Dom 03.08.2014
cash

LA DIRIGENCIA SINDICAL Y EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Mirar otro canal

El principal tema de preocupación de la dirigencia sindical es la eliminación de la Cuarta Categoría del Impuesto a las Ganancias. Ese tributo afecta a sólo el diez por ciento de los trabajadores de mayores salarios.

› Por Rubén Ernesto Seijo *

Desde hace unos años parece que el principal tema de preocupación de la dirigencia sindical es la eliminación de la Cuarta Categoría del Impuesto a las Ganancias. Es extraña la centralidad que tiene este tema en la agenda de la mayoría de la dirigencia sindical, cuando afecta a la minoría (10 por ciento) de mayores salarios, mientras no se insume la misma energía en defender los derechos de los trabajadores en negro siendo éstos un número mucho mayor (34 por ciento de menores ingresos) y en una situación de alta precariedad (sin aportes jubilatorios, sin salario mínimo vital y móvil, sin actualización por paritarias, sin obra social y con los salarios más bajos).

Ese impuesto, como todo tributo, grava o se impone sobre cierta manifestación de riqueza económica. En otras palabras, recae sobre una persona que pueda pagar o contribuir al sostenimiento del gasto público del que todos de una u otra forma somos beneficiarios (el hospital, la escuela, la policía, las jubilaciones, subsidios al transporte). A estos gastos deben contribuir proporcionalmente todos aquellos ciudadanos que posean ingresos.

El tributo a las ganancias se caracteriza porque quienes más altos ingresos tienen más impuesto pagan, mientras los ingresos más bajos no pagan, lo que es justo desde un punto de vista de la necesidad de una sociedad más igualitaria.

Las economías, países y sistemas tributarios más desarrollados acuden predominantemente a este tipo de impuesto por su justicia social, ya que además tiene en cuenta las condiciones personales de cada contribuyente: si tiene hijos, gastos médicos o familiares a cargo, estos gastos pueden ser utilizados para pagar menos impuesto.

Un trabajador que recibe una remuneración menor de 15.000 pesos no es alcanzado por el Impuesto a las Ganancias y por tanto no paga nada en este concepto tributario. Podría de todos modos considerarse la suba de este tope.

Las empresas privadas pagan el 35 por ciento de sus ganancias.

Es verdad que no se grava la renta financiera, ni los salarios de los jueces, y este punto sí constituye una injusticia que debe ser corregida.

Por otro lado, el IVA es un impuesto que grava el 21 por ciento de todos los consumos que realizamos, salvo muy pocos productos.

Si se analiza cómo ese impuesto impacta en los consumidores veremos que aquellas personas de bajos ingresos que consumen la totalidad de su salario para poder vivir, pagan impuesto sobre la totalidad de sus ingresos; mientras que aquellas personas de altos ingresos y por lo tanto con capacidad de ahorro pagarán impuesto solo sobre una parte de su ingreso, que es el que consumen.

Una supuesta baja del IVA debería dar como resultado una disminución de precios en igual porcentaje y por lo tanto un gran beneficio a los sectores populares.

Desde el punto de vista de una distribución más justa del ingreso, pensando una reforma tributaria funcional a un modelo que apunta a la distribución del ingreso, ¿qué impuesto se debería comenzar a revisar?

Sería una auspiciosa iniciativa del movimiento obrero organizado usar su poder de convocatoria para instalar en la agenda la necesidad de una reforma fiscal integral que haga más progresivo el sistema, tanto desde el punto de vista de la recaudación como del gasto público, teniendo en cuenta a los salarios más bajos y a quienes aún están fuera del sistema productivo.

Desde 2003 a hoy hubo claras mejoras en términos de progresividad a través de la implementación de las retenciones a las exportaciones, de la mejora de la recaudación de ganancias por mejora de la fiscalización de la AFIP, de la baja de la informalidad laboral del 50 al 34 por ciento en los últimos once años y de la aplicación de instrumentos de gasto tendientes a expandir la seguridad social con medidas distributivas como la Asignación Universal por Hijo (con 3.600.000 beneficiarios), los planes de inclusión jubilatoria –que incorporaron al sistema a más de 2.300.000 de adultos mayores antes desprotegidos– y el aumento de los haberes previsionales mínimos con importantes aumentos del poder de compra, y la ley de movilidad jubilatoria estableciendo aumentos de jubilaciones dos veces al año. Por otro lado en el mismo período se realizó la apertura de negociaciones paritarias permitiendo que los salarios hayan tenido aumentos mayores a los niveles de precios. En resumen, esta matriz de recaudación menos regresiva junto con las transformaciones en el gasto público a favor de los menos favorecidos hicieron más justa la distribución del ingreso.

Más allá de estas mejoras es mucho lo que queda por hacer para hacer más justo el sistema tributario. Desde una visión cuyos principios orientadores son la soberanía política, la independencia económica y la justicia social, y no el instinto egoísta que ha invadido a la dirigencia sindical, se propone como tema en agenda la necesidad de una reforma tributaria integral que tenga como objetivos que quienes más ganen más paguen y quienes menos ganen menos paguen.

Algunas ideas a aplicar con esa reforma serían:

- Impuesto a las Ganancias: se pueden hacer más progresivas sus escalas y se pueden eliminar exenciones terriblemente injustas como las que corresponden a la renta financiera y a los jueces. En Argentina la tasa máxima es de 35 por ciento, mientras en Chile llega al 40, en Estados Unidos, al 42, en Alemania, al 45 y en Inglaterra, al 50 por ciento. Como se observa, es mucho todavía lo que se puede avanzar en materia de progresividad.

- Por el lado del IVA se le pueden dar características de mayor progresividad, mediante la existencia de alícuotas superiores para los bienes y servicios que representaban una manifestación de riqueza y una amplia gama de exenciones para bienes de primera necesidad.

- Crear un impuesto a la herencia.

* Profesor de la UBA y la Universidad Nacional de Quilmes.

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux