Vie 22.06.2012
las12

VIOLENCIAS

Violencia emotiva

La emoción violenta sirvió de atenuante a dos femicidios en el último mes. El fallo contra Eduardo Vásquez por el crimen de Wanda Taddei generó la reacción pública. Sin embargo, la figura ya se estaba discutiendo judicialmente por otros casos en donde las víctimas se volvían culpables post mortem de su propia muerte por provocar, irse, dar celos o no gozar sexualmente con sus agresores. Por eso, la figura penal podría ser modificada en un proyecto de ley que se encuentra en el Senado de la Nación por el que dejaría de aplicarse en los casos de violencia de género.

› Por Luciana Peker

El 10 de febrero del 2010 Wanda Taddei apagó la luz. Y Eduardo Vásquez –con miedo a la oscuridad– reaccionó con un ataque de ira. La roció con alcohol. La quemó. Le dejó heridas que le produjeron la muerte once días después, según la lectura judicial del crimen. Su defensa dice que es inocente y tiene que estar libre. La querella, que es culpable. La Justicia también (pero no tan culpable). El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20 cree que su responsabilidad está aminorada por la emoción violenta y, por eso, le corresponde una pena menor: 18 años de prisión en vez de cadena perpetua.

La emoción violenta –que está puesta en jaque en la Justicia, la opinión pública y el Poder Legislativo– es un atenuante que se utiliza en muchísimos femicidios y que, en este caso, ni siquiera había pedido su defensa. “Este caso era para perpetua. Este hombre actuó en forma consciente y luego negó lo que había hecho, por eso la emoción violenta es difícil de entender. La emoción violenta no corresponde, es una fórmula que se utilizó sólo para disminuir la pena”, opina Mabel Bianco, presidenta de la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM). Mientras, la sentencia se da en el marco de la aprobación por la Cámara de Diputados de la incorporación de la figura de femicidio al Código Penal. Una reforma que ahora analiza el Senado y que quitaría la posibilidad de atenuar una pena –como la de Eduardo Vásquez– por emoción violenta en los crímenes por violencia machista.

“La emoción violenta es un ataque de ira, pero la ira no justifica el homicidio, sino que tiene que ser una circunstancia externa que provoque la ira, y eso atenúa la actuación”, explica Leonardo Rombolá, apoderado de la familia de Wanda Taddei, que desestima la utilización en esta causa. “En el expediente no figura en ninguna parte que Vásquez estuviera alterado esa noche. La emoción violenta es la conmoción del ánimo. No entiendo cómo el tribunal se arrogó algo que no vieron la defensa ni la fiscalía ni la querella”, critica.

En la sorpresa por la sentencia coinciden la acusación y la defensa. “Yo no pedí emoción violenta porque él no lo hizo”, sostiene su defensor, Eduardo Guarna –que también va a apelar, igual que la querella– porque cree que el condenado es inocente. Sin embargo, después de la sorpresa de la aplicación de una atenuante que no pidió, alega qué podría corresponderle al ex baterista de Callejeros: “En la reconstrucción él habla de que ella lo echa del dormitorio y cuando él se va al comedor ella le apaga la luz. El tiene una fobia con la oscuridad, producto de Cromañón. Lo están tomando como una persona anormal pero viene de una situación traumática excepcional. La emoción violenta es un estado en el que el individuo entra en un paréntesis de conciencia que le reduce su nivel de responsabilidad. Para él la oscuridad podría ser el disparador de la emoción violenta. Hay que hablar de emoción violenta en el contexto de Eduardo Vásquez, que tiene estrés postraumático”. Rombolá argumenta: “Cromañón no tiene nada que ver, porque si no sería inimputable”, dice. Además explica que el tribunal no puede fallar en torno del relato de Vásquez, que dice que no mató a Wanda, pero sí aceptar su relato sobre una supuesta discusión. Va a apelar el fallo frente a la Sala III de la Cámara Nacional de Casación para pedir que Vásquez cumpla con prisión perpetua. “No le creen que Wanda estaba sentada y se quemó sola pero sí que discutieron. No puedo justificar esta atenuante que no surgió en ningún momento del debate. La impulsividad no es emoción violenta.”

“Cuando una persona actúa en estado de emoción violenta entendemos que la emoción ha alterado su equilibrio psíquico en forma transitoria. El indicador más evidente del acceso emotivo es una disminución de la memoria (dismnesia) que imposibilita evocar los recuerdos del momento en que se produjo el hecho. En el caso de Vásquez, nada de esto parece suceder, porque recuerda que fue un accidente, recuerda que no es culpable de lo que sucedió y recuerda que nunca estuvo en estado de emoción violenta”, cuestiona Norma Stola, psicóloga de La Casa del Encuentro. La diputada Victoria Donda objeta: “Nos parece inaceptable que se haya reducido la pena por emoción violenta cuando se habrían probado en la causa los antecedentes violentos de Vásquez con Taddei, y en un crimen doblemente agravado”.

Un caso testigo de un crimen sin testigos

El crimen de Wanda Taddei no fue un crimen más. Igual que el femicidio de Alicia Muñiz, arrojada de un balcón por Carlos Monzón, se convirtió en un caso emblemático. Por eso, la repercusión del fallo fue mayor. La polémica es si la condena a Vásquez tendría que ser ejemplificadora –por lo tanto, más dura– por su notoriedad pública o si, por el contrario, la trascendencia del caso lo benefició. “Después del asesinato de Wanda –acentúa Bianco–, hubo otras 51 mujeres que murieron quemadas (según cifras del Observatorio de La Casa del Encuentro). Aunque pudieron ser muchas más y que no nos hayamos enterado porque no hay estadísticas oficiales nacionales sobre la dimensión de la violencia hacia las mujeres. Cuando estos casos lleguen a juicio, ¿les corresponderá perpetua a los victimarios porque hay una justicia para la gente y otra para los famosos?” Sin embargo, el defensor de Vásquez, Eduardo Guarna, discute: “El género va para uno y para otro. No podemos hablar del género femenino en términos de debilidad”, dice.

Pero el caso de Wanda Taddei no es excepcional. En el barrio El Quemadero, de la ciudad de Córdoba, el 17 de julio del 2007, Elsa Susana Cano se levantó para festejar sus primeros 35 años. A la tarde, su esposo, Carlos Molina, la acuchilló diez veces. Ella era la madre de sus tres hijos, de 10, 7 y 3 años, y de otro adolescente de una pareja anterior. El 9 de junio pasado, la Cámara 6ª del Crimen de Córdoba lo condenó a una pena condicional de tres años que, en realidad, lo exime de prisión y lo deja en libertad. La puerta abierta que le costó sólo dos meses en prisión por el femicidio de Elsa fue la emoción violenta y el “arrebato pasional” –según el fiscal instructor Marcelo Hidalgo–, porque ella lo había dejado.

Elsa, cinco días antes de morir, se había separado y se fue a vivir a la casa de su mamá. El no respetó ni su deseo ni su vida. “Fui a la peluquería y no me atendieron, esta noche tengo que salir a festejar”, le “disparó” Elsa, según califican los medios que asimilan un disparo verbal con una excusa para ejecutar a una mujer a cuchilladas. Pero el componente sexual terminó de avalar el cuerpo tajeado de Elsa. Ella no quería volver a estar en pareja con Molina. El le rogaba. Ella insistía. Y, según la versión del acusado, le dijo: “Callate, che, boludo, “gorreado” (cuerneado). Siempre fingí con vos. Me vuelvo con Juan (su ex pareja). El es un hombre de verdad y siempre me hizo gozar. A él siempre lo seguí amando”. El asesino afirmó que la frase “Con él me saco las ganas” no la pudo escuchar. Pero no se fue o aceptó la separación. La mató. Con un cuchillo de 20 centímetros le dio seis puñaladas en el tórax y abdomen y otras cuatro entre los brazos y el cuello. Ella salió a la calle ensangrentada para pedir ayuda y, de boca de la víctima, sólo se conoce que llegó a decir el nombre de su asesino: “Fue Carlos, fue Carlos”. Después, murió. “Para nada estoy de acuerdo con justificar este crimen por ese estigma o mito según el cual es el hombre el que hace gozar a la mujer. Creo que olvidamos que hoy, la mujer, adueñada de su cuerpo, sabe qué desea y qué no desea y lo pide. Dejó de ser un objeto sexual, de estar subordinada al hombre”, subraya la psicóloga y sexóloga Diana Resnicoff.

“Perdí los mejores años de mi vida con vos.” “Ya no gozo sexualmente con vos.” “Tengo un amante que me calienta. Vos no.” La periodista de policiales de Canal 13 y TN y coautora de No somos ángeles y Mía o de la tumba fría, Florencia Etcheves, analiza los argumentos que comparan estas palabras con la muerte: “Estas frases son puñaladas, pero no matan. Entristecen, desilusionan, humillan y hasta enfurecen, pero no matan. Las que sí mataron fueron las puñaladas que Carlos Molina le asestó a Elsa Cano, después de escuchar los agravios. Ocurrió en Córdoba en el 2007. Cinco años después la Justicia nos viene a decir que Carlos mató a su mujer porque estaba bajo el estado de emoción violenta y que por eso debía quedar en libertad. La emoción violenta es provocada por una situación extrema que desborda los frenos de las personas. Eso le pasó a Carlos, según los peritos. ¿Cuántos hombres fueron insultados por sus mujeres?, ¿cuántos hombres fueron engañados por sus mujeres?, ¿cuántos hombres encontraron a sus mujeres en brazos ajenos? Cientos, miles. Y sin embargo no mataron. Pudieron guardar su bronca, su orgullo herido y dar un digno portazo. Pero Carlos no pudo. Agarró una cuchilla y cometió un femicidio. Ya sabemos que Carlos se desborda y no se frena ante situaciones extremas. Ya sabemos también que Carlos está libre. Sólo nos queda rogar que nada lo vuelva a enojar, que nada lo vuelva a llenar de odio. Y nos queda también el hecho de saber que hay muchos Carlos dando vueltas por ahí. Y el gusto amargo de sospechar que, cuando nos demos cuenta, seguramente va a ser tarde”.

La emocionalidad permanente

Antes de la sentencia por el femicidio de Wanda Taddei, la Cámara de Diputados giró al Senado un proyecto en donde –justamente– se debate la continuidad (o no) de la justificación de este rapto de ira para aminorar las consecuencias de un crimen de una mujer. La iniciativa –actualmente– es analizada por asesores de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara alta. La idea es que se trate este año en el Senado y que sea devuelto a Diputados (que ya le dio media sanción) si incorpora modificaciones. Hay dos posibilidades: que la emoción violenta no se aplique nunca en los casos de femicidio o que no pueda acreditarse si ya existen antecedentes de violencia de género contra la víctima. La diferencia estaría en, si es necesario demostrar los antecedentes de agresiones, qué pruebas se requerirían: ¿denuncias, fallos o testimonios? O, si, simplemente, nunca podría ser un colchón para justificar el asesinato de una mujer por celos o desplantes.

La diputada Virginia Linares refuerza la necesidad de la aprobación de este cambio normativo en la Cámara alta: “La emoción violenta como causal extraordinaria atenuante de la pena correspondiente al delito de homicidio se ha convertido en el resorte jurídico que mejor posibilita el feroz avance del femicidio en nuestra sociedad”.

“Debemos estar atentos a que el atenuante de emoción violenta se aplique sin discriminaciones de género, tanto a hombres como a mujeres, y que no sea utilizado para encubrir un hecho de violencia contra las mujeres. La emoción violenta no debe confundirse con una reacción producto de un sentimiento posesorio del hombre hacia la mujer, en cuyo caso no será un atenuante sino una clara manifestación de violencia machista”, refuerza el diputado Gustavo Ferrari, otro de los promotores del cambio legislativo.

La Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género (Consavig) plantea en su proyecto ante el Senado que la emoción violenta no pueda ser usada en casos de femicidios. La abogada y Coordinadora de Consavig Perla Prigoshin destaca: “Hay que tener en cuenta que la emoción violenta justificante no es un concepto objetivo, sino que posee una importante carga valorativa o de reconocimiento social. Supongamos que un ladrón que, al verse descubierto por alguien conocido, apremiado por el riesgo de que todo su futuro se encuentre comprometido con la amenaza de la cárcel, que perderá su familia y sus vínculos, en un arrebato emocional mata al testigo que puede incriminarlo. No cabe duda de que actúa movido por una emoción violenta. Sin embargo, a eso lo denominamos homicidio ‘criminis causa’ y le imponemos prisión perpetua. Lo que no se dice cuando se habla de emoción violenta en los casos de femicidio es que el juzgador ha considerado que la celotipia es una emoción con reconocimiento social suficiente para justificar la muerte de una persona o al menos atemperar el castigo. El problema no es la emoción violenta sino qué emociones resultan socialmente aceptables para el juzgador. En el fondo, al aceptar que es una emoción justificante la que movió al homicida del caso, se está aceptando que la protección de la vida cede ante la defensa del honor entendido como posesión exclusiva del cuerpo de la mujer que, además, debe sentir placer sólo con su propietario, que el cuestionamiento al estereotipo del súper macho justifica una muerte”.

No existe constancia sobre qué cantidad de sentencias por violencia de género son aminoradas en nombre de la emoción violenta. La abogada Natalia Gherardi, del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), subraya “la relevancia de monitorear las decisiones de la Justicia, como una forma de dar transparencia al Poder Judicial y hacer que los jueces asuman responsabilidad pública sobre el contenido de sus decisiones. Y sin embargo esto es algo que no es fácil de lograr porque las sentencias generalmente no trascienden ni se publican”. En el Observatorio de Sentencias de ELA calificaron con el pulgar para abajo dos fallos donde la emoción violenta fue un atenuante en las condenas.

Uno de ellos fue el de Dirlene Vieira, que tenía apenas un año más que Elsa: 36 años. Y, en julio del 2007 cometió el mismo pecado que para la Justicia legitima su crimen, como si hablar francamente de sexo fuera el sinónimo de una inmolación femenina. Marcelo Gentile fue condenado a diez años de prisión por matar a Dirlene con un martillo y un cuchillo como armas de una muerte lenta, cruenta e injusta. Pero después, en noviembre del 2011, Casación le rebajó a diez años la pena. ¿La razón? Ella había tenido una actitud “casi provocativa”, según la Justicia. En base al testimonio del femicida –no hay nadie más que víctima y victimario, casi siempre, en un delito que sucede entre cuatro paredes– ella había puesto en duda su sexualidad y le dijo que tenía un amante con el que gozaba. El fiscal Carlos Altuve consideró que se trató de un fallo de “discriminación por género”.

El 25 de marzo del 2010 Ivana Maidana murió, en el Chaco, acorralada por 29 puñaladas que le clavó su ex pareja Marcelo Centurión. El hijo de diez años de ambos vio cómo su mamá se desangraba. Ella trabajaba y estudiaba. El no quería que ella trabajara ni estudiara. Ni mucho menos se juntara a solas con sus amigas. Ella decidió separarse e irse a lo de su mamá. Simplemente su hijo seguía viendo a su papá y la tarde de su final ella fue a buscar la mochila del colegio de su hijo a lo de su papá. El la invitó a comer. Ella no aceptó. Fue lo último que pudo decidir. Su hijo salió corriendo a buscar ayuda. Pero ya no se la podía ayudar. La Cámara del Crimen Nº 3 le dictó quince años de prisión a Centurión a pesar de que el fiscal y la familia pedían veinte años por el femicidio de Ivana. “En este juicio se puso mucho énfasis en un desequilibrio emocional apelando a la emoción violenta y queriendo justificar este terrible crimen. Nosotras decimos que esto no fue emoción violenta ni crimen pasional sino un femicidio. Debemos condenar estos crímenes y la violencia de género, y entendemos que la Justicia debe dar esta respuesta a toda la sociedad”, enmarca Nancy Sotelo, integrante de Mujeres de la Matria Latinoamericana (Mumala) del Chaco. “La Justicia nos falló”, siente Norma Candia, la madre de Ivana. “Esperábamos que le dieran veinte años como pedía la fiscal Susana Lavagna, pero en estos casos siempre buscan hacerla culpable a la víctima y no al victimario.”

La pasión, otro caballito de batalla

La emoción violenta podría ser tan funcional a la Justicia como el formato de crimen pasional al periodismo para legitimar que la emoción o la pasión –sentimientos desbordados pero nobles– son los que justifican un crimen por amor, como si hubiera amor, emoción o pasión en creerse dueños del final de la vida de una mujer. Bianco cree que en la mayoría de las muertes como la de Wanda, Elsa, Ivana o Dirlene no hay emoción violenta sino violencia machista: “El femicidio es la expresión más brutal de la violencia hacia las mujeres, y en la mayoría de los casos no se produce bajo emoción violenta. El femicidio es resultado de las desigualdades estructurales de poder que existen históricamente entre hombres y mujeres, y por las que algunos de ellos creen –avalados por amplio consenso social– que el cuerpo y la vida de ellas les pertenece”.

Las Mujeres de la Matria Latinoamericana (MuMaLa) expresan: “De la causa Vásquez-Taddei surge que él sometía a frecuentes maltratos a Wanda, de manera que se trata de un femicidio, es decir, del asesinato de una mujer mediando violencia de género. No consideramos que pueda hablarse de emoción violenta en los casos de femicidio porque la experiencia indica que no se dan por un hecho aislado, ni un arrebato violento del agresor. Se producen, por el contrario, como el final extremo y anunciado de una condición de poder que autoriza subjetivamente al agresor a violentar a la mujer”.

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