Lun 08.11.2010
espectaculos

DANZA

Ballet del Colón: compañía sin temporada

› Por José Miguel Onaindia *

Las autoridades el Ente Autárquico del Teatro Colón informaron mediante un comunicado que suspendían la temporada del ballet, integrado por las obras El corsario y La bayadera. La medida extrema no sólo afecta el normal desarrollo de la compañía de danza más importante por su volumen y repertorio de América latina, sino que deja sin funciones al público abonado y compromete las finanzas del Estado local, pues como indica el comunicado se habían ya realizado gastos para el montaje de las obras y con certeza deberán pagarse los punitorios de los contratos de Paloma Herrera y Marcelo Gomes, bailarines contratados para realizar funciones de ambas obras.

Desde que ingresó el ballet estable al teatro para realizar la función de reapertura del 24 de mayo pasado, se elevaron quejas por las condiciones inadecuadas de los pisos tanto de las salas de ensayo como del escenario. Muchos bailarines sufrieron lesiones, que en algunos casos tendrán consecuencias irreversibles en el proyecto de vida del artista porque si bien no impedirán la continuación de su actividad en forma definitiva, sí afectarán la posibilidad de interpretar los roles de mayor compromiso técnico.

Esta situación fue planteada ante las autoridades del Teatro y ante los medios de comunicación sin que se obtuviera una respuesta positiva. A la circunstancia invocada se agregó la incorporación de nuevos bailarines sin concurso público y mediante contrato, en calidad de “refuerzo” que en la jerga balletómana significa quienes completan los sitios que los integrantes estables por diferentes causas no pueden ocupar. Sin embargo, a este nuevo personal le fueron adjudicados los sitios que le corresponden al cuerpo estable y, en algunos casos, se le adjudicaron roles que pertenecen a solistas, en perjuicio de los miembros de la compañía que fueron desplazados o quedaron sin parte.

Estos reclamos fueron expuestos por escrito el pasado 29 de septiembre a las autoridades del teatro para que se tomaran las soluciones del caso y se pudiera cumplir con los compromisos asumidos, por demás escasos para una compañía de tal volumen. Desde la presentación de la nota se notificó a la autoridad que los bailarines concurrirían a su lugar de trabajo, pero se abstendrían de ensayar hasta que se les repusieran las condiciones dignas de labor que asegura la Constitución nacional en su artículo 14 bis y repiten las normas constitucionales y legales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La respuesta luego de casi un mes de conflicto fue la suspensión de la temporada, sin haber solucionado ninguno de los temas planteados ni intentado un diálogo que permitiera arribar a una solución acordada para cumplir con el fin del teatro que es ofrecer las mejores expresiones del arte lírico y coreográfico al público. Esta medida, que implica el no otorgamiento de tareas al cuerpo de baile y severos daños a la institución, no sólo de carácter económico sino por incumplimiento de su misión específica, están fuera de la competencia de las autoridades del Ente Autárquico pues desbordan el marco de decisión administrativa y significa vaciar de contenido la existencia del teatro.

La “dación de tareas” es la obligación esencial de cualquier empleador, sea público o privado. Y esas tareas deben otorgarse en las condiciones que determina muy claramente la ley 471 que rige el empleo público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como el respeto al derecho a la carrera y el ingreso por concursos. La solución de los conflictos debe lograrse mediante el consenso y la conciliación. Los bailarines como todo artista quieren actuar y es obligación de la autoridad facilitar que lo hagan porque en el cumplimiento de ese deseo está comprometido también el interés público que deben proteger.

* Profesor de Derecho Constitucional y Legislación Cultural en UBA, UNC, Flacso, UP.

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