PASOS PERDIDOS...
› Por Gabriela Sosa *
Este 25 de noviembre el Colectivo de Mujeres Las Juanas solicitamos a las autoridades del diario La Capital, de Rosario, la pronta eliminación de sus avisos clasificados de oferta y demanda sexual como un aporte en el proceso de concientización sobre la trata de personas con fines de explotación sexual, una clara manifestación de violencia hacia las mujeres.
La lucha contra la trata y la explotación de la prostitución ajena es un compromiso que debe asumirse sin medias tintas ni ambigüedades discursivas. En este sentido, consideramos importante el posicionamiento de los medios de comunicación esperando que su accionar evite toda forma posible de colaboración con este delito.
En consecuencia, una de las formas de contribución que deben asumir los medios gráficos es la eliminación en los rubros publicitarios de los avisos clasificados que promocionan servicios de oferta sexual, llamados precisamente por este diario “servicios para el hombre y la mujer”.
También aquellos avisos del rubro “trabajo” donde es de clara manifestación la demanda de mujeres jóvenes con fines de comercio sexual. La decisión editorial de supresión de dichos avisos será un aporte en la lucha contra lo que pueden ser los últimos hilos de estas redes, las “bocas de expendio”, gerenciadoras de la prostitución ajena. En Argentina constituye un delito la explotación de la prostitución ajena, muchos de los anuncios publicados promueven lugares, con nombres propios y teléfonos fijos lo cual implica un grado de organización.
La diferencia entre el ejercicio autónomo y la explotación sexual es un límite que desde una receptoría de anuncios publicitarios no puede asegurarse ni, mucho menos, ser el faro en el cual ampararse para pretender el deslinde de responsabilidades.
Respecto de esta problemática existe un doble discurso en este medio por cuanto publica noticias sobre el avance en el desmantelamiento de redes de trata asumiendo, aparentemente, un compromiso en favor de la eliminación de este delito y, por otro lado, obtiene ingresos a costa de vastas páginas de avisos de oferta sexual.
Estos clasificados constituyen flagrantes violaciones a las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos frente a las que se ha comprometido el Estado argentino como la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” (Cedaw, por sus siglas en inglés) por cuanto naturalizan la explotación sexual.
La ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, vigente desde abril de 2009, encuadra la publicación de estos avisos en la categoría de violencia mediática “toda vez que promueven en forma directa la explotación de mujeres o sus imágenes” y violencia simbólica “la que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, iconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”.
También esta práctica resulta violatoria de la ley 26.522 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que en sus objetivos plantea “promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual”.
* Coordinadora Colectivo de Mujeres Las Juanas, de Santa Fe.
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