miembro de la sociedad, dando más a quien más contribuye y menos al que lo hace en menor medida. El segundo no sólo toma en cuenta el esfuerzo sino también la eficacia de ese esfuerzo, premiando más a quienes resultan más eficientes en la aplicación de ese esfuerzo. Y el tercero plantea que, más allá de la contribución que pueda hacer cada miembro, la sociedad debe ser capaz de garantizar a cada uno lo elemental para su subsistencia en condiciones dignas.

Los dos primeros criterios, si bien proponen una idea de “justicia proporcional” (a mayor esfuerzo y/o eficiencia, mayor remuneración) responden a una visión individualista de la distribución de recursos que no se compadece de los efectos sociales en la distribución desigual de la riqueza que resultaría con el paso del tiempo. Por eso, el reparto inicial según esfuerzos y/o eficiencia llevará, tarde o temprano, a tener que aplicar medidas que ya no serán de igualdad (entre desiguales) sino de equidad para morigerar las diferencias.

El tercer criterio responde al principio de que en una sociedad “justa” todo el mundo tiene derecho, por el solo hecho de nacer en esa sociedad, a recibir un mínimo de condiciones para una vida digna, independientemente de la condición de origen de su núcleo familiar. Parte de la idea de que nadie puede elegir el lugar y el momento de su nacimiento y por lo tanto no tiene por qué sufrir los efectos de una distribución desigual previa de la riqueza. Nadie debería nacer condenado a la pobreza desde la cuna.

El único ente que puede garantizar este mínimo de protección social es el Estado, mediante una política de reasignación de recursos que permita una distribución de los mismos diferente a la distribución original de la riqueza. Los mecanismos para esto son múltiples y se basan fundamentalmente en las políticas tributarias progresivas y en asignaciones que aseguren el ingreso mínimo para una vida digna a todos desde el nacimiento. Bajo esta concepción de “derecho a una vida digna” los receptores de las asignaciones dejan de ser beneficiarios para pasar a ser derecho-habientes de las mismas.

La definición de una política de equidad debería basarse en una combinación adecuada de estos criterios básicos, ya que si se asentara en uno solo de ellos podría generarse una situación de desigualdad progresiva, en un extremo, o de falta de incentivos para premiar los esfuerzos y la eficiencia, en otro extremo. En términos generales podría esperarse que los primeros dos criterios se basen en las “leyes de mercado” mientras que el tercero surgiera de una política estatal muy activa que garantice un mínimo de protección social para todos los habitantes.

Sin embargo, los mercados en muchos casos generan desigualdades injustificadas, no basadas en la retribución proporcional al esfuerzo o la eficiencia, sino producto de posiciones dominantes que limitan el libre acceso, la transparencia y la competencia, presupuestos básicos para que sean asignadores eficientes de los recursos. Entonces, la intervención del Estado en pos de una política de equidad no sólo debe ser posterior a la acción de los mercados sino que también debe ser previa o concomitante para evitar inequidades derivadas del mal funcionamiento de los mismos.

¿Cuál es la combinación adecuada de estos tres criterios para una política de equidad? Eso es algo que debe definir cada sociedad en función de los objetivos políticos prevalecientes expresados democráticamente. En principio, el tercer criterio de equidad no debería adquirir tal importancia que desalentara la “cultura del trabajo”. Garantizar una vida digna no implica brindar lujos ni opulencia; pero sí poder acceder en igualdad de condiciones no sólo a una alimentación sana sino también a servicios sociales básicos de calidad en salud, educación y vivienda, y una vejez sin carencias. Esto implica:

- Equidad no es sinónimo de igualdad; las políticas de equidad pueden y deben basarse en medidas desiguales para morigerar desigualdades ya establecidas.

- Las políticas de equidad deberían orientarse a sostener una igualdad básica: la de todos los individuos a tener una vida digna como un derecho adquirido desde el momento mismo de su nacimiento y hasta su muerte.

- Para ello el Estado debería garantizar una protección social mínima a todos sus habitantes basada en una alimentación sana y servicios sociales básicos de calidad.

- La política de equidad debe velar también, de manera preventiva, por el adecuado funcionamiento de los mercados en condiciones competitivas, para evitar situaciones de inequidad derivadas de posiciones dominantes.

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“El único ente que puede garantizar este mínimo de protección social es el Estado”, explica Daniel Novak.
Imagen: AFP

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-El concepto de equidad lleva implícita una idea de justicia en relación con una situación deseable acordada previamente y valorada como tal.

-Esa situación objetivo implica el acuerdo
previo con base en valoraciones sociales expresadas a través de mecanismos participativos que la legitimen por consenso.

-En las sociedades contemporáneas esos mecanismos derivan en su mayoría de procesos políticos definidos democráticamente.

-Garantizar una vida digna no implica brindar lujos, pero sí poder acceder en igualdad de condiciones a una alimentación sana y a servicios esenciales.

 
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