TELEVISION › OPINION
› Por Gustavo Lopez *
El día 11 de enero ocurrió un hecho gravísimo que atenta contra la libertad de expresión, pone en peligro el derecho a la información y consagra la censura judicial. Ese día notificaron un fallo de la jueza federal Nº 1 de Mendoza, Dra. Olga Arrabal, que ordenó el cese de las trasmisiones de la repetidora que Canal 7 de Argentina tiene en esa provincia, impidiendo que un millón de personas accedan a la televisión pública del país.
Para cualquier lector desprevenido podría aparecer como un hecho más, pero este fallo inédito lesiona peligrosamente derechos constitucionales que hacen a la esencia de nuestra democracia. Representantes del Grupo Vila-Manzano se presentaron ante la jueza y argumentaron que la señal de Canal 7 de Argentina, que se trasmite por aire a través de la señal 11, estaría interfiriendo a la empresa de cable de Mendoza.
Cabe aclarar que por la ley que rige la materia, el servicio de televisión abierta (por aire y gratuito) es un servicio esencial de radiodifusión y el cable (pago) un servicio complementario, es decir que el primero es superior al segundo. También es importante señalar que es imposible que un servicio de aire interfiera un servicio de cable, salvo que la empresa de cable no utilice material adecuado. Por último, existe un único organismo técnico oficial, la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), con incumbencia para determinar cualquier problema técnico y dar las soluciones para corregirlo.
Imagínense los lectores por un momento, que un particular denunciara a alguno de los canales de aire de la capital por supuesta interferencia en su cable y un juez ordenara cerrar el canal. Sería un escándalo internacional. Por un lado, se estaría privando a millones de personas de un canal gratuito y del derecho a la información pero, lo que es más grave, se estarían vulnerando todas las garantías constitucionales en la materia. La jueza, en Mendoza, ordenó cesar las trasmisiones del canal, no verificó las supuestas interferencias con la CNC y menos aún intimó a las partes a que cesen las supuestas interferencias. Sin más, cerró un canal de televisión como mañana podría cerrar un diario. El art. 14 de la Constitución Nacional consagra el derecho a expresar las ideas por la prensa sin censura previa. Esta garantía fue ampliada con la reforma de 1994 que incorporó algunos tratados y convenciones sobre derechos humanos a la misma Constitución. Así, el art. 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos no sólo ratifican el principio de la libertad de expresión, sino que aclaran que este derecho no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidad ulterior. Además, dichos tratados incorporaron el derecho a la información que tiene todo ciudadano en una democracia. Creíamos terminada la época en que los jueces respondían a intereses económicos particulares o pertenecían a una lista escrita en alguna servilleta. Cuando la Justicia actúa violando los derechos más elementales, pone en peligro a la propia democracia.
La jueza ordenó el cierre de un canal de televisión cuando esto está absolutamente prohibido, más allá de que no pidió tampoco ninguna verificación técnica al único organismo autorizado para hacerla. Cuando lo que está en juego es la libertad de expresión, no importa si el canal es público o privado, si se afecta a un periodista, a una institución o a un millón de espectadores. Lo que se está afectando es el principio de la libertad. Y esto es innegociable.
En un seminario sobre libertad de expresión realizado la semana pasada en Washington, la preocupación principal de todos los participantes se centraba en establecer un sistema de normas que impidiera cualquier acción que pudiera restringir el derecho de todo ciudadano de expresar su opinión y el de recibir información. A nadie se le pasó por la cabeza que la misma Justicia pudiera desconocer garantías internacionalmente reconocidas. Obviamente que el Sistema Nacional de Medios Públicos está apelando la medida, pero no alcanza con ello. Es necesario alertar a la opinión pública de que, en el siglo XXI, todavía hay personas que se arrogan el poder de la censura en un país que hace tiempo decidió recuperar su democracia.
* Presidente del Sistema Nacional de Medios Públicos.
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